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Real Decreto 613/2010, de 7 de mayo, por el que se indulta a doña Amparo Calpe Sánchez.

BOE-A-2010-9139·8 de junio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 613/2010, de 7 de mayo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Doña Amparo Calpe Sánchez, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública. El indulto no la exime completamente de la pena, sino que conmuta la pena privativa de libertad original de tres años de prisión por una pena reducida de dos años de prisión. El Real Decreto afecta directamente a Doña Amparo Calpe Sánchez, la persona indultada. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, ya que implica una modificación de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Identificación de la persona indultada: Doña Amparo Calpe Sánchez. Delito por el que fue condenada: Delito contra la salud pública. Sentencia original: Condena a tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y multa de 600 euros. Conmutación de la pena: La pena de tres años de prisión se reduce a dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Doña Amparo Calpe Sánchez no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Firma y fecha: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, con fecha 7 de mayo de 2010. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a una persona condenada por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no cometer nuevos delitos dolosos en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de doña Amparo Calpe Sánchez, condenada por la Audiencia Provincial, sección sexta, de Barcelona, en sentencia de 28 de noviembre de 2007, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 600 euros, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de mayo de 2010,

Vengo en conmutar a doña Amparo Calpe Sánchez la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 7 de mayo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.