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Real Decreto 591/2011, de 20 de abril, por el que se indulta a don Roberto Elena Villegas.

BOE-A-2011-8256·11 de mayo de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de Indulto, específicamente el Real Decreto 591/2011, de 20 de abril. Su objeto principal es conceder el indulto a don Roberto Elena Villegas, liberándolo de la pena privativa de libertad que aún le quedaba por cumplir. Elena Villegas fue condenado por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca por un delito contra la salud pública cometido en 2006, recibiendo una pena de tres años de prisión, una multa de 600 euros y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El Real Decreto afecta directamente a Roberto Elena Villegas, quien se beneficia del indulto, y, de manera indirecta, al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Se indulta a Roberto Elena Villegas de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento impuesta por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca. El indulto está condicionado a que Roberto Elena Villegas no cometa ningún delito doloso en el plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto podría ser revocado. El Real Decreto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que indica que se ha realizado un análisis de la situación antes de conceder el indulto. El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros, lo que demuestra que se trata de una decisión tomada al más alto nivel del gobierno. El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez legal.

Visto el expediente de indulto de don Roberto Elena Villegas, condenado por la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, sección primera, en sentencia de 16 de diciembre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 600 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de abril de 2011,

Vengo en indultar a don Roberto Elena Villegas la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 20 de abril de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.