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Real Decreto 87/2010, de 29 de enero, por el que se indulta a don Gustavo Martos Cantero.

BOE-A-2010-3448·2 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 87/2010, de 29 de enero. Su objeto principal es conmutar la pena de prisión impuesta a don Gustavo Martos Cantero, condenado por un delito contra la salud pública (tráfico de drogas). El Real Decreto afecta directamente a Gustavo Martos Cantero, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Granada a tres años de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa de 780 euros. Las disposiciones más relevantes del decreto son: Se conmuta la pena privativa de libertad de tres años de prisión por una pena de dos años de prisión. La conmutación está condicionada a que Gustavo Martos Cantero no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, la conmutación podría ser revocada y tendría que cumplir la pena original. El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal. El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Gustavo Martos Cantero, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un periodo de cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don Gustavo Martos Cantero, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Granada, en sentencia de 29 de febrero de 2008, como autor de un delito contra la salud pública por tráfico de drogas a la pena de tres años de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 780 euros por hechos cometidos en el año 2006 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de enero de 2010,

Vengo en conmutar a don Gustavo Martos Cantero la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de enero de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.