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Real Decreto 540/2011, de 8 de abril, por el que se indulta a don Iván Pérez Novo.

BOE-A-2011-6750·14 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 540/2011, de 8 de abril. Su objeto principal es conceder el indulto a don Iván Pérez Novo, liberándolo de la pena privativa de libertad que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Granada por un delito de tráfico de drogas cometido en 2005. La sentencia original lo condenó a tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa. El Real Decreto afecta directamente a Iván Pérez Novo, quien se beneficia del indulto, y, de manera indirecta, a la administración de justicia y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto: Se indulta a Iván Pérez Novo de la pena de prisión pendiente de cumplimiento. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Iván Pérez Novo no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y ha sido propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. Esto le otorga validez legal y oficialidad. En resumen, el documento es un acto de clemencia del Estado que exime a una persona de cumplir una condena penal, sujeto a la condición de no reincidir en la comisión de delitos dolosos.

Visto el expediente de indulto de don Iván Pérez Novo, condenado por la Audiencia Provincial de Granada, sección primera, en sentencia de 30 de abril de 2007, como autor de un delito de tráfico de drogas, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 507,79 euros, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2011,

Vengo en indultar a don Iván Pérez Novo la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de abril de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.