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Real Decreto 735/2012, de 20 de abril, por el que se indulta a don Miguel Ángel Sáez García.

BOE-A-2012-6643·19 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 735/2012, de 20 de abril, emitido por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. El objeto principal del decreto es conceder un indulto parcial a don Miguel Ángel Sáez García, quien fue condenado por la Audiencia Nacional como cómplice de un delito de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público. La sentencia original le impuso una pena de un año y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, una multa y un año de inhabilitación especial para el ejercicio de funciones públicas. El indulto afecta directamente a Miguel Ángel Sáez García, beneficiándolo con la remisión de la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de funciones públicas. Sin embargo, el Real Decreto establece explícitamente que las demás penas impuestas en la sentencia original (prisión, multa e inhabilitación para el sufragio pasivo) se mantienen vigentes. La disposición más relevante es la concesión del indulto parcial, pero está condicionada a que Miguel Ángel Sáez García no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del decreto. Si incurre en un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto concedido podría ser revocado. El decreto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y fue propuesto por el Ministro de Justicia tras la deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Miguel Ángel Sáez García, condenado por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en sentencia de 16 de mayo de 2009, como cómplice de un delito de falsedad en documento oficial, cometido por funcionario público en el ejercicio de sus funciones, a la pena de un año y seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, multa de tres meses con una cuota diaria de diez euros y un año de inhabilitación especial para el ejercicio de funciones públicas, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de abril de 2012,

Vengo en indultar a don Miguel Ángel Sáez García la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de funciones públicas impuesta, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 20 de abril de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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