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Real Decreto 540/2010, de 30 de abril, por el que se indulta a don Santiago Cobos Fernández.

BOE-A-2010-8402·26 de mayo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a Santiago Cobos Fernández, reduciendo en un año y cuatro meses la pena de prisión menor impuesta por un delito de lesiones cometido en 1994. El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en los cuatro años siguientes a la publicación del decreto. Afecta directamente a la situación penal de Santiago Cobos Fernández.

Visto el expediente de indulto de don Santiago Cobos Fernández, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Valladolid, en sentencia de 20 de febrero de 1995, como autor de un delito de lesiones, a la pena de cuatro años, dos meses y un día de prisión menor, con accesorias, por hechos cometidos en el año 1994, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de abril de 2010,

Vengo en indultar a don Santiago Cobos Fernández un año y cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de abril de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.