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Real Decreto 615/2011, de 29 de abril, por el que se indulta a don Youssef Ahkim.

BOE-A-2011-8819·20 de mayo de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 615/2011, de 29 de abril. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Don Youssef Ahkim, condenado por un delito contra la salud pública. El documento afecta directamente a Youssef Ahkim, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Girona a tres años de prisión, una multa y la inhabilitación para el sufragio pasivo. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad de tres años de prisión por otra de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Youssef Ahkim no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso en ese periodo, la conmutación quedaría sin efecto y debería cumplir la pena original. Fundamentación:** El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Youssef Ahkim, reduciendo su pena de prisión a cambio de no cometer nuevos delitos dolosos en un periodo determinado. El documento refleja una decisión gubernamental basada en informes judiciales y fiscales, y tiene como objetivo la reinserción social del condenado.

Visto el expediente de indulto de don Youssef Ahkim, condenado por la Audiencia Provincial de Girona, sección tercera, en sentencia de 7 de julio de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 2.415,22 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de abril de 2011,

Vengo en conmutar a don Youssef Ahkim la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de abril de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.