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Real Decreto 81/2010, de 29 de enero, por el que se indulta a don Joan Baptiste Escrivá Muntaner.

BOE-A-2010-3442·2 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Joan Baptiste Escrivá Muntaner, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión pendiente por otra de dos años, condicionado a no delinquir dolosamente en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Escrivá Muntaner, permitiéndole reducir su tiempo en prisión bajo ciertas condiciones.

Visto el expediente de indulto de don Joan Baptiste Escrivá Muntaner, condenado por la Audiencia Provincial, sección primera, de Valencia, en sentencia de 30 de mayo de 2002, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de suspensión del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 600 euros por hechos cometidos en el año 2001 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de enero de 2010,

Vengo en conmutar a don Joan Baptiste Escrivá Muntaner la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de enero de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.