Visto el expediente de indulto de don Alfonso Luis Peinado Gaitán, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla, en sentencia de 25 de abril de 2007, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, a la pena de nueve meses y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de abril de 2012,
Vengo en conmutar a don Alfonso Luis Peinado Gaitán la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de nueve meses de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 20 de abril de 2012.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ