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Real Decreto 606/2009, de 8 de abril, por el que se indulta a doña María del Saliente Alonso Martínez.

BOE-A-2009-7726·9 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 606/2009, de 8 de abril. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña María del Saliente Alonso Martínez, condenada por un delito de malos tratos. El indulto se limita a la pena de prohibición de aproximarse a su hijo que aún estaba pendiente de cumplimiento. Este Real Decreto afecta directamente a María del Saliente Alonso Martínez, la persona indultada, y de forma indirecta a su hijo, quien era la víctima del delito por el que fue condenada. También afecta a la administración de justicia, al modificar la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indulta a María del Saliente Alonso Martínez de la pena de prohibición de aproximarse a su hijo, dejando vigentes el resto de las penas impuestas en la sentencia original (67 días de prisión, inhabilitación para el sufragio pasivo y privación de la tenencia y porte de armas). Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que María del Saliente Alonso Martínez no cometa ningún delito doloso en un plazo de dos años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la pena de la que fue indultada. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. Consideraciones previas: El decreto menciona que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal antes de tomar la decisión de conceder el indulto.

Visto el expediente de indulto de doña María del Saliente Alonso Martínez, condenada por la Audiencia Provincial de Jaén, sección segunda, en sentencia de 22 de enero de 2009, resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Jaén, como autora de un delito de malos tratos, a la pena de 67 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, privación de la tenencia y porte de armas durante seis meses y prohibición de aproximarse a menos de 500 metros de su hijo durante un año y 67 días, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de abril de 2009,

Vengo en indultar a doña María del Saliente Alonso Martínez la pena de prohibición de aproximarse a su hijo pendiente de cumplimiento dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de abril de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.