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Real Decreto 908/2009, de 22 de mayo, por el que se indulta a don Leoncio Bermúdez Riquelme.

BOE-A-2009-10950·2 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 908/2009, de 22 de mayo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Leoncio Bermúdez Riquelme, conmutando parte de su pena de prisión. El documento afecta directamente a Leoncio Bermúdez Riquelme, quien fue condenado por un delito de robo con fuerza. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, quienes emitieron informes considerados en la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmutan cuatro meses de la pena de prisión impuesta a Leoncio Bermúdez Riquelme. Esto significa que se reduce su tiempo de encarcelamiento en cuatro meses. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si incumple esta condición, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la parte de la pena que se le conmutó. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, lo que implica que se evaluaron las circunstancias del caso y la conveniencia de otorgar el indulto. Autorización: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, lo que le confiere validez legal. Además, se indica que fue deliberado por el Consejo de Ministros, lo que subraya la importancia y el proceso de toma de decisión del indulto.

Visto el expediente de indulto de don Leoncio Bermúdez Riquelme, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Murcia, en sentencia de 16 de marzo de 2001, como autor de un delito de robo con fuerza a la pena de un años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2000, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de mayo de 2009,

Vengo en conmutar a don Leoncio Bermúdez Riquelme cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid el 22 de mayo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.