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Real Decreto 804/2009, de 30 de abril, por el que se indulta a don Juan Carlos Lado Veiga.

BOE-A-2009-8704·26 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 804/2009, de 30 de abril. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Juan Carlos Lado Veiga, quien fue condenado por un delito continuado de estafa en concurso ideal con un delito continuado de falsedad. El Real Decreto afecta directamente a Juan Carlos Lado Veiga, modificando la pena impuesta por el Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena original de 30 meses y un día de prisión se conmuta por una pena de dos años de prisión. Esto significa que la pena privativa de libertad se reduce. Condiciones del indulto: El indulto está condicionado a dos requisitos: Que el indultado no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación. Que no vuelva a cometer ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. El incumplimiento de cualquiera de estas condiciones podría revocar el indulto y obligar al indultado a cumplir la pena original. El Real Decreto fue emitido en Madrid el 30 de abril de 2009 y está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. El documento indica que se consideraron los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal antes de tomar la decisión, y que fue aprobado tras deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Lado Veiga, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo, en sentencia de 31 de julio de 2006, como autor de un delito continuado de estafa en concurso ideal con un delito continuado de falsedad, a la pena de 30 meses y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de abril de 2009,

Vengo en conmutar a don Juan Carlos Lado Veiga la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 30 de abril de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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