decretoVigente

Real Decreto 694/2011, de 13 de mayo, por el que se indulta a don Jordi Preto Gomila.

BOE-A-2011-10403·15 de junio de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 694/2011, emitido el 13 de mayo de 2011. Su objeto principal es conceder el indulto a Jordi Preto Gomila, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona por un delito contra la salud pública cometido en 2007. El Real Decreto afecta directamente a Jordi Preto Gomila, liberándolo de la pena privativa de libertad que aún debía cumplir. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y a la sociedad en general, al modificar la ejecución de una sentencia judicial. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del Indulto: Se indulta a Jordi Preto Gomila de la pena de prisión pendiente de cumplimiento impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona. Condición del Indulto: El indulto está condicionado a que Jordi Preto Gomila no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le otorga validez legal. En resumen, este Real Decreto es un acto de clemencia del poder ejecutivo que perdona la pena de prisión a una persona condenada, sujeto a la condición de no reincidir en la comisión de delitos dolosos.

Visto el expediente de indulto de don Jordi Preto Gomila, condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, sección segunda, en sentencia de 21 de octubre de 2009, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años y un mes de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio durante el tiempo de la condena y multa de 1.180 euros, por hechos cometidos en el año 2007 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 13 de mayo de 2011,

Vengo en indultar a don Jordi Preto Gomila la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 13 de mayo de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.