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Real Decreto 534/2012, de 16 de marzo, por el que se indulta a don Hammad El Haddouchi.

BOE-A-2012-4706·5 de abril de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 534/2012, de 16 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Hammad El Haddouchi, quien fue condenado por un delito contra la salud pública. El documento afecta directamente a Hammad El Haddouchi, y, de manera indirecta, al sistema judicial y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de tres años de prisión impuesta a Hammad El Haddouchi por una pena de dos años de prisión. Esto significa que la pena original se reduce, pero no se elimina por completo. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Hammad El Haddouchi no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que sugiere que se han considerado las circunstancias del caso y la opinión de las autoridades judiciales relevantes. Proceso de aprobación: El indulto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que indica que ha seguido el procedimiento legal establecido para la concesión de indultos. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Hammad El Haddouchi, reduciendo su pena de prisión a cambio de no cometer nuevos delitos dolosos en un período de tres años. Este indulto se otorga tras considerar los informes judiciales y seguir el proceso legal establecido.

Visto el expediente de indulto de don Hammad El Haddouchi, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección décima, en sentencia de 28 de febrero de 2007, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 22 de Barcelona, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 6.000 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2012,

Vengo en conmutar a don Hammad El Haddouchi la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.