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Real Decreto 886/2010, de 2 de julio, por el que se indulta a don Francisco Javier Ferrández Tocado.

BOE-A-2010-11776·23 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a Francisco Javier Ferrández Tocado, condenado por robo con violencia e intimidación y robo con fuerza en las cosas. El indulto afecta a las penas privativas de libertad pendientes. Se condiciona a no abandonar el tratamiento de rehabilitación y a no cometer delito doloso en cuatro años.

Visto el expediente de indulto de don Francisco Javier Ferrández Tocado, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Elche/Elx, en sentencia de 16 de diciembre de 2004, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación en las personas en grado de tentativa, a la pena de dieciocho meses de prisión y un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa a la pena de seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de julio de 2010,

Vengo en indultar a don Francisco Javier Ferrández Tocado las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 2 de julio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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