decretoVigente

Real Decreto 725/2012, de 20 de abril, por el que se indulta a don Ramón Francho Miguel.

BOE-A-2012-6633·19 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 725/2012, de 20 de abril. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Ramón Francho Miguel, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Araba/Álava por un delito contra la salud pública cometido en 2008. El indulto afecta directamente a don Ramón Francho Miguel, modificando la pena impuesta por la Audiencia Provincial. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena original de cuatro años y seis meses de prisión por una pena de dos años de prisión. Condiciones del indulto: La conmutación está sujeta a dos condiciones: Que el indultado continúe el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación. Que no vuelva a cometer un delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. Proceso: El indulto fue propuesto por el Ministro de Justicia y aprobado por el Consejo de Ministros. Firma:** El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, este Real Decreto concede un indulto parcial a un individuo condenado por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión bajo ciertas condiciones de rehabilitación y buen comportamiento futuro.

Visto el expediente de indulto de don Ramón Francho Miguel, condenado por la Audiencia Provincial de Araba/Álava, sección segunda, en sentencia de 10 de marzo de 2009, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años y seis meses de prisión y multa de 10.000 euros e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de abril de 2012,

Vengo en conmutar a don Ramón Francho Miguel la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 20 de abril de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.