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Real Decreto 696/2010, de 20 de mayo, por el que se indulta a doña María Alepuz Moreno.

BOE-A-2010-9569·17 de junio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 696/2010, de 20 de mayo. Su objeto principal es conmutar la pena de prisión impuesta a doña María Alepuz Moreno. El Real Decreto afecta directamente a María Alepuz Moreno, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Alicante por un delito contra la salud pública cometido en 2004. La sentencia original la condenó a tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante la condena y una multa de 400 euros. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se reduce la pena privativa de libertad de tres años a dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que María Alepuz Moreno no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de ese período, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Autoridad: El Real Decreto es emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, este Real Decreto concede un indulto parcial a María Alepuz Moreno, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en los próximos cuatro años.

Visto el expediente de indulto de doña María Alepuz Moreno, condenada por la Audiencia Provincial, sección primera, de Alicante, en sentencia de 22 de octubre de 2007, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 400 euros, por hechos cometidos en el año 2004 en el que se ha considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2010,

Vengo en conmutar a doña María Alepuz Moreno la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Barcelona, el 20 de mayo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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