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Real Decreto 891/2010, de 2 de julio, por el que se indulta a don Nan Pap.

BOE-A-2010-11781·23 de julio de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a Nan Pap, condenado por un delito contra la propiedad intelectual. Se le conmuta la pena de prisión y multa pendientes por 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad. El indulto está condicionado a no cometer un nuevo delito doloso en un plazo de tres años.

Visto el expediente de indulto de don Nan Pap, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Zaragoza, en sentencia de 31 de octubre de 2007, como autor de un delito contra la propiedad intelectual, a la pena de seis meses de prisión y multa de doce meses con una cuota de tres euros, accesoria de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 2 de julio de 2010,

Vengo en conmutar a don Nan Pap la pena privativa de libertad y de multa pendientes de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 2 de julio de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.