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Real Decreto 853/2009, de 8 de mayo, por el que se indulta a doña Eugenia Cabrera López.

BOE-A-2009-8983·30 de mayo de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a Eugenia Cabrera López, condenada por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años y un día por otra de dos años, condicionada a no cometer un nuevo delito doloso en cuatro años. Afecta directamente a la penada y establece una reducción de su condena privativa de libertad.

Visto el expediente de indulto de doña Eugenia Cabrera López, condenada por la Audiencia Provincial de Zaragoza, sección tercera, en sentencia de 14 de diciembre de 2006, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y un día de prisión y multa de 3.300 euros e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de mayo de 2009,

Vengo en conmutar a doña Eugenia Cabrera López la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de mayo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.