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Real Decreto 544/2012, de 16 de marzo, por el que se indulta a don Raúl Sánchez Contreras.

BOE-A-2012-4716·5 de abril de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 544/2012, de 16 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Raúl Sánchez Contreras, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Málaga por un delito de homicidio en grado de tentativa. El Real Decreto afecta directamente a Raúl Sánchez Contreras, el condenado, y también indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al Tribunal sentenciador, quienes emitieron informes considerados en la decisión. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena de seis años de prisión impuesta a Raúl Sánchez Contreras por una pena de tres años de prisión. Esto significa que la pena original se reduce a la mitad. Condición suspensiva: La conmutación de la pena está condicionada a que Raúl Sánchez Contreras no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto indica que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal para tomar la decisión, lo que sugiere que se ha seguido el procedimiento legalmente establecido para la concesión de indultos. Autoridad: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le confiere validez legal. Además, se indica que la decisión fue tomada previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un condenado por homicidio en grado de tentativa, reduciendo su pena de prisión a cambio de no cometer nuevos delitos dolosos en un período determinado.

Visto el expediente de indulto de don Raúl Sánchez Contreras, condenado por la Audiencia Provincial de Málaga, sección primera, en sentencia de 9 de julio de 2009, como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, a la pena de seis años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de marzo de 2012,

Vengo en conmutar a don Raúl Sánchez Contreras la pena privativa de libertad impuesta por otra de tres años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 16 de marzo de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.