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Real Decreto 727/2010, de 28 de mayo, por el que se indulta a doña Jennifer García.

BOE-A-2010-9676·18 de junio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 727/2010, de 28 de mayo. Su objeto principal es conceder el indulto a doña Jennifer García, quien fue condenada por la Audiencia Provincial de Granada por un delito de tráfico de drogas cometido en 2006. El indulto afecta directamente a Jennifer García, liberándola de la pena privativa de libertad que aún le quedaba por cumplir. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, quienes han emitido informes sobre el caso. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Concesión del indulto: Se indulta a Jennifer García de la pena de prisión pendiente de cumplimiento impuesta por la sentencia de la Audiencia Provincial de Granada. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Jennifer García no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Fundamentación: El Real Decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y ha sido propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, este Real Decreto concede un indulto condicionado a una persona condenada por tráfico de drogas, liberándola de la pena de prisión pendiente, siempre y cuando no vuelva a delinquir en un plazo de tres años.

Visto el expediente de indulto de doña Jennifer García, condenada por la Audiencia Provincial de Granada, sección segunda, en sentencia de 19 de septiembre de 2008, como autora de un delito, como cómplice, de tráfico de drogas, a la pena de dos años y tres meses de prisión con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y multa de 45.000 euros, por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de mayo de 2010,

Vengo en indultar a doña Jennifer García la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 28 de mayo de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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