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Real Decreto 53/2009, de 23 de enero, por el que se indulta a doña Andrea Marrero Avero.

BOE-A-2009-3182·25 de febrero de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 53/2009, de 23 de enero. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Doña Andrea Marrero Avero, reduciendo a la mitad la pena de prisión que le fue impuesta por un delito contra la salud pública. El decreto afecta directamente a Doña Andrea Marrero Avero, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria. También afecta indirectamente al sistema judicial y a la sociedad, al modificar la ejecución de una sentencia penal. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indulta a Andrea Marrero Avero la mitad de la pena privativa de libertad impuesta por el delito contra la salud pública. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que la beneficiaria no cometa ningún delito doloso en un plazo de seis años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la totalidad de la pena original. Fundamentación: El decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que implica que se han considerado las circunstancias del caso para tomar la decisión. Aprobación: El indulto ha sido propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que le confiere validez legal. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a una persona condenada por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión a la mitad, siempre y cuando no vuelva a delinquir en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de doña Andrea Marrero Avero, condenada por la Audiencia Provincial, Sección Segunda, de Las Palmas de Gran Canaria, en sentencia de 14 de septiembre de 2006, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años de prisión y multa de 72 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de enero de 2009,

Vengo en indultar a doña Andrea Marrero Avero la mitad de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de seis años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 23 de enero de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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