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Real Decreto 533/2012, de 16 de marzo, por el que se indulta a don Ángel Eduardo Campillo Soler.

BOE-A-2012-4705·5 de abril de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a Ángel Eduardo Campillo Soler, condenado por delito societario. Se conmuta la pena de prisión original por otra de dos años, condicionada a no cometer delito doloso en tres años. Afecta directamente al Sr. Campillo Soler, permitiéndole evitar la pena original bajo la condición establecida.

Visto el expediente de indulto de don Ángel Eduardo Campillo Soler, condenado por la Audiencia Provincial de Valencia, sección segunda, en sentencia de 22 de noviembre de 2010, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 2 de Valencia, como autor de un delito societario continuado, a la pena de dos años y un día de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de diez meses con una cuota diaria de 20 euros, por hechos cometidos en los años 1999-2002, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2012,

Vengo en conmutar a don Ángel Eduardo Campillo Soler la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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