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Real Decreto 92/2010, de 29 de enero, por el que se indulta a don Juan Soler Piñero.

BOE-A-2010-3453·2 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 92/2010, de 29 de enero. Su objeto principal es conmutar la pena de prisión impuesta a Juan Soler Piñero, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Murcia por un delito de tráfico de drogas cometido en 2008. El Real Decreto afecta directamente a Juan Soler Piñero, el condenado, y, en menor medida, al sistema judicial en su conjunto. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena privativa de libertad de tres años de prisión impuesta a Juan Soler Piñero se conmuta por otra de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Juan Soler Piñero no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de ese plazo, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. Fundamentación: El indulto se basa en los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, aunque no se detallan los motivos específicos que justifican la conmutación. Autoridad: El Real Decreto es firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, tras la deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el documento concede un indulto parcial a un condenado por tráfico de drogas, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso.

Visto el expediente de indulto de don Juan Soler Piñero, condenado por la Audiencia Provincial, sección tercera, de Murcia, en sentencia de 9 de diciembre de 2008, como autor de un delito de tráfico de drogas a la pena de tres años de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 6.050,29 euros por hechos cometidos en el año 2008 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de enero de 2010,

Vengo en conmutar a don Juan Soler Piñero la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de enero de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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