decretoVigente

Real Decreto 542/2010, de 30 de abril, por el que se indulta a don Francisco Javier de la Cruz Ortega.

BOE-A-2010-8404·26 de mayo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Francisco Javier de la Cruz Ortega, reduciendo a la mitad su pena de prisión por un delito contra la salud pública. Afecta directamente al Sr. De la Cruz Ortega, quien fue condenado por el Tribunal Supremo. El indulto está condicionado a que no cometa ningún delito doloso en los próximos cinco años.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier de la Cruz Ortega, condenado por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 13 de febrero de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, en grado de colaboración, a la pena de cinco años de prisión y multa de 5.000.000 de euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la duración de la condena, por hechos cometidos en los años 2004-2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de abril de 2010,

Vengo en indultar a don Francisco Javier de la Cruz Ortega la mitad de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de abril de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.