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Real Decreto 755/2012, de 27 de abril, por el que se indulta a don Roger Eyango Ekande.

BOE-A-2012-6646·19 de mayo de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 755/2012, de 27 de abril. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Roger Eyango Ekande, quien fue condenado por un delito de tenencia ilícita de arma de fuego. El Real Decreto afecta directamente a Roger Eyango Ekande, el individuo condenado, y a las autoridades judiciales encargadas de la ejecución de la sentencia. Indirectamente, afecta al Ministerio Fiscal y al Tribunal sentenciador, cuyos informes fueron considerados para la decisión. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: La pena original de un año y dos meses de prisión, sustituida previamente por la expulsión del territorio nacional por diez años, se conmuta por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Roger Eyango Ekande no cometa ningún delito doloso en un plazo de diez años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese periodo, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, aunque no se especifican los motivos concretos que justifican la concesión del indulto. Firma y aprobación: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, tras la deliberación y aprobación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a un individuo condenado por tenencia ilícita de armas, conmutando su pena de prisión por trabajos comunitarios, sujeto a la condición de no reincidir en delitos dolosos durante un periodo de diez años.

Visto el expediente de indulto de don Roger Eyango Ekande, condenado por el Juzgado de lo Penal número 10 de Sevilla, en sentencia de 3 de octubre de 2007, como autor de un delito de tenencia ilícita de arma de fuego, a la pena de un año y dos meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, dicha pena queda sustituida por la expulsión del territorio nacional por diez años, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de abril de 2012,

Vengo en conmutar a don Roger Eyango Ekande la pena privativa de libertad impuesta por 60 días de trabajo en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de diez años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 27 de abril de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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