La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, tiene por objeto la ordenación de un sistema integral de formación profesional, cualificaciones y acreditación, que responda con eficacia y transparencia a las demandas sociales y económicas a través de las diversas modalidades formativas. Para ello, crea el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, definiéndolo en el artículo 2.1 como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales, de forma que se favorezca el desarrollo profesional y social de las personas y se cubran las necesidades del sistema productivo.
El Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, según indica el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral. Dicho catálogo está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo y por la formación asociada a las mismas, que se organiza en módulos formativos, articulados en un Catálogo Modular de Formación profesional.
Conforme al artículo 7.2 de la misma ley orgánica, se encomienda al Gobierno, previa consulta al Consejo General de Formación Profesional, determinar la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y aprobar las cualificaciones que proceda incluir en el mismo, así como garantizar su actualización permanente.
El artículo 5.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, atribuye al Instituto Nacional de las Cualificaciones la responsabilidad de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y el correspondiente Catálogo Modular de Formación Profesional, en su calidad de órgano técnico de apoyo al Consejo General de Formación Profesional, cuyo desarrollo reglamentario se recoge en el artículo 9.2 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, estableciéndose en su artículo 9.4 la obligación de mantenerlo permanentemente actualizado mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el catálogo.
El Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, por el que se crea el Instituto Nacional de las Cualificaciones, establece en su artículo 2 apartado k) que es función de dicho instituto el proponer las medidas necesarias para la regulación del sistema de correspondencias, convalidaciones y equivalencias entre los tres subsistemas, incluyendo la experiencia laboral.
Por su parte, el Real Decreto 817/2014, de 26 de septiembre, por el que se establecen los aspectos puntuales de las cualificaciones profesionales para cuya modificación, procedimiento de aprobación y efectos es de aplicación el artículo 7.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, en su artículo 3, bajo el epígrafe «Exclusiones», recoge las modificaciones de cualificaciones y unidades de competencia que no tendrán la consideración de modificación de aspectos puntuales, cuya aprobación se llevará a cabo por el Gobierno, previa consulta al Consejo General de Formación profesional.
La actualización o supresión de determinadas cualificaciones profesionales conlleva la desaparición de algunas unidades de competencia. Toda vez que el Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, define en su artículo 5 la unidad de competencia como «el agregado mínimo de competencias profesionales, susceptible de reconocimiento y acreditación parcial, a los efectos previstos en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional», resulta oportuno y necesario establecer la correspondencia y los requisitos adicionales, en su caso, entre aquellas suprimidas y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, con el fin de garantizar su validez en el marco del Sistema Nacional de las Cualificaciones y en los términos previstos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio.
El presente real decreto establece dos nuevas cualificaciones profesionales, correspondientes a la familia profesional Agraria, que se definen en el anexo I AGA682_2: «Producción de ovinos y caprinos», y en el anexo II AGA683_2: «Producción intensiva de bovinos». Además, se actualizan las cualificaciones profesionales AGA001_2: «Tratamientos agroquímicos y biológicos», establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, cambiando su denominación y nivel, y AGA166_2: «Fruticultura», establecida por el Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, cambiando su denominación, y sustituyendo en ambos casos los anexos correspondientes por los anexos III y IV, respectivamente, del presente real decreto; las dos cualificaciones corresponden a la familia profesional Agraria. Además, se modifica parcialmente la cualificación profesional AGA226_2: «Cuidados y manejo del caballo», establecida por el Real Decreto 665/2007, de 25 de mayo, mediante la sustitución de una unidad de competencia transversal y su módulo formativo asociado incluidos en una cualificación profesional establecida en este real decreto. Asimismo, se suprime la cualificación profesional AGA098_2: «Producción intensiva de rumiantes», establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, de la misma familia profesional, de cuya escisión provienen las cualificaciones profesionales que se establecen. Finalmente, se establece la correspondencia y los requisitos adicionales, en su caso, entre unidades de competencia suprimidas como consecuencia del presente real decreto y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Según establece el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, corresponde a la Administración General del Estado, en el ámbito de la competencia exclusiva que le es atribuida por el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, la regulación y la coordinación del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, sin perjuicio de las competencias que corresponden a las comunidades autónomas y de la participación de los interlocutores sociales.
Las comunidades autónomas han participado en la elaboración y actualización de las cualificaciones profesionales que se anexan a la presente norma, a través del Consejo General de Formación Profesional, en las fases de solicitud de expertos para la configuración del Grupo de Trabajo de Cualificaciones, contraste externo y en la emisión del informe positivo que de las mismas realiza el propio Consejo General de Formación Profesional, necesario y previo a su tramitación como real decreto.
Este real decreto se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general al facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral, cumple estrictamente el mandato establecido en el artículo 129 de la ley, no existiendo ninguna alternativa regulatoria menos restrictiva de derechos, resulta coherente con el ordenamiento jurídico y permite una gestión más eficiente de los recursos públicos. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la norma se ha permitido la participación activa de los potenciales destinatarios a través del trámite de información pública y quedan justificados los objetivos que persigue la ley.
En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas y el Consejo General de Formación Profesional, y ha emitido dictamen el Consejo Escolar del Estado.
En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Formación Profesional y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de octubre de 2020,
DISPONGO:
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Este real decreto tiene por objeto actualizar el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, procediéndose a establecer dos nuevas cualificaciones profesionales que se incluyen en el mismo, así como actualizar dos cualificaciones profesionales y sus módulos formativos asociados, modificar parcialmente una cualificación profesional mediante la sustitución de una unidad de competencia transversal y su módulo formativo asociado incluidos en una cualificación profesional establecida en este real decreto, y suprimir una cualificación profesional, correspondientes todas ellas a la familia profesional Agraria.
a) Las cualificaciones profesionales que se establecen son:
Producción de ovinos y caprinos. Nivel 2. AGA682_2.
Producción intensiva de bovinos. Nivel 2. AGA683_2.
b) Las cualificaciones profesionales que se actualizan son:
Tratamientos agroquímicos y biológicos. Nivel 2. AGA001_2.
Fruticultura. Nivel 2. AGA166_2.
c) La cualificación profesional que se modifica parcialmente es:
Cuidados y manejo del caballo. Nivel 2 AGA226_2.
d) La cualificación profesional que se suprime es:
Producción intensiva de rumiantes. Nivel 2. AGA098_2.
2. Las cualificaciones que se establecen en este real decreto y las cualificaciones profesionales actualizadas tienen validez y son de aplicación en todo el territorio nacional. Asimismo, no constituyen una regulación de profesión regulada alguna.
Artículo 2. Cualificaciones profesionales que se establecen.
Las cualificaciones profesionales que se establecen en este real decreto corresponden a la familia profesional Agraria, y son las que a continuación se relacionan, cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:
Producción de ovinos y caprinos. Nivel 2. AGA682_2. Anexo I.
Producción intensiva de bovinos. Nivel 2. AGA683_2. Anexo II.
Artículo 3. Actualización de una cualificación profesional de la familia profesional Agraria, establecida por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo Modular de Formación profesional.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo Modular de Formación Profesional, se procede a la actualización de la cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo I del citado real decreto:
1. En el artículo 2 se sustituye la denominación y nivel del anexo I «Tratamientos agroquímicos y biológicos. Nivel 2», por la siguiente:
«Gestión integrada del control fitosanitario. Nivel 3».
2. Se da una nueva redacción al anexo I, cualificación profesional «Tratamientos agroquímicos y biológicos». Nivel 2. AGA001_2, que se sustituye por la que figura en el anexo III del presente real decreto, donde consta la cualificación profesional «Gestión integrada del control fitosanitario». Nivel 3. AGA001_3.
Artículo 4. Supresión de una cualificación profesional de la familia profesional Agraria, establecida por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo Modular de Formación Profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, por el que se establecen nuevas cualificaciones profesionales, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos, que se incorporan al Catálogo Modular de Formación Profesional, y se actualizan determinadas cualificaciones profesionales de las establecidas por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, se procede a la supresión de la cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo XCVIII del citado real decreto:
1. En el artículo 2 se suprime la cualificación profesional «Producción intensiva de rumiantes». Nivel 2: Anexo XCVIII.
2. Se suprime el Anexo XCVIII, relativo a la cualificación profesional «Producción intensiva de rumiantes». Nivel 2. AGA098_2.
Artículo 5. Actualización de una cualificación profesional de la familia profesional Agraria, establecida por el Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de determinadas cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo Modular de Formación profesional.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 1228/2006, de 27 de octubre, por el que se complementa el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de determinadas cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que se incorporan al Catálogo Modular de Formación Profesional, se procede a la actualización de la cualificación profesional, cuyas especificaciones están contenidas en el anexo CLXVI del citado real decreto:
1. En el artículo 2 se sustituye la denominación del anexo CLXVI «Fruticultura. Nivel 2», por la siguiente:
«Cultivos leñosos. Nivel 2.»
2. Se da una nueva redacción al anexo CLXVI, cualificación profesional «Fruticultura». Nivel 2. AGA166_2, que se sustituye por la que figura en el anexo IV del presente real decreto, donde consta la cualificación profesional «Cultivos leñosos». Nivel 2. AGA166_2.
Artículo 6. Modificación parcial de una cualificación profesional de la familia profesional Agraria, establecida por el Real Decreto 665/2007, de 25 de mayo, por el que se establecen cinco nuevas cualificaciones profesionales en la Familia Profesional Agraria.
Conforme a lo establecido en la disposición adicional única del Real Decreto 665/2007, de 25 de mayo, por el que se establecen cinco nuevas cualificaciones profesionales en la Familia Profesional Agraria, se procede a la actualización de la cualificación profesional cuyas especificaciones están contenidas en el anexo CCXXVI del citado real decreto:
Se modifica parcialmente la cualificación profesional establecida como «Anexo CCXXVI: Cuidados y manejo del caballo. Nivel 2. AGA226_2» sustituyendo, respectivamente, la unidad de competencia «UC0006_2: Montar y mantener las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera» y el módulo formativo asociado «MF0006_2: Instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera (90 horas)», por la unidad de competencia «UC0006_2: Montar y mantener las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera» y el módulo formativo asociado «MF0006_2: Instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera (90 horas)», correspondientes al anexo «Producción de ovinos y caprinos. Nivel 2. AGA682_2» del presente real decreto.
Disposición adicional única. Correspondencia entre unidades de competencia suprimidas y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Se establecen las correspondencias y los requisitos adicionales, en su caso, contenidos en el anexo V-a, entre unidades de competencia de la familia profesional Agraria suprimidas como consecuencia del presente real decreto y sus equivalentes actuales en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
Por otra parte, se establecen las correspondencias y los requisitos adicionales, en su caso, contenidos en el anexo V-b, entre unidades de competencia actuales de la familia profesional Agraria y sus equivalentes suprimidas del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
La declaración de equivalencia de dichas unidades de competencia tiene los efectos de acreditación parcial acumulable previstos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación profesional.
Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales.
Disposición final segunda. Habilitación para el desarrollo normativo.
Se habilita al titular del Ministerio de Educación y Formación Profesional a dictar las normas necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en este real decreto, en el ámbito de sus competencias.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 27 de octubre de 2020.
FELIPE R.
La Ministra de Educación y Formación Profesional,
MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ
Realizar operaciones de producción y manejo de ganado ovino y caprino de renuevo, reproductores y de obtención de leche y de lana y pieles, así como en ovinos y caprinos de recría y de cebo para la obtención de carne, manteniendo las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera, cumpliendo especificaciones técnicas y la normativa aplicable de bienestar animal, prevención de riesgos laborales, protección del medio ambiente y seguridad alimentaria.
Realizar operaciones de producción en ganado ovino y caprino de reposición, reproductores y para obtención de leche y de lana y pieles.
Realizar operaciones de producción en rumiantes ovino y caprino de cebo.
Esquilar ovinos.
Montar y mantener las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera.
Desarrolla su actividad profesional en el departamento de producción del área de la ganadería dedicado a la producción de ganado ovino y caprino para producción de leche, lana o carne, en entidades de naturaleza pública o privada, en grandes, medianas y pequeñas empresas, tanto por cuenta propia como ajena con independencia de su forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.
Se ubica en el sector agrario, dentro del subsector de la producción ganadera, en las siguientes actividades: explotaciones agropecuarias; de ovino y caprino de leche, de ovino y caprino de carne; empresas de servicios a la ganadería y asociaciones de criadores, de mejora genética, de comercialización de piensos, medicamentos o materiales relacionados con este tipo de producción; autónomos en explotaciones ganaderas ovinas y caprinas; Sociedades Cooperativas; Sociedades Agrarias de Transformación (SAT).
Trabajadores de ganadería en general.
Trabajadores de ganado rumiante en general.
Trabajadores de ganado ovino y caprino de carne.
Trabajadores de ganado ovino y caprino lechero.
Especialistas en ordeño de pequeños rumiantes.
Cuidadores de ganado ovino y caprino.
Ganaderos de ganado ovino y caprino de leche o carne.
Esquiladores.
Trabajadores cualificados de granjas de caprino y ovino.
Producción de ovinos y caprinos de reposición, reproductores y para obtención de leche y de lana y pieles (180 horas).
Producción de ovinos y caprinos de cebo para la obtención de carne (150 horas).
La esquila de ovinos (60 horas).
Instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera (90 horas).
RP1: Manejar las hembras ovinas y caprinas de reposición para su adaptación a la explotación y su optimización como reproductoras según protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR1.1 La documentación de las ovejas y cabras de reposición procedentes de otra explotación se revisa, comprobando que el traslado de las mismas se ha llevado a cabo con las garantías sanitarias y de bienestar animal establecidas.
CR1.2 Los factores que afectan al inicio de la vida reproductiva como son época de nacimiento, fotoperiodo y peso entre otros, se controlan para obtener buenas condiciones de cubrición fértil.
CR1.3 Las hembras ovinas y caprinas nulíparas se alimentan según sus requerimientos, optimizando su condición física y maximizando la ovulación y la prolificidad de las mismas.
CR1.4 El programa sanitario específico (vacunal y antiparasitario) se aplica a las hembras de reproductoras, siguiendo indicaciones del veterinario y protocolos establecidos.
CR1.5 Los procedimientos de manejo, establecidos, como los arreglos de pezuñas, esquileo, entre otros, se realizan con el tiempo establecido antes de la cubrición, evitando manejos innecesarios en momentos claves como la cubrición y la implantación.
CR1.6 Las hembras reproductoras se lotifican en grupos de animales que se encuentran en la misma etapa productiva.
CR1.7 Las operaciones de raboteo, descornado y recorte de pezuñas se llevan a cabo con la técnica indicada, el material requerido y cumpliendo criterios higiénico-sanitarios.
CR1.8 Las heridas de cortes se tratan con el producto medicamentoso prescrito por el veterinario para evitar infecciones.
CR1.9 El consumo de agua y de alimentos de las hembras ovinas y caprinas se controla, detectando individuos enfermos o que no comen, registrando las incidencias o comunicándolas al personal responsable de su corrección.
RP2: Realizar las operaciones de manejo del celo y programación de las cubriciones por monta natural continua o controlada, o mediante inseminación artificial de las hembras ovinas y caprinas reproductores para optimizar el programa de producción, según protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable.
CR2.1 Las hembras ovinas y caprinas nulíparas de reposición se someten a una inducción y sincronización del celo por métodos naturales (efecto macho, efecto hembra, iluminación artificial, entre otros) y/o por métodos hormonales (aplicación de prostaglandinas, progestágenos, melatonina, entre otros), optimizando los índices reproductivos y planificando partos para distribuir de una manera más equilibrada las parideras dentro del año.
CR2.2 Los signos característicos del celo en las hembras reproductoras ovinas y caprinas se detectan, observando el aspecto de la vulva, conductas características, junto con el comportamiento de los machos durante la recela.
CR2.3 Las hembras ovinas y caprinas reproductoras se preparan para la cubrición, mediante las operaciones de manejo requeridas como la agrupación en lotes reproductivos, planificando el secado, «flushing», entre otras.
CR2.4 Los machos destinados para la cubrición natural se preparan, revisando su estado sanitario, su condición corporal, el estado de madurez sexual y determinando su número en función de la cantidad de hembras a cubrir, entre otros.
CR2.5 Las dosis seminales para inseminación artificial de las hembras ovinas y caprinas se preparan refrigerándolas, según protocolos.
CR2.6 Las hembras ovinas y caprinas se cubren por monta natural o controlada o mediante inseminación artificial, vaginal o laparoscópica, entre otras, siguiendo protocolos y la planificación establecida.
RP3: Manejar las fases de gestación y parto de las hembras ovinas y caprinas para maximizar el número de partos y crías nacidas vivas, así como optimizar la producción láctea en el momento planificado, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable.
CR3.1 La gestación de las hembras rumiantes se controla en el momento indicado, mediante los métodos diagnósticos como la visualización, palpación externa, palpación vaginal, ecografía, entre otros, en función el instrumental establecido en la explotación.
CR3.2 Los parámetros que afectan a la fertilidad se controlan, verificando la estación del año, intervalo parto-servicio, presencia y comportamiento de los machos, edad de la hembra, grado de consanguinidad del rebaño, abortos, entre otros.
CR3.3 Las hembras gestantes se alimentan, controlando especialmente en el último tercio de gestación, el aporte de alimentos de volumen y concentrados, de vitaminas y minerales y de agua, optimizando la producción láctea y asegurando la viabilidad del feto.
CR3.4 Las hembras gestantes se manejan, evitando los atascos en las puertas, el trato brusco de los animales, generando un ambiente tranquilo y separando las ovejas y cabras gestantes en función de la época de partos, para evitar abortos.
CR3.5 Las hembras a término se apartan del rebaño en las zonas específicas destinadas a esta función al aproximarse la fecha prevista de parto.
CR3.6 El parto de las ovejas y cabras se vigila, comprobando la expulsión completa de la placenta, verificando el estado de la madre, de la descendencia y de los anejos fetales y desinfectando el cordón umbilical según protocolo.
CR3.7 Las ovejas y cabras primerizas se vigilan, durante las primeras horas para verificar la relación materno-filial.
CR3.8 Los partes, estadillos de la paridera y libro de nacimientos se cumplimentan, según protocolo, manteniendo la trazabilidad de las crías.
CR3.9 Los residuos biológicos, animales muertos y anejos fetales se eliminan, siguiendo protocolos y cumpliendo la normativa aplicable de seguridad medioambiental.
RP4: Efectuar las operaciones de manejo y cuidado de las crías ovinas y caprinas para conseguir un óptimo desarrollo de las mismas y maximizar el índice supervivencia, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR4.1 Las crías ovinas y caprinas se observan durante las primeras 24 horas de vida comprobándose su vitalidad, ausencia de malformaciones y estado del cordón umbilical.
CR4.2 Los corderos y cabritos recién nacidos se vigilan, comprobando que reciben la suficiente alimentación y asegurando el ahijamiento en caso requerido.
CR4.3 El recién nacido se separa de la madre, en caso requerido, atendiendo a criterios de alimentación y sanidad e instalándolo en locales acondicionados para tal fin.
CR4.4 Las crías recién nacidas se someten a las operaciones de manejo establecidas, como son el pesado, identificación, descornado, en su caso, raboteo y/o marcado, entre otros, siguiendo los protocolos establecidos para cada especie.
CR4.5 El programa sanitario preventivo específico para las crías ovinas y caprinas se aplica en este periodo de vida, tomando las medidas establecidas de vigilancia y/o aislamiento en caso requerido.
CR4.6 Los partes, estadillos y libro de partos de las explotaciones de ovinos y caprinos se cumplimentan según protocolos, manteniendo la trazabilidad de los procesos.
CR4.7 Los animales inviables se sacrifican, mediante el sacrificio de urgencia o emergencia, siguiendo la normativa de aplicable bienestar animal.
RP5: Realizar las operaciones de manejo y de ordeño de las ovejas y cabras lactantes para obtener una producción láctea óptima y de máxima calidad, siguiendo los procedimientos y los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal, de seguridad alimentaria y de prevención de riesgos laborales.
CR5.1 La ración alimenticia y el aporte de agua en la hembra lactante se ajustan a esta etapa de su ciclo productivo, optimizando la producción lechera.
CR5.2 Las condiciones ambientales que afectan al bienestar de las hembras lactantes se controlan, verificando la superficie, temperatura, ventilación y humedad, entre otras, optimizando la producción láctea.
CR5.3 El programa sanitario preventivo (vacunal y de tratamientos) de la granja se aplica a las hembras lactantes, siguiendo las especificaciones descritas para este periodo por el personal facultativo y cumpliendo la normativa aplicable de seguridad alimentaria.
CR5.4 Los equipos de ordeño, los tanques de almacenamiento y el sistema de lavado de las instalaciones se verifican, comprobando que estén limpios y en condiciones de uso.
CR5.5 Las hembras se introducen en la instalación de ordeño, según orden sanitario, comprobando que la zona perianal y mamaria se encuentran limpias para evitar la contaminación de la leche.
CR5.6 La existencia de mamitis subclínica se comprueba, vertiendo en el contenedor establecido para ello la leche del primer chorro de cada pezón.
CR5.7 La leche, calostro y secreción no apta por mamitis o por tratamientos que requieran supresión se separa según las indicaciones dadas.
CR5.8 Las ubres de las hembras lactantes se higienizan antes del ordeño, colocando las pezoneras según el procedimiento establecido en caso de ordeño mecánico.
CR5.9 Las hembras se ordeñan con el método establecido (mecánico o manual) según indicaciones, desinfectando todo el pezón posteriormente.
CR5.10 La leche obtenida del ordeño se almacena, comprobando que el enfriamiento se realiza hasta la temperatura indicada en el menor tiempo posible, atendiendo a criterios legislativos y/o programas de control de calidad específicos.
CR5.11 Las instalaciones y equipos de ordeño se limpian, desinfectando aquellas que lo requieran, con las técnicas y productos indicados.
RP6: Controlar el rebaño destinado a lana para maximizar la obtención de un vellón de calidad, cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal, protección medioambiental y prevención de riesgos laborales.
CR6.1 El rebaño se clasifica antes de la esquila, separando las ovejas con lanas atípicas, sucias o enfermas y las corderas de renuevo.
CR6.2 Los animales destinados a obtención de lana se identifican por medio de marcas con pinturas especiales para ganado lanar que se eliminan con facilidad en el proceso industrial de lavado de lana, evitando el uso de tintes que contengan alquitrán.
CR6.3 La nave para el esquileo se selecciona, verificando que dispone de la suficiente iluminación y que se encuentra limpia y seca.
CR6.4 El trabajo de los esquiladores se vigila, comprobando el cumplimiento de la normativa de bienestar animal durante la esquila (técnicas de inmovilización indicadas, ausencia de mulesing, entre otros) y que evitan los dobles pases de peine para no acortar la longitud de la fibra y reducir la calidad de la misma.
CR6.5 La lana se clasifica o sortea después del esquileo separando las lanas de vellón de las caídas y barrigueras y los añinos, así como evitando la mezcla de lanas de color.
CR6.6 La lana se almacena en fardos identificados mediante una etiqueta que indique el tipo de lana y el número de ganadero que permitan su trazabilidad, evitando el uso de cuerdas de plástico que la puedan contaminar.
RP7: Realizar las operaciones de manejo y cuidado de los machos reproductores ovinos y caprinos en la monta natural, la recela y la recolección del semen para optimizar la productividad de la explotación siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable.
CR7.1 Los sementales ovinos y caprinos se alojan en compartimentos separados de las hembras con las condiciones establecidas en la normativa aplicable de bienestar animal.
CR7.2 Los machos recela vasectomizados se utilizan para identificar las hembras en celo.
CR7.3 Los sementales seleccionados se montan en el momento y con la frecuencia requerida para asegurar la gestación y optimizar su potencial reproductivo.
CR7.4 El semen fresco obtenido se refrigera, preparando las dosis seminales para su uso exclusivo en la propia explotación, según los protocolos establecidos.
CR7.5 Los programas de control sanitario de los sementales se aplican, siguiendo instrucciones del personal responsable.
CR7.6 Las raciones de alimento se distribuyen en los comederos, tolvas y/o lugares destinados a tal fin.
CR7.7 El consumo de agua y de alimentos de los machos reproductores ovinos y caprinos se controla, detectando individuos enfermos o que no comen, registrando las incidencias o comunicándolas al personal responsable de su corrección.
CR7.8 La trazabilidad de los reproductores se garantiza, cumplimentando los registros establecidos.
Comederos de concentrados y de volumen. Bebederos. Programa de gestión de cubriciones en ganado ovino o caprino. Equipos de recogida y conservación de semen. Silos de piensos y forrajes. Correctores vitamínico-minerales. Aditivos para piensos y forrajes. Conservantes. Alojamientos para ovinos y caprinos. Equipos y materiales de identificación y marcaje de ganado ovino y caprino. Medicamentos, material para la aplicación de medicamentos inyectables, en pienso, en agua o por vía tópica, neveras y material de conservación de medicamentos. Aplicaciones informáticas de gestión de ovino y caprino de leche. Material de oficina, fichas de control e informáticas (programas de gestión de ovino y caprino de leche). Instalaciones y equipos de ordeño, material y equipo de limpieza de las instalaciones de ordeño. Equipos de almacenamiento y conservación de leche. Material de higiene de las ubres. Material y equipos de desrabotado y recorte de pezuñas. Materiales y equipos de higiene de las pezuñas. Material y equipo para sacrificio de urgencia/emergencia. Contenedores de residuos. Estercolero. Equipo de gestión de cadáveres. Equipos de protección personal.
Hembras ovinas y caprinas de reposición adaptadas como reproductoras en la explotación. Fases de celo y cubrición controladas. Gestación y parto a fin con descendencia sana y hembras lactantes productivas. Tasas óptimas de supervivencia y desarrollo de ovinos y caprinos neonatos. Leche ovina o caprina de calidad. Lana de calidad. Machos reproductores con índices reproductivos óptimos.
Ficha técnica del funcionamiento de equipos y materiales de la explotación de ganado ovino o caprino. Libro de explotaciones ganaderas para ganado ovino y/o caprino. Registro de tiempos de espera para la comercialización de leche. Fichas técnicas sobre necesidades nutritivas en pequeños rumiantes dependiendo de su momento productivo. Registros de materias primas y alimentos para asegurar la trazabilidad Protocolos internos de actuación en la explotación. Normativa reguladora de la actividad ganadera. Partes o estadillos de producción. Gráficos de control de producción, de censo de reproductoras, de nulíparas (corderas, chivas), de cubriciones, de repeticiones, de número de partos, de nacidos viables. Registros de reproductores, de cubriciones y nacimientos.
RP1: Realizar las operaciones de manejo de los corderos y cabritos de cebo, controlando su salud e identificación para mantener la trazabilidad y asegurar los índices productivos establecidos, siguiendo protocolos y cumpliendo la normativa aplicable.
CR1.1 El estado sanitario de los pequeños rumiantes de cebo se revisa a su entrada en esta fase del ciclo productivo, evitando la introducción de enfermedades y facilitando su adaptación.
CR1.2 Los corderos y cabritos se identifican, con el sistema de registro establecido para mantener su trazabilidad en todo momento.
CR1.3 Los pequeños rumiantes destinados a cebo se agrupan en lotes homogéneos, atendiendo a criterios de sexo, edad, peso, tamaño y disponibilidad de espacio, entre otros, asegurando las necesidades mínimas de superficie por animal.
CR1.4 Las instalaciones donde se van a alojar los animales de cebo se preparan antes de introducirlos.
CR1.5 Los parámetros ambientales de las naves, de los sistemas de distribución de alimento y suministro de agua se controlan, optimizando el bienestar y producción de los animales de acuerdo con los protocolos establecidos.
CR1.6 Los animales enfermos se detectan, mediante la identificación de signos, síntomas o alteración de parámetros preestablecidos.
CR1.7 Los animales de cebo enfermos se cuidan o sacrifican, siguiendo protocolos establecidos por el veterinario.
RP2: Alimentar a los corderos o cabritos de cebo para satisfacer sus necesidades nutritivas y lograr un engorde óptimo con los medios y las técnicas indicados, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal, de prevención de riesgos laborales y de seguridad alimentaria.
CR2.1 Las necesidades nutritivas de los corderos y cabritos de cebo se determinan, en función de la raza, el peso al nacimiento y el sistema de cebo, entre otros.
CR2.2 Los alimentos (pienso, heno y suplementos en caso requerido) se distribuyen en los comederos en función del número de animales y de su sistema de producción (intensivo, semiintensivo o en pastoreo).
CR2.3 El acceso al agua se controla, asegurando que todos los animales disponen de un consumo «ad libitum» y de calidad.
CR2.4 El consumo de agua y de alimentos de los corderos y cabritos de cebo se controla, detectando individuos enfermos o que no comen, registrando las incidencias o comunicándolas al personal responsable de su corrección.
CR2.5 Los corderos y cabritos con alteraciones del crecimiento se identifican, separándolos del resto para su cuidado o sacrificio por el personal responsable.
CR2.6 Los datos de los alimentos suministrados se registran en los soportes establecidos permitiendo la trazabilidad de los mismos a lo largo del proceso.
RP3: Aplicar el programa sanitario preventivo y curativo a los ovinos y/o caprinos de cebo para optimar la producción y evitar la introducción o transmisión de enfermedades, en colaboración con el veterinario, siguiendo protocolos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR3.1 El estado sanitario de los animales se vigila, detectando alteraciones de salud, anomalías físicas y/o funcionales, mediante la identificación de determinados signos, síntomas y alteración de parámetros preestablecidos, informando de las incidencias al personal responsable según protocolo.
CR3.2 Los tratamientos preventivos como vacunaciones, desparasitaciones y desinsectaciones, entre otras, se aplican a los animales de recría y cebo, según el calendario preestablecido, siguiendo las instrucciones del personal responsable.
CR3.3 Los corderos o cabritos enfermos se someten a cuidados específicos, en colaboración con el personal responsable, identificándolos según protocolos.
CR3.4 La administración de determinados fármacos en los animales de recría y cebo se realiza, siguiendo las instrucciones del veterinario por las vías prescritas, teniendo en cuenta las indicaciones terapéuticas y el periodo de supresión de estos productos antes del sacrificio.
CR3.5 Los animales inviables, se sacrifican, mediante el sacrificio de urgencia o emergencia, siguiendo la normativa de bienestar animal.
CR3.6 Los tratamientos aplicados en los animales enfermos de recría y cebo se registran en los soportes establecidos.
CR3.7 Los medicamentos se almacenan, cumpliendo las condiciones de conservación establecidas.
CR3.8 La documentación sanitaria como recetas, albaranes, facturas y registros de aplicación y tiempo de espera de medicamentos, entre otros se archiva, según la normativa de medicamento veterinario.
RP4: Efectuar las operaciones de manejo de ovinos y caprinos de cebo terminados para su expedición, traslado o comercialización en condiciones óptimas, cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal, de seguridad ambiental y de prevención de riesgos laborales.
CR4.1 Los ovinos y caprinos de cebo terminados se alimentan con un pienso de retirada específico o se someten a ayuno antes de su expedición, registrando los datos requeridos para mantener la trazabilidad del proceso.
CR4.2 Los animales terminados se agrupan en lotes de expedición homogéneos por edad, peso, tamaño, sexo, condición corporal, entre otros, manteniendo la identificación individual de cada animal y el registro de los lotes.
CR4.3 La documentación sanitaria de cada animal se cumplimenta según normativa aplicable sobre traslado de animales.
CR4.4 Los animales se conducen hacia el lugar de embarque, cumpliendo la normativa de bienestar animal y las instrucciones de manejo establecidas, evitando las repercusiones de un mal manejo sobre la calidad de las canales.
CR4.5 Las condiciones de las instalaciones en relación con puertas, pasillos, mangas, muelles, rampas y elevadores, entre otros) se controlan, manteniéndolas dentro de los parámetros de calidad establecidos.
CR4.6 Las colas de cebadero de animales desmedrados, heridos o enfermos, entre otros se gestionan según protocolos.
CR4.7 Los alojamientos vacíos se tratan, eliminando los residuos y registrando los datos establecidos según protocolos.
Comederos y bebederos. Material de manejo de animales, lonas, tajaderas, separadores. Sistema de ventilación. Piensos, forrajes, silos de pienso, repartidores automáticos de pienso y forrajes, almacenes de pienso y forrajes. Aditivos para piensos. Animales de diferentes edades. Alojamientos para ovinos y caprinos de engorde. Equipos y materiales de identificación y marcaje. Cercas permanentes y móviles, mangas, equipos de pesaje, cepos de inmovilización, muelles de carga, vehículos de transporte y remolques. Descornadores, cauterizadores, anillos de goma y máquinas de aplicación. Medicamentos, materiales de aplicación de medicamentos ya inyectables, en pienso o en agua, neveras y material de conservación de medicamentos. Material de recogida de muestras biológicas. Aplicaciones informáticas de gestión explotaciones de engorde de pequeños rumiantes Equipos de protección personal.
Corderos y cabritos de cebo sanos e identificados. Corderos y cabritos alimentados y con buenos índices productivos. Condiciones sanitarias de la explotación ovina y/o caprina de recría y cebo controladas. Ovinos y caprinos de cebo terminados expedidos.
Fichas técnicas de funcionamiento de diferentes equipos y materiales. Registros para los períodos de transición, recría y cebo. Obtención de índices e informes de objetivos relacionados con la transición, recría y cebo. Programa sanitario, tipos de medicamentos, administración, manejo y almacenaje de estos. Registros de tiempos de espera antes del sacrificio. Fichas técnicas sobre necesidades nutritivas en ovinos y caprinos dependiendo de su momento productivo. Protocolos internos de actuación en la explotación. Partes, estadillos y registros de producción. Gráficos de control de producción. Normativa reguladora de la actividad.
RP1: Preparar el rebaño, las instalaciones y el equipo de esquila para facilitar la operación de esquilado y se encuentren en condiciones óptimas, siguiendo instrucciones y protocolos, cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y prevención de riesgos laborales.
CR1.1 El equipo de esquilado se revisa previo a la operación de esquilado, comprobando su funcionamiento.
CR1.2 Las máquinas de esquila se montan, asegurando que los peines y cuchillas estén ajustados y afilados.
CR1.3 El área de esquila se limpia, preparándola para la entrada de los animales y el personal.
CR1.4 El ganado seleccionado se traslada al área de trabajo sin riesgos para la salud de operario y respetando el bienestar animal.
CR1.5 Los animales seleccionados se mantienen a la espera para la esquila, de forma ordenada y sin causarles estrés según los procedimientos establecidos.
CR1.6 Los animales se inmovilizan para la esquila con el método establecido (sin ataduras) y cumpliendo la normativa de bienestar animal.
RP2: Efectuar las operaciones de esquila de las ovejas para obtener lana de calidad, siguiendo protocolos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y prevención de riesgos laborales.
CR2.1 La calidad del vellón se inspecciona, descartando aquellos que presenten la lana manchada por parásitos, contaminada, y la que presente humedad, comunicándolo al personal responsable.
CR2.2 El ovino inmovilizado se coloca en la posición indicada para su esquila, en función del método o técnica de esquila a realizar.
CR2.3 El animal se esquila con el método seleccionado, obteniendo un vellón completo, seco y limpio para su almacenamiento posterior.
CR2.4 La lana se obtiene siguiendo los patrones de corte establecidos por la industria, sin repasos o recortes para no reducir la longitud de la fibra y sin dañar al animal.
CR2.5 Las heridas de cortes por esquileo, en su caso se tratan con el producto medicamentoso prescrito por el veterinario para evitar infecciones.
RP3: Efectuar las operaciones de clasificación, acondicionado y embalado de la lana de las ovejas para facilitar su procesado industrial, siguiendo instrucciones y protocolos y cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales.
CR3.1 Los pedazos (no vellón) procedentes de las zonas perianal, cola, patas y manos de las ovejas, se apartan del vellón para su acondicionamiento específico.
CR3.2 Los vellones se clasifican en función de su calidad, sin mezclar las lanas de color y apartando las impurezas, siguiendo instrucciones.
CR3.3 La lana se prensa para formar fardos homogéneos y con las dimensiones adaptadas a estándares industriales preestablecidos.
CR3.4 Los fardos se identifican, atándolos y etiquetándolos antes de retirarlos de la prensa y apilarlos para su almacenaje, según instrucciones del personal responsable.
CR3.5 La lana se almacena según indicaciones en el lugar seco y ventilado establecido.
CR3.6 La maquinaria, equipos, e instrumental empleado para la esquila se limpian, manteniéndolos en estado de uso.
Naves e instalaciones ovinas, corrales. Almacén de lana. Tijeras de esquilar. Máquinas esquiladoras de ovejas. Afiladoras. Peladoras. Peines y cuchillas. Productos de limpieza de naves e instalaciones ovinas, Productos sanitarios y desinfectantes para tratar heridas. Prensa compactadora de lana. Enfardadora. Básculas. Arpillera y otras materias indicadas para embalar. Cuerda para atar. Grapas. Etiquetas.
Ovinos y equipos preparados para la esquila. Ovinos esquilados. Lana clasificada, acondicionada y embalada.
Registros de explotaciones, de censos animales, de producción animal (general e individual) y su calidad, de fechas y periodos de producción, de incidencias. Registro de equipos y útiles empleados. Registros de rendimientos por operario, de tiempos empleados, de animales procesados, de incidencias. Fichas técnicas de funcionamiento, mantenimiento y limpieza de los equipos y herramientas empleados. Normativa de bienestar animal. Parámetros de calidad de lana y vellón. Protocolos de inmovilización de animales. Protocolos de tratamiento de heridas. Protocolos de clasificación e identificación de tipos de lana y vellón.
RP1: Montar instalaciones y equipos de la explotación ganadera con los materiales requeridos, según el medio y sistema de producción, para asegurar las actividades de la misma, siguiendo las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR1.1 Los elementos, materiales, útiles y herramientas requeridas en el montaje de las instalaciones y equipos se seleccionan, atendiendo el medio y sistema de producción.
CR1.2 El terreno de montaje de las instalaciones y equipos se prepara, empleando las máquinas, equipos, útiles y herramientas requeridas al sistema productivo de la explotación ganadera.
CR1.3 Las estructuras básicas de las instalaciones y equipos se montan, siguiendo las especificaciones técnicas.
CR1.4 Los sistemas de la instalación, correspondiente a la explotación ganadera se verifican periódicamente, detectando posibles alteraciones de los parámetros de funcionamiento o averías.
CR1.5 Las averías sencillas de los sistemas se reparan, sustituyendo en caso requerido los elementos averiados o desgastados.
RP2: Acondicionar las instalaciones para mantenerlas en el estado establecido en las especificaciones técnicas, cumpliendo la normativa aplicable.
CR2.1 Los productos y procedimiento de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización, autorizados se seleccionan, preparándolos en función de las operaciones a realizar; según el programa específico establecido y la normativa aplicable.
CR2.2 Los locales e instalaciones se limpian por los procedimientos seleccionados, comprobando que se encuentran libres de residuos orgánicos, y preparados, acondicionados para su próximo uso, según los protocolos establecidos.
CR2.3 Los locales e instalaciones se desinsectan y desratizan con la frecuencia, productos y procedimientos autorizados, según el programa específico establecido y la normativa aplicable.
CR2.4 Los datos de los productos de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización autorizados se registran en los soportes establecidos, según normativa vigente.
CR2.5 El almacenamiento y/o eliminación de los residuos generados y el reciclaje de desechos, se realiza en los lugares establecidos para cada uno de ellos.
RP3: Realizar las operaciones de mantenimiento y conservación de las instalaciones de la explotación ganadera de acuerdo con las especificaciones técnicas, para que se encuentren operativas, cumpliendo la normativa aplicable.
CR3.1 Las operaciones básicas de mantenimiento de las instalaciones eléctricas de la explotación se realizan, mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas, comprobando su estado y funcionamiento.
CR3.2 Las operaciones básicas de mantenimiento de suministro de alimento y agua se realizan, verificando posteriormente su estado y funcionamiento.
CR3.3 Las operaciones básicas de mantenimiento del sistema de climatización se realizan mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas.
CR3.4 Los parámetros ambiéntales de los locales se regulan, periódicamente adaptándolos a las necesidades de los animales según el protocolo establecido.
CR3.5 El botiquín de primeros auxilios se revisa, identificando los medicamentos y el material de cura.
RP4: Efectuar la revisión, mantenimiento y manejo de la maquinaria y equipos de la explotación ganadera, conservándolos en estado de funcionamiento para evitar alteraciones del proceso productivo de acuerdo con los protocolos establecidos, las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR4.1 La maquinaria y equipos de la explotación ganadera se mantienen en estado de uso con los procedimientos establecidos, revisándolos con la periodicidad indicada en los manuales técnicos.
CR4.2 Las averías sencillas de maquinaria y equipos se reparan con las operaciones y los repuestos requeridos.
CR4.3 La maquinaria, equipos, útiles y herramientas se seleccionan, conforme a los requerimientos de cada operación y ritmo de trabajo requerido, evitando las interrupciones o tiempos de espera.
CR4.4 Los tractores y las máquinas se acoplan y manejan, teniendo en cuenta la labor a realizar, controlando su funcionamiento, manejo, con el ritmo de trabajo establecido.
CR4.5 La maquinaria, equipos, útiles y herramientas, tras su uso, se ordenan, en los lugares requeridos y en condiciones de uso para la próxima utilización.
CR4.6 Las técnicas de asistencia básica y primeros auxilios se aplican en caso de accidente.
Máquinas autopropulsadas para la carga, descarga y transporte de materias primas y animales. Equipos para la limpieza de instalaciones ganaderas, para la alimentación, extracción y conservación de productos ganaderos. Instrumentos para el mantenimiento y reparación de instalaciones, máquinas y equipos. Máquinas, equipos e instalaciones ganaderas.
Instalaciones y equipos de la explotación ganadera montados en función del medio y del sistema de producción. Locales e instalaciones de la explotación ganadera limpios y acondicionados. Instalaciones de la explotación ganadera revisadas y mantenidas en estado de uso. Maquinaria y equipos de la explotación ganadera revisados y mantenidos en estado de uso.
Manuales de servicio. Manuales de máquinas y equipos. Información técnica sobre prestaciones de trabajo. Información técnica sobre posibilidades y limitaciones de las máquinas a utilizar. Manuales técnicos de mantenimiento de máquinas e instalaciones ganaderas. Normativa aplicable sobre Prevención de Riesgos Laborales. Normativa aplicable sobre transporte. Normativa aplicable sobre producción ecológica.
C1: Aplicar técnicas de recepción y transporte de ovejas y cabras de reposición.
C2: Aplicar los cuidados establecidos a los ovinos y caprinos de reposición para lograr su óptimo rendimiento reproductor.
C3: Reconocer a las hembras ovinas y caprinas en celo, siguiendo los protocolos establecidos.
C4: Aplicar los cuidados a hembras y crías ovinas y caprinas durante la gestación y el parto.
C5: Organizar las actuaciones en la paridera que permitan la máxima supervivencia de las crías y una óptima producción láctea.
C6: Aplicar las medidas de manejo a los machos reproductores para optimizar su eficacia reproductiva.
C7: Aplicar técnicas de ordeño manual y mecánico en hembras ovinas y caprinas lactantes, controlando los equipos y la ubre de los animales.
C8: Controlar el proceso de esquila del rebaño y de obtención de lana de calidad.
C9: Identificar los principales signos y síntomas de alteración del estado de salud de los ovinos y caprinos de reposición, de reproducción, de producción láctea y de lana.
C1 respecto a CE1.4; C2 respecto a CE2.5; C3 respecto a CE3.5; C4 respecto a CE4.3; C5 respecto a CE5.5; C6 respecto a CE6.4; C7 respecto a CE7.7; C8 respecto a CE8.5; C9 respecto a CE9.4.
Otras capacidades:
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Características generales de las razas de ovinos y caprinos de aptitud lechera; morfología externa.
Aparato digestivo de los pequeños rumiantes; principales partes del aparato digestivo, digestión y digestibilidad de los alimentos para animales de reposición, reproductores, crías y de producción de leche.
Fisiología básica del aparato respiratorio, circulatorio, locomotor y de la piel.
Aparato reproductor femenino de pequeños rumiantes; bases anatómicas.
Fisiología de la reproducción; pubertad y factores que la regulan, duración y características del ciclo ovárico, celo-ovulación.
Sistemas de sincronización de celos.
Métodos de detección de celo.
La cubrición; momento y sistema de cubrición, monta natural e inseminación artificial, ventajas e inconvenientes, preparación de la hembra para la monta.
Causas de infertilidad y esterilidad en ovinos y caprinos; manejo en el periodo post-cubrición.
La gestación; diagnóstico de gestación.
El parto; signos y síntomas de parto, etapas del parto.
Lactación; duración de la lactación, cuidados específicos de la lactación, manejo del destete.
Aparato reproductor masculino; introducción a la fisiología de la reproducción, factores que afectan a la fertilidad, cuidado de los sementales.
Cuidados neonatales específicos; encalostramiento, normas de ahijamiento.
Operaciones especiales de manejo de las crías ovinas y caprinas; descornado, raboteo, destete, identificación y registro, sistemas de identificación, identificación por sistemas artificiales, reseña por caracteres naturales.
Enfermedades de las crías; signos y síntomas.
Inspección y observación de ovinos y caprinos; detección de animales enfermos.
Requisitos para la toma de muestras.
Tratamientos preventivos y terapéuticos; aplicación de tratamientos preventivos y/o curativos, aplicación de programas vacunales y de desparasitación interna y externa, tratamientos preventivos a la llegada de animales a la explotación, registro de tratamientos.
Sistemas y modos de aplicación de medicamentos; periodo de supresión de los tratamientos medicamentosos, residuos de compuestos farmacológicamente activos, continentes, contenidos, material de aplicación.
Morfología y estructura interna de la ubre ovina y caprina.
Alteraciones más comunes que afectan a la lactación ovina y caprina.
Instalaciones y equipos de ordeño manual y mecánico; ordeño en sala, ordeñadoras (elementos de producción y control de vacío, grupo motobomba, tanque de vacío o interceptor, conducciones de vacío).
Elementos de extracción, transporte y recogida de leche; verificación y control de las máquinas de ordeño, limpieza y desinfección de los equipos, preparación higiénica y ejecución del ordeño, higiene en el ordeño, profilaxis del ganado de ordeño.
Lechería; tanques refrigerados, refrigeración de la leche, limpieza y mantenimiento del equipo de frío.
Contaminación de la leche.
Estructura de vellón.
La lana; estructura, defectos, alteraciones y contaminación.
Trazabilidad y medición objetiva.
Buenas prácticas en la obtención de lanas.
Acondicionamiento de la lana.
Etiquetado; lana orgánica y eco-lana, etiquetados de origen.
Introducción. Normativa aplicable sobre bienestar animal. Tendencias y perspectivas de futuro. Situación en la Unión Europea.
Conocimiento de los animales. Anatomía y fisiología de las especies de animales de renta.
Diferencias que condicionan su distinto comportamiento y capacidades.
Comportamiento animal. El comportamiento según la especie, raza, edad, estado.
Condicionantes anatómicos, sensoriales y otros que configuran el comportamiento. Estrés y bienestar animal. Adaptación. Concepto e importancia.
Aspectos sociales del bienestar animal; el punto de vista de la sociedad sobre el bienestar animal; el bienestar animal como factor económico de las producciones; repercusiones de la falta de bienestar animal en la productividad y en la calidad de los productos animales; calidad ética de las producciones animales.
Aspectos prácticos del bienestar animal; las instalaciones y los equipos; requerimientos para las distintas actividades y las distintas especies y momentos de la producción.
Repercusiones del medio ambiente en el bienestar animal.
Planes de alerta sanitaria. Sacrificio de emergencia.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Instalación de 4 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de operaciones de producción en ganado ovino y caprino de reposición, reproductores y para obtención de leche y de lana y pieles, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Diplomatura, Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Aplicar técnicas de recepción y traslado de un rebaño de ovinos o caprinos, identificando las necesidades de espacio, instalaciones y equipos, según el protocolo establecido.
C2: Aplicar los procedimientos de identificación animal establecidos para los ovinos y caprinos en función de su fase productiva.
C3: Reconocer el estado de bienestar de los ovinos y caprinos, mediante la observación de parámetros morfológicos, fisiológicos y de comportamiento de los mismos.
C4: Aplicar las actuaciones relacionadas en el programa sanitario preventivo de la explotación ovina y caprina.
C5: Aplicar las operaciones de manejo requeridas para expedir, trasladar o comercializar ovinos y caprinos de cebo terminados.
C1 respecto a CE1.6; C2 respecto a CE2.5; C3 respecto a CE3.6; C4 respecto a CE4.7; C5 respecto a CE5.5.
Otras capacidades:
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Características generales de las razas de ovino y caprino de aptitud cárnica; morfología externa.
Aparato digestivo de los rumiantes; principales partes del aparato digestivo, digestión y digestibilidad de los alimentos para animales de recría y cebo.
Fisiología básica del aparato respiratorio, circulatorio, locomotor y de la piel.
Tareas de recepción y/o lotificación; métodos de manejo en la recepción y expedición de los animales.
Sistemas de identificación de animales; identificación por sistemas artificiales.
Sistemas de lectura; identificación electrónica, código de barras.
Adaptación y control ambiental en las instalaciones.
Castración: material, equipo y procedimientos.
Técnicas de inmovilización de ovinos y caprinos.
Pérdida del bienestar animal; manejo defectuoso, situaciones de estrés, portes o transporte.
Tipos de alimentos; especies y variedades forrajeras, alimentos concentrados más importantes en la alimentación de rumiantes.
Forrajes; conservación, henificación y ensilado, equipos de preparación, mezcla y distribución de forrajes.
Sistemas y pautas de distribución de alimentos; características e importancia del agua en la alimentación de ovino y caprino, cálculo y necesidades, tratamiento del agua.
Legislación específica sobre protección de los animales durante su transporte. Responsabilidad del transportista y del resto del personal que maneja los animales.
Aptitud de los animales para el transporte.
Cargas y descargas; Formas de mejorar el bienestar en las cargas, durante el transporte, y en las descargas; impacto de la conducción sobre el bienestar animal.
Viajes de larga duración: condiciones especiales en los viajes de larga duración, planes de viaje.
Documentación para el transporte: autorización y registro del transportista y del vehículo; documentación que debe acompañar a los animales; identificación animal.
Diseño de vehículos; limpieza y desinfección de vehículos.
Planes de Alerta Sanitaria; importancia del transporte en la transmisión de enfermedades.
Seguridad vial.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Instalación de 4 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de operaciones de producción en rumiantes ovino y caprino de cebo, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Diplomatura, Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Seleccionar la maquinaria y equipos empleados en la esquila del ganado ovino.
C2: Establecer las instalaciones requeridas para esquilar al ganado ovino.
C3: Relacionar las características de la lana procedente de la esquila.
C4: Aplicar las técnicas de esquila en el ganado ovino.
C5: Aplicar las técnicas de preparación y acondicionamiento de la lana tras la esquila del ganado ovino.
C3 respecto a CE3.5; C4 respecto a CE4.6; C5 respecto a CE5.4.
Otras capacidades:
Responsabilizarse del trabajo que desarrolla.
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Mantener una actitud asertiva, empática y conciliadora con los demás; demostrando cordialidad y amabilidad en el trato.
Capacidad de concentración en la tarea que realiza.
Alojamientos para la esquila; características, distribución de las zonas de trabajo, limpieza y mantenimiento.
Cercados para conducción de ganado ovino; características, dimensiones requeridas, tipos de cierre y su funcionamiento.
Máquinas de esquilar; tipos, funcionamiento, limpieza y mantenimiento, medidas de seguridad durante su uso.
Tijeras, peines y cuchillas; afilado, montaje, limpieza y mantenimiento, medidas de seguridad durante su manejo.
Material para embalar la lana; características, materiales prohibidos.
Prensa compactadora de lana; tipos, características, funcionamiento, medidas de seguridad a tener en cuenta al cargar la lana.
Básculas; tipos, funcionamiento, calibrado.
La lana; estructura, partes del vellón, distribución de la lana no vellón, condiciones higiénicas y de acondicionamiento, causas frecuentes de contaminación, medidas de seguridad durante su manipulación, normativa ambiental aplicable, gestión de residuos.
Factores que afectan la calidad de la lana; humedad, suciedad, pinturas para marcar el ganado, principales enfermedades parasitarias.
Acondicionamiento de la lana en origen; eliminación de contaminación, clasificación de la lana, pesado, uso y mantenimiento de la báscula, colocación en la prensa, prensado y embalado de los fardos, etiquetado de fardos (datos a incluir).
La esquila; principales métodos, ventajas y desventajas, técnicas de inmovilización específicas, riesgos específicos asociados.
Prevención de accidentes laborales durante la esquila; riesgos posturales.
Normativa aplicable de bienestar animal durante la esquila.
Equipos de protección individuales para esquilar; descripción y uso, mantenimiento.
Introducción. Normativa aplicable básica sobre bienestar animal. Tendencias y perspectivas de futuro.
Situación en la Unión Europea.
Anatomía y fisiología de pequeños rumiantes: aspectos básicos.
Manejo y cuidado de los animales antes y durante su sujeción.
Técnicas de inmovilización de ovinos.
Comportamiento animal; conducta del ganado ovino en los corrales, condicionantes para su traslado y conducción, estrés y bienestar animal.
Adaptación, concepto e importancia.
Aspectos sociales del bienestar animal; el punto de vista de la sociedad sobre el bienestar animal, el bienestar animal como factor económico de las producciones, repercusiones de la falta de bienestar animal en la productividad y en la calidad de los productos animales, calidad ética de las producciones animales.
Aspectos prácticos del bienestar animal; las instalaciones y los equipos, requerimientos para las distintas actividades y las distintas especies y momentos de la producción.
Repercusiones del medio ambiente en el bienestar animal; requerimientos exigidos en la Reforma Intermedia de la Política Agraria Común.
Planes de alerta sanitaria; sacrificio de emergencia.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Instalación de 2 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la esquila de ovinos, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 1 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Ejecutar operaciones de preparación, limpieza, y de acondicionamiento de las instalaciones ganaderas programadas para mantenerlas operativas y de eliminación de los residuos generados, cumpliendo la normativa aplicable.
C2: Realizar operaciones de montaje y mantenimiento de primer nivel (de uso) de instalaciones ganaderas para su conservación en estado de uso, cumpliendo la normativa aplicable referente a prevención de riesgos laborales y medioambiental.
C3: Operar con la maquinaria, regulándola para obtener el rendimiento indicado, cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales.
C4: Ejecutar operaciones de mantenimiento, reparaciones básicas y adaptaciones sencillas en maquinaria y equipos, conservándolos en estado de uso inmediato, utilizando los materiales y medios requeridos y cumpliendo la normativa aplicable.
C5: Precisar las medidas aplicables de prevención de riesgos laborales en las instalaciones de la explotación y en el uso de maquinaria y equipos, adaptándolas a las situaciones de trabajo y preservando el medio ambiente para cumplir la normativa aplicable.
C1 respecto a CE1.6; C2 respecto a CE2.8 y CE2.9; C3 respecto a CE3.6 y C4 respecto a CE4.5.
Otras capacidades:
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Demostrar cierta autonomía en la resolución de pequeñas contingencias relacionadas con su actividad.
Tipos y sistemas de alojamientos e instalaciones de la explotación ganadera. Instalaciones de almacenaje, preparación y distribución para alimentación sólida y/o líquida. Exigencias ambientales de las naves. Factores ambientales de las naves: humedad, temperatura y ventilación, calefacción, refrigeración e iluminación. Sistemas automáticos de control ambiental. Instalaciones de almacenaje y conservación de otros insumos. Otras instalaciones y utillaje.
Instalaciones de agua: depósitos, red, bebederos, filtros, bombas, equipos de desinfección, otras.
Instalaciones eléctricas en la explotación ganadera. Instalaciones de calefacción, ventilación y climatización.
Instalaciones auxiliares.
Equipos, materiales y productos de limpieza y desinfección: características, componentes, regulación y mantenimiento.
Equipos y productos de desinsectación y desratización: características, componentes, regulación y mantenimiento. Instalaciones para la gestión y aprovechamiento de subproductos y eliminación de residuos orgánicos, químicos y biológicos.
Eliminación de subproductos ganaderos: sistemas de eliminación, problemas medioambientales que plantea. Recepción, limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado. Normativa aplicable relacionada.
Riesgos y prevención de accidentes y daños en el uso de instalaciones de la explotación. Primeros auxilios y situaciones de emergencia en la explotación Elementos de protección de los sistemas, de las instalaciones y personales. Manipulación y almacenaje de productos tóxicos y peligrosos: combustibles y productos inflamables. Lubricantes. Manipulación, almacenaje y registros de medicamentos. Manipulación, almacenaje y registros de residuos y subproductos ganaderos. Preservación del medio ambiente en el uso de instalaciones. Normativa aplicable relacionada con prevención de riesgos laborales.
Necesidades de maquinaria y equipos en la explotación ganadera. Tipos, componentes, regulación y adaptaciones. Mantenimiento de primer nivel de maquinaria y equipos. Reparación básica de averías en maquinaria y equipos. Materiales para el mantenimiento y reparación básica de maquinaria y equipos de la explotación ganadera. Lubricantes: características, clasificación y aplicaciones. Combustibles: características, tipos. Otros materiales.
Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con el montaje y mantenimiento de las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
ANEXO II
Ejecutar el proceso de producción y manejo de ganado bovino de forma intensiva, manteniendo las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera, cumpliendo la normativa aplicable y especificaciones técnicas, para producir de la forma más optimizada posible animales de renuevo, carne y obtención de leche, atendiendo a criterios de bienestar animal, prevención de riesgos laborales, protección del medio ambiente y seguridad alimentaria.
Producir ganado bovino de renuevo, reproductores y lactantes para la obtención de leche.
Producir bovinos de recría y de cebo para la obtención de carne.
Montar y mantener las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera.
Desarrolla su actividad profesional en el departamento de producción del área de la ganadería dedicado a la producción intensiva de ganado bovino para producción de leche o para obtención de carne, en entidades de naturaleza pública o privada, en grandes, medianas y pequeñas empresas, tanto por cuenta propia como ajena con independencia de su forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.
Se ubica en el sector agrario, dentro del subsector de la producción ganadera, en las siguientes actividades: explotaciones agropecuarias; de vacuno lechero, de vacuno de cebo; empresas de servicios a la ganadería y asociaciones de criadores, de comercialización de dosis seminales, genética, piensos, medicamentos, materiales relacionados con este tipo de producción; autónomos en explotaciones ganaderas bovinas; sociedades Cooperativas; sociedades Agrarias de Transformación (SAT).
Trabajadores de ganado bovino lechero.
Trabajadores cualificados de granjas de bovino, caprino y ovino.
Cuidadores de ganado vacuno.
Ganaderos de ganado vacuno de leche o carne.
Especialistas en ordeño de vacuno.
Trabajadores de ganado vacuno, en general.
Trabajadores de ganado bovino de carne (excepto lechero).
Producción de ganado bovino de renuevo, reproductores, y lactantes para la obtención de leche (210 horas).
Producción de bovino de recría y de cebo para la obtención de carne (120 horas).
Instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera (90 horas).
RP1: Adaptar las hembras bovinas de reposición a la explotación ganadera como reproductoras según protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR1.1 Las hembras bovinas de reposición procedentes de otra explotación se controlan, comprobando la documentación del traslado de las mismas.
CR1.2 Las hembras bovinas de reposición que procedan de otra explotación se aíslan en cuarentena, limitando el riesgo de propagación de enfermedades.
CR1.3 Los factores que afectan la aparición de la pubertad en las hembras bovinas (edad, peso, raza, entre otros), se controlan para obtener buenas condiciones de cubrición fértil.
CR1.4 Las bovinas nulíparas se nutren, según indicaciones, optimizando su condición física y ovulación.
CR1.5 El programa sanitario específico (vacunal y antiparasitario) se aplica a las hembras de reposición, siguiendo indicaciones del veterinario y protocolos establecidos.
RP2: Controlar el celo y las fases de cubrición de las vacas reproductoras por monta natural o por inseminación artificial para obtener un programa de gestación óptimo, según protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR2.1 Los estros de las bovinas reproductoras se estimulan y sincronizan, mediante el sistema de manejo y los protocolos hormonales establecidos.
CR2.2 El celo se detecta, mediante la observación protocolizada (nº de observaciones, duración, distribución a lo largo del día, entre otros) de signos característicos.
CR2.3 El número de sementales requeridos para la monta natural se determina en función del número de hembras a cubrir, la estación del año y el estado nutricional, entre otros.
CR2.4 Las hembras bovinas reproductoras se cubren, mediante monta natural en el momento óptimo.
CR2.5 Las dosis seminales para inseminación artificial de las hembras bovinas se preparan, según protocolos.
CR2.6 Las hembras bovinas se cubren por monta natural o por inseminación artificial, siguiendo el programa de control de paternidad establecido y procediendo al registro de las mismas.
RP3: Monitorizar la gestación de las hembras bovinas preñadas para conseguir una descendencia sana y vigorosa y cumplir el programa reproductivo establecido, siguiendo protocolos y cumpliendo la normativa aplicable.
CR3.1 La gestación las hembras bovinas se diagnostica, mediante los métodos y el instrumental (tacto rectal, ecografía, entre otros) establecidos en la explotación.
CR3.2 Los fallos reproductivos se detectan, monitorizando durante la gestación repeticiones o vueltas a celo, hembras vacías y/o abortos, entre otros.
CR3.3 Las condiciones ambientales que afectan al bienestar de las hembras (temperatura, ventilación, sombreado y drenaje, entre otras) se controlan, durante el periodo de gestación.
CR3.4 El estado sanitario de las hembras gestantes se vigila periódicamente, informando de cualquier incidencia al personal responsable.
CR3.5 La alimentación de las bovinas gestantes se realiza, empleando raciones que satisfagan las necesidades de nutrientes en las distintas fases del periodo de gestación - lactación, optimizando la producción láctea y asegurando la viabilidad del feto.
CR3.6 El programa sanitario preventivo (vacunal y de tratamientos) de la granja se aplica a las hembras gestantes, siguiendo las especificaciones descritas para este periodo por el veterinario.
RP4: Manejar el parto y las hembras lactantes para obtener una descendencia sana y vigorosa y una producción láctea óptima, en colaboración con el veterinario, siguiendo protocolos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR4.1 Las bovinas lactantes se ubican en las zonas específicas destinadas a esta función al aproximarse la fecha prevista de parto.
CR4.2 Los síntomas del estado de pre-parto del animal se detectan, siguiendo protocolos e informando de las incidencias al personal responsable.
CR4.3 El nacimiento de las crías se vigila, comprobando la expulsión completa de la placenta y verificando el estado de la madre, de la descendencia y de los anejos fetales.
CR4.4 Las hembras lactantes se monitorizan durante el periodo de lactación, verificando el estado morfo-fisiológico y sanitario de las ubres y la secreción láctea.
CR4.5 La ración alimenticia y el aporte de agua en la hembra lactante se ajustan a esta etapa de su ciclo productivo, optimizando la producción lechera.
CR4.6 Las condiciones ambientales que afectan al bienestar de las hembras lactantes (temperatura, ventilación, sombreado y drenaje, entre otras) se controlan, optimizando la producción láctea.
CR4.7 El programa sanitario preventivo (vacunal y de tratamientos) de la granja se aplica a las hembras lactantes, siguiendo las especificaciones descritas para este periodo por el veterinario.
CR4.8 Los partes, estadillos de la paridera y registro de los nacimientos se cumplimentan, según protocolo, manteniendo la trazabilidad de las crías.
RP5: Manejar las crías de ganado bovino en lactación para conseguir una mayor supervivencia y un óptimo desarrollo de las mismas, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR5.1 Las crías de ganado bovino se vigilan durante las primeras 24 horas de vida, comprobando su estado físico (vitalidad, ausencia de malformaciones y el estado del cordón umbilical, entre otros) y verificando el suministro temprano y en cantidad requerida de calostro de calidad.
CR5.2 Las crías bovinas recién nacidas se controlan, asegurando el encalostramiento, comprobando que reciben la suficiente alimentación y facilitando el ahijamiento en su caso.
CR5.3 El ternero recién nacido se separa de la hembra, en caso requerido, atendiendo a criterios de alimentación y sanidad e instalándolo en locales acondicionados para tal fin.
CR5.4 Los bovinos recién nacidos se someten a las operaciones de manejo establecidas (pesado, identificación, descornado/descepado, castración y marcado, entre otros), siguiendo protocolos.
CR5.5 La alimentación artificial de las crías de ganado bovino se facilita con los medios establecidos (nodrizas artificiales, tetinas, cubos, entre otros).
CR5.6 El programa sanitario preventivo específico para las crías de ganado bovino se aplica en este periodo de vida, tomando las medidas de aislamiento y vigilancia establecidos en caso requerido.
CR5.7 Los partes, estadillos y registros en la lactancia de crías de ganado bovino se cumplimentan según protocolos, manteniendo la trazabilidad de los procesos.
CR5.8 Los animales inviables se eliminan, mediante el sacrificio de urgencia o emergencia, cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal.
RP6: Manejar los machos reproductores para obtener una descendencia sana y vigorosa y una producción láctea óptima, en colaboración con el veterinario, siguiendo protocolos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR6.1 Los sementales bovinos se apartan de las hembras, alojándolos en compartimentos con las dimensiones y condiciones ambientales establecidas.
CR6.2 Los machos bovinos se manejan para la detección de celos en las vacas reproductoras.
CR6.3 La monta natural de los sementales bovinos seleccionados se maneja en el momento indicado para asegurar la gestación y optimizar el potencial reproductivo de los sementales.
CR6.4 Los sementales bovinos se someten a un programa de aprendizaje y entrenamiento en la sala de obtención de semen, según protocolos.
CR6.5 Las dosis seminales se preparan según los protocolos establecidos para su uso en la propia explotación, o su conservación según protocolos.
CR6.6 Los programas de alimentación y de control sanitario de los sementales bovinos se aplican, siguiendo instrucciones del personal responsable.
CR6.7 Los registros establecidos se cumplimentan con los datos requeridos para mantener la trazabilidad del proceso.
RP7: Efectuar las operaciones de ordeño de las bovinas para obtener leche de máxima calidad con el equipo requerido, siguiendo el procedimiento establecido, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable.
CR7.1 Los equipos de ordeño, los tanques de almacenamiento y el sistema de lavado de las instalaciones se verifican, comprobando que estén limpios y en condiciones de uso.
CR7.2 Las vacas se introducen en la instalación de ordeño, según orden sanitario y lotes de producción.
CR7.3 La existencia de mamitis incipiente se comprueba, siguiendo el protocolo establecido.
CR7.4 La leche, el calostro y la secreción anormal por mamitis se separan, según las indicaciones establecidas.
CR7.5 Las ubres de las vacas lactantes se limpian y preparan previo al ordeño, colocando las pezoneras según el procedimiento establecido en caso de ordeño mecánico.
CR7.6 Las vacas se ordeñan con el método establecido (mecánico o manual) según indicaciones.
CR7.7 La mama se vacía al finalizar el ordeño, retirando las pezoneras en su caso.
CR7.8 Los pezones de las ubres se higienizan tras el ordeño (mediante baño, pulverización, sellado o «post-diping», entre otros) siguiendo el procedimiento establecido.
CR7.9 La leche obtenida del ordeño de la vaca se almacena, comprobando que el enfriamiento se realiza hasta la temperatura indicada en el menor tiempo posible, atendiendo a criterios legislativos y/o programas de control de calidad específicos.
CR7.10 Las operaciones de limpieza, desinfección e higienizado de las instalaciones tras el ordeño se realizan, siguiendo el procedimiento establecido.
CR7.11 La producción individualizada de cada animal bovino se registra en los soportes establecidos.
CR7.12 El «secado» de los animales bovinos se realiza en el momento establecido en función de criterios productivos y de tiempo de gestación, entre otros.
RP8: Conservar materias primas y alimentos para la preparación y distribución de las raciones alimenticias en función de las necesidades de los bovinos de producción lechera, con los medios y técnicas indicados, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR8.1 Las materias primas y alimentos se almacenan en la explotación ganadera, conservándolas en las condiciones específicas requeridas y registrando los datos establecidos para mantener su trazabilidad.
CR8.2 Las materias primas requeridas para la elaboración de las raciones alimenticias de los bovinos de producción lechera se acopian en cantidad suficiente, según lo requerido.
CR8.3 La maquinaria requerida para preparar y conservar los alimentos se maneja según criterios de limpieza e higiene.
CR8.4 Los piensos se elaboran según las fórmulas establecidas para cada bovino, en función de su estado sanitario y/o productivo.
CR8.5 Las raciones de los alimentos se distribuyen entre los bovinos en los comederos, tolvas y/o lugares destinados a tal fin en los horarios prefijados.
CR8.6 El consumo de agua y de alimentos de los animales se controla, detectando individuos enfermos o que no comen, registrando las incidencias o comunicándolas al personal responsable de su corrección.
CR8.7 Los bovinos con alteraciones de crecimiento se identifican, separándolos del resto para su cuidado o sacrificio por el personal responsable.
Comederos. Bebederos. Potros de recogida de semen. Equipos de conservación de semen. Instrumental de manejo y aplicación de semen. Sistemas de detección de celos. Aparatos/sistemas de detección de gestación. Sistema de ventilación. Silos de piensos y forrajes. Equipos de mezcla de alimentos (unifeed). Repartidores automáticos de piensos y forrajes. Almacenes de piensos y forrajes. Alojamientos para bovinos. Material y equipo para limpieza de alojamientos de los animales. Equipos y materiales de identificación y marcaje. Medicamentos, material para la aplicación de medicamentos inyectables, en pienso, en agua o tópico, neveras y material de conservación de medicamentos. Programas informáticos de gestión de bovino de leche. Instalaciones y equipos de ordeño, material y equipo de limpieza de las instalaciones de ordeño. Equipos de almacenamiento y conservación de leche. Nodrizas mecánicas. Material de higiene de las ubres. Material y equipos de descornado. Materiales y equipos de higiene de las pezuñas. Material y equipo para sacrificio de urgencia/emergencia. Contenedores de residuos. Balsa de purines, sistema de gestión de cadáveres. Equipos de protección personal.
Hembras bovinas de reposición adaptadas a la explotación lechera. Fases de celo y cubrición controladas. Fase de gestación monitorizada. Parto a fin con descendencia sana y hembras lactantes productivas. Tasa óptima de supervivencia de neonatos. Productividad de la explotación optimizada. Leche bovina de calidad. Materia primas y alimentos para bovinos preparados y distribuidos.
Ficha técnica del funcionamiento de equipos y materiales de la explotación de ganado bovino de leche. Fichas de declaración de enfermedades en la granja (general e individual). Registros de reproductores, de cubriciones y nacimientos, período de lactancia. Índices e informes de objetivos relacionados con la estructura de la explotación, con el ciclo reproductivo y partos, con la producción de leche. Registro del programa sanitario, tipos de medicamentos, administración, manejo y almacenaje de estos. Registro de tiempos de espera para la comercialización de leche y de animales antes del sacrificio. Fichas técnicas sobre necesidades nutritivas en bovinos dependiendo de su momento productivo. Protocolos internos de actuación en la explotación. Normativa reguladora de la actividad. Partes o estadillos de producción. Gráficos de control de producción, de censo de reproductoras, de nulíparas (novillas), de cubriciones, de repeticiones, de número de partos, de nacidos viables, de días de intervalo parto-cubrición fértil. Gráficos de control de parámetros ambientales.
RP1: Adaptar los bovinos de recría y cebo durante el postdestete, identificándolos y controlando su salud para asegurar buenos índices productivos, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR1.1 Los bovinos destinados a la recría y cebo procedentes de otra explotación se controlan, comprobando su documentación y el cumplimiento de las garantías sanitarias y de bienestar animal, durante su traslado.
CR1.2 El estado sanitario de los bovinos destinados a la recría y cebo se revisa a su llegada la explotación, en colaboración con el veterinario, evitando la introducción de enfermedades y facilitando su adaptación.
CR1.3 Los bovinos de recría y cebo se identifican con el sistema establecido en la explotación como marcas, señales, crotales, tatuajes, entre otros.
CR1.4 Los bovinos se agrupan en lotes (atendiendo a criterios de sexo, tamaño y disponibilidad de espacios, entre otros), asegurando las necesidades mínimas de superficie por individuo establecidas en la normativa aplicable de bienestar animal.
CR1.5 Los parámetros ambientales de las naves, los sistemas de distribución de alimento y el suministro de agua se controlan, manteniéndolos dentro de los estándares de calidad establecidos.
CR1.6 Los bovinos enfermos se detectan, mediante la identificación de signos, síntomas y/o alteración de parámetros preestablecidos comunicando las incidencias al personal responsable.
CR1.7 Los animales enfermos se someten a tratamientos sanitarios o sacrifican, siguiendo protocolos establecidos por el veterinario.
RP2: Efectuar las operaciones de castración y/o descepado de los animales bovinos con la técnica requerida en la producción de bovinos de recría y de cebo para optimizar la productividad, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR2.1 El material para llevar a cabo las operaciones de castración o descepado se prepara, cumpliendo las condiciones higiénicas establecidas.
CR2.2 Los animales bovinos que van a ser sometidos a las operaciones de castración o descepado se inmovilizan con la técnica indicada, evitando daños al animal y riesgos al personal.
CR2.3 La operación de descepado se lleva a cabo con la técnica indicada, el material requerido y cumpliendo criterios higiénico-sanitarios, en colaboración con el personal responsable.
CR2.4 La operación de castración se realiza en colaboración con el veterinario, aportando el material necesario y siguiendo sus instrucciones.
RP3: Manejar los terneros de recría y cebo, para controlar su salud, asegurar buenos índices productivos y mantener la trazabilidad, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR3.1 El estado sanitario de los terneros de cebo se revisa a su entrada en esta fase del ciclo productivo, evitando la introducción de enfermedades y facilitando su adaptación.
CR3.2 Los terneros se identifican, con el sistema de registro establecido para mantener su trazabilidad en todo momento.
CR3.3 Los terneros se agrupan en lotes homogéneos (atendiendo a criterios de sexo, edad, peso, tamaño y disponibilidad de espacio, entre otros), asegurando las necesidades mínimas de superficie por animal.
CR3.4 Los parámetros ambientales de las naves, de los sistemas de distribución de alimento y suministro de agua se controlan, optimizando el bienestar y producción de los animales de acuerdo con los protocolos establecidos.
CR3.5 Las naves de alimentación de bovinos de recría y cebo se controlan, mediante los parámetros ambientales, los sistemas de distribución de alimento y suministro de agua, optimizando el bienestar y producción de los animales de acuerdo con los protocolos establecidos.
CR3.6 Los animales enfermos se detectan, mediante la identificación de signos, síntomas o alteración de parámetros preestablecidos.
CR3.7 Los terneros de cebo enfermos se cuidan o sacrifican, siguiendo protocolos establecidos por el veterinario.
RP4: Conservar materias primas y alimentos para la preparación y distribución de las raciones alimenticias en función de las necesidades de los terneros de cebo, con los medios y técnicas indicados, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR4.1 Las materias primas y alimentos de los terneros de cebo se almacenan, conservándolas en las condiciones específicas requeridas y registrando los datos establecidos para mantener su trazabilidad.
CR4.2 Las materias primas requeridas para la elaboración de las diferentes raciones se acopian en cantidad suficiente y del modo requerido.
CR4.3 La administración de raciones alimenticias de transición se controla, siguiendo los protocolos establecidos.
CR4.4 Las necesidades de raciones en bovinos de cebo se determinan, atendiendo al estado productivo.
CR4.5 Las raciones se elaboran de acuerdo con las fórmulas establecidas para cada animal en función de su estado sanitario y/o productivo.
CR4.6 Las raciones alimenticias elaboradas de los terneros de cebo se distribuyen en los horarios prefijados y en los comederos, tolvas y/o lugares destinados a tal fin, siguiendo protocolos y tomando las medidas oportunas para maximizar y asegurar el consumo homogéneo en todos los individuos de cada lote.
CR4.7 La maquinaria requerida para preparar y conservar los alimentos se maneja, siguiendo criterios de limpieza e higiene, manteniéndola en estado de uso.
CR4.8 El consumo de agua y de alimentos de los animales se controla, detectando individuos enfermos o que no comen, registrando las incidencias o comunicándolas al personal responsable de su corrección.
CR4.9 Los animales con alteraciones del crecimiento se identifican, separándolos del resto para su cuidado o sacrificio por el personal responsable.
RP5: Controlar la sanidad de la granja de recría y cebo, mediante la medicina preventiva y curativa para optimar la producción, en colaboración con el veterinario, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable de bienestar animal y de prevención de riesgos laborales.
CR5.1 El estado sanitario de los bovinos de recría y cebo se vigila, detectando alteraciones de salud, anomalías físicas y/o funcionales, mediante la identificación de determinados signos, síntomas y alteración de parámetros preestablecidos, informando de las incidencias al personal responsable.
CR5.2 Las acciones preventivas (vacunaciones, desparasitaciones y desinsectaciones, entre otras) se aplican, a los animales de recría y cebo, según el calendario preestablecido, siguiendo las instrucciones del personal responsable.
CR5.3 Los bovinos enfermos se someten a cuidados específicos, en colaboración con el veterinario.
CR5.4 Los fármacos en los animales de recría y cebo se administran por las vías prescritas, siguiendo las instrucciones del veterinario y teniendo en cuenta las indicaciones terapéuticas y el periodo de supresión de estos productos antes del sacrificio.
CR5.5 Los animales inviables se sacrifican, mediante el sacrificio de urgencia o emergencia, siguiendo la normativa de bienestar animal.
CR5.6 Los tratamientos aplicados en los bovinos de recría y cebo enfermos se registran en los soportes establecidos.
CR5.7 Los medicamentos se almacenan, cumpliendo las condiciones de conservación establecidas.
CR5.8 La documentación sanitaria (recetas, albaranes, facturas y registros de aplicación y tiempo de espera de medicamentos, entre otros) se archivan, según la normativa de medicamento veterinario.
Comederos y bebederos. Material de manejo de animales, lonas, tajaderas, separadores. Sistema de ventilación. Piensos, forrajes, silos de pienso, repartidores automáticos de pienso y forrajes, almacenes de pienso y forrajes. Aditivos para piensos. Animales de diferentes edades. Alojamientos para bovino de engorde. Equipos y materiales de identificación y marcaje. Cercas permanentes y móviles, mangas, equipos de pesaje, cepos de inmovilización, muelles de carga, vehículos de transporte y remolques. Descornadores, cauterizadores, anillos de goma y máquinas de aplicación. Medicamentos, materiales de aplicación de medicamentos ya inyectables, en pienso o en agua, neveras y material de conservación de medicamentos. Material de recogida de muestras biológicas. Aplicaciones informáticas de gestión explotaciones de engorde de bovinos. Equipos de protección personal.
Terneros destetados, identificados y sanos, preparados para su cebo. Terneros castrados y descepados en condiciones sanitarias óptimas. Terneros con buenos índices productivos e identificados. Materias primas y alimentos preparados y distribuidos. Explotación ganadera con estado sanitario controlado.
Fichas técnicas de funcionamiento de diferentes equipos y materiales. Registros para los períodos de transición, recría y cebo. Obtención de índices e informes de objetivos relacionados con la transición, recría y cebo. Programa sanitario, tipos de medicamentos, administración, manejo y almacenaje de estos. Registros de tiempos de espera antes del sacrificio. Fichas técnicas sobre necesidades nutritivas en bovinos dependiendo de su momento productivo. Protocolos internos de actuación en la explotación. Partes, estadillos y registros de producción. Gráficos de control de producción. Normativa reguladora de la actividad.
RP1: Montar instalaciones y equipos de la explotación ganadera con los materiales requeridos, según el medio y sistema de producción, para asegurar las actividades de la misma, siguiendo las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR1.1 Los elementos, materiales, útiles y herramientas requeridas en el montaje de las instalaciones y equipos se seleccionan, atendiendo el medio y sistema de producción.
CR1.2 El terreno de montaje de las instalaciones y equipos se prepara, empleando las máquinas, equipos, útiles y herramientas requeridas al sistema productivo de la explotación ganadera.
CR1.3 Las estructuras básicas de las instalaciones y equipos se montan, siguiendo las especificaciones técnicas.
CR1.4 Los sistemas de la instalación, correspondiente a la explotación ganadera se verifican periódicamente, detectando posibles alteraciones de los parámetros de funcionamiento o averías.
CR1.5 Las averías sencillas de los sistemas se reparan, sustituyendo en caso requerido los elementos averiados o desgastados.
RP2: Acondicionar las instalaciones para mantenerlas en el estado establecido en las especificaciones técnicas, cumpliendo la normativa aplicable.
CR2.1 Los productos y procedimiento de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización, autorizados se seleccionan, preparándolos en función de las operaciones a realizar; según el programa específico establecido y la normativa aplicable.
CR2.2 Los locales e instalaciones se limpian por los procedimientos seleccionados, comprobando que se encuentran libres de residuos orgánicos, y preparados, acondicionados para su próximo uso, según los protocolos establecidos.
CR2.3 Los locales e instalaciones se desinsectan y desratizan con la frecuencia, productos y procedimientos autorizados, según el programa específico establecido y la normativa aplicable.
CR2.4 Los datos de los productos de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización autorizados se registran en los soportes establecidos, según normativa vigente.
CR2.5 El almacenamiento y/o eliminación de los residuos generados y el reciclaje de desechos, se realiza en los lugares establecidos para cada uno de ellos.
RP3: Realizar las operaciones de mantenimiento y conservación de las instalaciones de la explotación ganadera de acuerdo con las especificaciones técnicas, para que se encuentren operativas, cumpliendo la normativa aplicable.
CR3.1 Las operaciones básicas de mantenimiento de las instalaciones eléctricas de la explotación se realizan, mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas, comprobando su estado y funcionamiento.
CR3.2 Las operaciones básicas de mantenimiento de suministro de alimento y agua se realizan, verificando posteriormente su estado y funcionamiento.
CR3.3 Las operaciones básicas de mantenimiento del sistema de climatización se realizan mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas.
CR3.4 Los parámetros ambiéntales de los locales se regulan, periódicamente adaptándolos a las necesidades de los animales según el protocolo establecido.
CR3.5 El botiquín de primeros auxilios se revisa, identificando los medicamentos y el material de cura.
RP4: Efectuar la revisión, mantenimiento y manejo de la maquinaria y equipos de la explotación ganadera, conservándolos en estado de funcionamiento para evitar alteraciones del proceso productivo de acuerdo con los protocolos establecidos, las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR4.1 La maquinaria y equipos de la explotación ganadera se mantienen en estado de uso con los procedimientos establecidos, revisándolos con la periodicidad indicada en los manuales técnicos.
CR4.2 Las averías sencillas de maquinaria y equipos se reparan con las operaciones y los repuestos requeridos.
CR4.3 La maquinaria, equipos, útiles y herramientas se seleccionan, conforme a los requerimientos de cada operación y ritmo de trabajo requerido, evitando las interrupciones o tiempos de espera.
CR4.4 Los tractores y las máquinas se acoplan y manejan, teniendo en cuenta la labor a realizar, controlando su funcionamiento, manejo, con el ritmo de trabajo establecido.
CR4.5 La maquinaria, equipos, útiles y herramientas, tras su uso, se ordenan, en los lugares requeridos y en condiciones de uso para la próxima utilización.
CR4.6 Las técnicas de asistencia básica y primeros auxilios se aplican en caso de accidente.
Máquinas autopropulsadas para la carga, descarga y transporte de materias primas y animales. Equipos para la limpieza de instalaciones ganaderas, para la alimentación, extracción y conservación de productos ganaderos. Instrumentos para el mantenimiento y reparación de instalaciones, máquinas y equipos. Máquinas, equipos e instalaciones ganaderas.
Instalaciones y equipos de la explotación ganadera montados en función del medio y del sistema de producción. Locales e instalaciones de la explotación ganadera limpios y acondicionados. Instalaciones de la explotación ganadera revisadas y mantenidas en estado de uso. Maquinaria y equipos de la explotación ganadera revisados y mantenidos en estado de uso.
Manuales de servicio. Manuales de máquinas y equipos. Información técnica sobre prestaciones de trabajo. Información técnica sobre posibilidades y limitaciones de las máquinas a utilizar. Manuales técnicos de mantenimiento de máquinas e instalaciones ganaderas. Normativa aplicable sobre Prevención de Riesgos Laborales. Normativa aplicable sobre transporte. Normativa aplicable sobre producción ecológica.
C1: Aplicar protocolos de identificación y transporte de ganado vacuno de reposición, para asegurar su trazabilidad y bienestar durante todo el proceso.
C2: Preparar los cuidados requeridos para los bovinos lecheros de reposición que permitan optimizar su rendimiento reproductor.
C3: Controlar la fase de celo en las hembras bovinas, siguiendo protocolos.
C4: Organizar las tareas requeridas durante la gestación de las hembras bovinas preñadas.
C5: Preparar los cuidados durante el periparto que optimicen la supervivencia de los terneros y la producción láctea en las madres.
C6: Organizar el manejo de los sementales bovinos para optimizar su eficacia reproductiva.
C7: Aplicar técnicas de ordeño manual y mecánico en el ganado vacuno lechero.
C8: Identificar los principales signos y síntomas de alteración del estado de salud del ganado bovino.
C9: Aplicar técnicas de conservación de materias primas y distribución de las raciones de alimentos (volumétricos y concentrados), con los medios y técnicas establecidos en la explotación.
C1 respecto a CE1.4; C2 respecto a CE2.4; C3 respecto a CE3.5; C5 respecto a CE5.7; C6 respecto a CE6.4; C7 respecto a CE7.7; C8 respecto a CE8.5; C9 respecto a CE9.4.
Otras capacidades:
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Métodos de manejo en la recepción y expedición de los animales; normativa aplicable relacionada.
Tratamientos preventivos a la llegada de animales a la explotación; períodos de cuarentena.
Documentos de acompañamiento en el traslado de ganado vacuno; libros de registro.
Pérdida del bienestar animal; manejo defectuoso, situaciones de estrés, portes o transporte.
Pubertad; factores que la regulan y que condicionan su aparición.
Trastornos funcionales más comunes de la ovulación en hembras bovinas.
Sistemas de sincronización de celos.
Métodos de detección de celo.
La cubrición; momento y sistema de cubrición, monta natural e inseminación artificial; ventajas e inconvenientes; técnicas de inseminación artificial; preparación de la hembra para la monta; causas de infertilidad y esterilidad; manejo en el periodo post-cubrición.
Registros de sincronizaciones, celos y cubriciones.
La gestación; métodos de diagnóstico precoz, monitorización y cuidados requeridos.
Anomalías de la gestación; abortos y sus principales causas en bovino, vueltas a celo.
Pautas para el alojamiento y cuidado de las hembras bovinas gestantes.
Registro de hembras gestantes.
Manejo en el pre-parto Alojamiento de hembras en el pre-parto.
El parto; signos y síntomas, etapas, parto distócico, anejos fetales.
Pautas sanitarias durante el parto.
Puerperio.
Conceptos básicos de anatomía y fisiología del aparato reproductor de la hembra bovina; principales anomalías.
Manejo de la lactación; duración, estructura de la ubre, cuidados específicos durante la lactación.
Parámetros ambientales en el preparto, parto y lactación.
Registros de partos, crías y hembras lactantes; documentos, datos de obligada cumplimentación.
Las crías bovinas; comportamiento y características morfológicas estándares al nacimiento.
Alojamiento para las crías bovinas; tipos y características.
Cuidados neonatales específicos; encalostramiento, normas de ahijamiento.
Operaciones especiales de manejo de terneros; pesado, descornado, castración.
Duración de la lactación y destete.
Identificación, marcado y registro; sistemas de identificación de bovinos, identificación por sistemas artificiales, reseña por caracteres naturales.
Los parámetros ambientales en el período de lactación de las crías.
Lactancia artificial; nodrizas y lacto reemplazantes.
Registros de lactación.
Factores que afectan a la fertilidad de los machos.
Cuidados de los sementales.
Alojamientos ganaderos para sementales bovinos.
Factores etológicos en el comportamiento reproductivo de los sementales bovinos.
La inseminación artificial en bovinos; recogida de semen, procedimiento de extracción de semen, elaboración de dosis seminales, conservación.
Mecanismos fisiológicos de la producción y secreción lácteas.
Alteraciones y anomalías más comunes en la lactación de los bovinos.
Mamitis; síntomas, detección, prevención y tratamiento.
Prácticas zootécnicas relacionadas con la producción láctea; secado.
Instalaciones y equipos de ordeño; higiene y profilaxis del ordeño, sellado de pezones.
Almacenamiento y conservación de la leche.
Ordeño mecánico; ordeñadoras; elementos de producción y control de vacío, grupo motobomba, tanque de vacío o interceptor, conducciones de vacío. Elementos de extracción, transporte y recogida de leche. Verificación y control de las máquinas de ordeño. Limpieza y desinfección de los equipos.
Lechería; tanques refrigerados, refrigeración de la leche, limpieza y mantenimiento del equipo de frío, contaminación de la leche.
Requisitos para la toma de muestras.
Control y registros individuales de bovino lechero en lactación.
Aparato digestivo de los rumiantes; estructura.
Digestión y digestibilidad de los alimentos para bovinos de reposición, reproductores, gestantes, lactantes, crías y de producción de leche.
Acopio, almacenamiento y conservación de materias primas destinadas a la alimentación bovina, complementos alimenticios.
Tipos de alimentos, alimentos concentrados y de volumen, especies y variedades forrajeras, alimentos concentrados más importantes en la alimentación de bovinos.
Requerimientos de consumo de alimentos en función de la fase productiva del bovino.
Forrajes; conservación (henificación y ensilado), equipos de preparación, mezcla y distribución de forrajes.
Sistemas y pautas de distribución de alimentos en explotaciones bovinas intensivas.
Características e importancia del agua en la alimentación de bovinos; Cálculo y necesidades según su fase productiva, métodos de desinfección del agua.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Instalación de 4 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la producción de ganado bovino de renuevo, reproductores y lactantes para la obtención de leche, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Diplomatura, Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Aplicar técnicas de recepción, identificación y lotificación de terneros de engorde, identificando las necesidades de espacio, instalaciones y equipos requeridos según el protocolo establecido.
C2: Preparar los procedimientos de castración y descepado de terneros, explicando los cuidados posteriores requeridos.
C3: Organizar el uso de los recursos alimenticios y los de complementación necesarios para la elaboración de raciones para el ganado.
C4: Controlar el estado de bienestar de los bovinos de recría y cebo.
C5: Identificar signos, síntomas y parámetros preestablecidos que indiquen alteraciones de la salud de los bovinos de recría y cebo para colaborar en el control de la sanidad de la explotación.
C1 respecto a CE1.8; C2 respecto a CE2.4; C3 respecto a CE3.6; C4 respecto a CE4.4; C5 respecto a CE5.7.
Otras capacidades:
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Características generales de las razas bovinas de aptitud cárnica.
Traslado de bovinos para recría y cebo; cuidados, documentación, recepción.
Manejo de bovinos de recría y cebo: distribución en lotes, adecuación y control ambiental de las instalaciones, sistemas de inmovilización animal.
Inspección y observación de los bovinos de recría y cebo; detección de bovinos de recría enfermos.
Control de la producción; lista de control y registro de los bovinos en la recría y cebo.
Manejo de programas informáticos de gestión de explotaciones de bovinos de recría y cebo.
Alimentación de bovinos de recría y cebo; tipos de alimentos, almacenamiento y conservación, digestión y digestibilidad de alimentos requerimientos nutritivos según estado productivo.
Especies y variedades forrajeras más importantes en la alimentación de bovinos de cebo.
Alimentos concentrados más importantes en la alimentación de bovinos de engorde.
Sistemas y pautas de distribución de alimentos y agua en las explotaciones de engorde intensivo.
Aplicaciones informáticas de alimentación específicas para rumiantes de recría.
Cebo. Características y manejo.
Actuaciones prácticas en la prevención de enfermedades para bovinos de recría y cebo: vacunación y desparasitación interna y externa.
Aplicación de tratamientos curativos básicos; seguimiento de bovinos enfermos, enfermedades de declaración obligatoria.
Generalidades sobre patologías digestiva, respiratoria, circulatoria, del aparato locomotor y de la piel de bovinos.
Registro de tratamientos.
Requisitos para la toma de muestras.
Sistemas y modos de aplicación de medicamentos.
Periodo de supresión de los tratamientos medicamentosos en bovinos destinados a carne para consumo humano.
Almacenamiento y conservación de medicamentos.
Medidas de actuación ante bovinos muertos en la explotación, tratamiento de residuos del programa sanitario, residuos de compuestos farmacológicamente activos.
Aplicaciones informáticas de gestión de la sanidad en explotaciones de bovinos de recría y cebo; características y manejo.
Introducción. Legislación sobre bienestar animal. Tendencias y perspectivas de futuro. Situación en la Unión Europea.
Conocimiento de los animales. Anatomía y fisiología de las especies de animales de renta.
Diferencias que condicionan su distinto comportamiento y capacidades.
Comportamiento animal. El comportamiento según la especie, raza, edad, estado.
Condicionantes anatómicos, sensoriales y otros que configuran el comportamiento.
Estrés y bienestar animal. Adaptación. Concepto e importancia.
Aspectos sociales del bienestar animal: el punto de vista de la sociedad sobre el bienestar animal; el bienestar animal como factor económico de las producciones.
Repercusiones de la falta de bienestar animal en la productividad y en la calidad de los productos animales.
Calidad ética de las producciones animales.
Aspectos prácticos del bienestar animal; las instalaciones y los equipos; requerimientos para las distintas actividades y las distintas especies y momentos de la producción.
Repercusiones del medio ambiente en el bienestar animal.
Planes de alerta sanitaria. Sacrificio de emergencia.
Normativa aplicable específica sobre protección de los animales durante su transporte.
Responsabilidad del transportista y del resto del personal que maneja los animales.
Aptitud de los animales para el transporte.
Cargas y descargas.
Formas de mejorar el bienestar en las cargas, durante el transporte, y en las descargas. Impacto de la conducción sobre el bienestar animal.
Viajes de larga duración. Condiciones especiales en los viajes de larga duración. Planes de viaje.
Documentación para el transporte: Autorización y registro del transportista y del vehículo. Documentación que debe acompañar a los animales.
Identificación animal.
Diseño de vehículos; limpieza y desinfección de vehículos.
Planes de Alerta Sanitaria; Importancia del transporte en la transmisión de enfermedades.
Seguridad vial.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Instalación de 4 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la producción de bovinos de recría y de cebo para la obtención de carne, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Diplomatura, Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Ejecutar operaciones de preparación, limpieza, y de acondicionamiento de las instalaciones ganaderas programadas para mantenerlas operativas y de eliminación de los residuos generados, cumpliendo la normativa aplicable.
C2: Realizar operaciones de montaje y mantenimiento de primer nivel (de uso) de instalaciones ganaderas para su conservación en estado de uso, cumpliendo la normativa aplicable referente a prevención de riesgos laborales y medioambiental.
C3: Operar con la maquinaria, regulándola para obtener el rendimiento indicado, cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales.
C4: Ejecutar operaciones de mantenimiento, reparaciones básicas y adaptaciones sencillas en maquinaria y equipos, conservándolos en estado de uso inmediato, utilizando los materiales y medios requeridos y cumpliendo la normativa aplicable.
C5: Precisar las medidas aplicables de prevención de riesgos laborales en las instalaciones de la explotación y en el uso de maquinaria y equipos, adaptándolas a las situaciones de trabajo y preservando el medio ambiente para cumplir la normativa aplicable.
C1 respecto a CE1.6; C2 respecto a CE2.8 y CE2.9; C3 respecto a CE3.6 y C4 respecto a CE4.5.
Otras capacidades:
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Demostrar cierta autonomía en la resolución de pequeñas contingencias relacionadas con su actividad.
Tipos y sistemas de alojamientos e instalaciones de la explotación ganadera. Instalaciones de almacenaje, preparación y distribución para alimentación sólida y/o líquida. Exigencias ambientales de las naves. Factores ambientales de las naves: humedad, temperatura y ventilación, calefacción, refrigeración e iluminación. Sistemas automáticos de control ambiental. Instalaciones de almacenaje y conservación de otros insumos. Otras instalaciones y utillaje.
Instalaciones de agua: depósitos, red, bebederos, filtros, bombas, equipos de desinfección, otras.
Instalaciones eléctricas en la explotación ganadera. Instalaciones de calefacción, ventilación y climatización.
Instalaciones auxiliares.
Equipos, materiales y productos de limpieza y desinfección: características, componentes, regulación y mantenimiento.
Equipos y productos de desinsectación y desratización: características, componentes, regulación y mantenimiento. Instalaciones para la gestión y aprovechamiento de subproductos y eliminación de residuos orgánicos, químicos y biológicos.
Eliminación de subproductos ganaderos: sistemas de eliminación, problemas medioambientales que plantea. Recepción, limpieza y desinfección de vehículos de transporte de ganado. Normativa aplicable relacionada.
Riesgos y prevención de accidentes y daños en el uso de instalaciones de la explotación. Primeros auxilios y situaciones de emergencia en la explotación Elementos de protección de los sistemas, de las instalaciones y personales. Manipulación y almacenaje de productos tóxicos y peligrosos: combustibles y productos inflamables. Lubricantes. Manipulación, almacenaje y registros de medicamentos. Manipulación, almacenaje y registros de residuos y subproductos ganaderos. Preservación del medio ambiente en el uso de instalaciones. Normativa aplicable relacionada con prevención de riesgos laborales.
Necesidades de maquinaria y equipos en la explotación ganadera. Tipos, componentes, regulación y adaptaciones. Mantenimiento de primer nivel de maquinaria y equipos. Reparación básica de averías en maquinaria y equipos. Materiales para el mantenimiento y reparación básica de maquinaria y equipos de la explotación ganadera. Lubricantes: características, clasificación y aplicaciones. Combustibles: características, tipos. Otros materiales.
Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con el montaje y mantenimiento de las instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
ANEXO III
Gestionar la aplicación de los métodos de control fitosanitario de plantas y de suelos, locales e instalaciones agrarias, las medidas de control fitosanitario y la preparación y aplicación de productos fitosanitarios utilizando los equipos adecuados y siguiendo las normas aplicables y especificaciones técnicas establecidas en cuanto a seguridad, calidad, protección medioambiental y eficacia del proceso.
Organizar el seguimiento del estado sanitario de plantas, suelos, locales e instalaciones agrarias.
Establecer las medidas de control fitosanitario.
Organizar la preparación y aplicación de productos fitosanitarios.
Desarrollan su actividad profesional en el departamento de producción de explotaciones agrícolas, agropecuarias, ecológicas, empresas forestales, centros de jardinería, jardines y parques, en entidades de naturaleza pública o privada, en grandes, medianas y pequeñas empresas, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena. Desarrolla su actividad dependiendo en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporada o de forma estable. Asimismo, están capacitados para realizar tratamientos con productos fitosanitarios, y como asesor en gestión integrada de plagas, actividades profesionales sometidas a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.
Esta cualificación se ubica en el sector agrario, dentro de los subsectores: agrícola, agropecuario, forestal y de jardinería.
Asesores en la venta de productos fitosanitarios.
Asesores en gestión integrada de plagas vegetales.
Estado sanitario de plantas, suelos, locales e instalaciones agrícolas (150 horas).
Métodos de control fitosanitario (180 horas).
Aplicación de productos fitosanitarios (240 horas).
RP1: Diseñar las unidades de muestreo y el tipo de seguimiento fitosanitario para su posterior traslado al terreno, siguiendo el protocolo establecido y cumpliendo la normativa aplicable de protección medioambiental y de prevención de riesgos laborales.
CR1.1 El tipo de seguimiento fitosanitario a efectuar se determina, analizando la información sobre las características edafoclimáticas, la situación sanitaria de la parcela y las características de las plantas como la especie, variedad, desarrollo, entre otros y del suelo.
CR1.2 El tipo de seguimiento, unidades de muestreo, tipo de trampas, sus características y localización, entre otros datos del seguimiento, se determinan y, en su caso, reflejan en un plano o croquis de la parcela.
CR1.3 Las unidades de muestreo se replantean sobre el terreno, siguiendo un croquis elaborado previamente, donde se indican los puntos de control establecidos.
CR1.4 Las estaciones y elementos de captura y seguimiento como trampas, placas engomadas, feromonas, cebos, entre otros se ubican en el terreno señalizándolos según indicaciones técnicas.
CR1.5 Los sistemas electrónicos de alerta, detección y diagnóstico precoz se ubican en el terreno, señalizándolos según indicaciones técnicas.
CR1.6 Las zonas de riesgo no incluidas en los protocolos o que requieran seguimiento o protección especial se localizan, mediante el análisis de factores relativos a las plantas, el terreno o parcela y al clima, entre otros.
CR1.7 El tipo de seguimiento a efectuar en los productos vegetales almacenados se determina, estableciendo su frecuencia en función de la problemática fitosanitaria habitual en cada situación y ámbito concretos.
RP2: Planificar el seguimiento fitosanitario de las plantas y el de la fauna auxiliar, mediante los conteos y la toma de muestras establecidos, para optimizar la sanidad vegetal de la explotación, siguiendo protocolos y cumpliendo la normativa aplicable de protección medioambiental y de prevención de riesgos laborales.
CR2.1 El calendario para realizar los itinerarios de vigilancia se elabora, de acuerdo con la evolución fenológica de las plantas y la situación climática, ajustándolo a las características concretas de la campaña.
CR2.2 Los sistemas de seguimiento, alerta, detección y diagnóstico precoz de plagas y enfermedades, incluidos los sistemas electrónicos, se establecen, supervisando su funcionamiento y manejo.
CR2.3 Las estaciones y elementos de captura, alerta, seguimiento y detección, se controlan, supervisando que se cumplen los protocolos de uso establecidos.
CR2.4 Las visitas de reconocimiento de cultivos, productos vegetales almacenados, locales e instalaciones agrícolas, medios de transporte y utillaje agrícola se planifican en la frecuencia requerida, verificando el cumplimiento de la normativa aplicable.
CR2.5 El mantenimiento de las estaciones y puntos de muestreo se programa con la frecuencia requerida en cada momento, considerando la sustitución de feromonas, de placas engomadas, cebos, baterías, entre otras, verificando su estado de uso.
CR2.6 Las muestras de suelo, de fauna útil, de organismos nocivos y de material vegetal se toman de acuerdo con el protocolo establecido y las indicaciones técnicas.
CR2.7 La zona de riesgo y zonas de seguimiento o protección especial detectadas fuera del protocolo se evalúan para determinar el grado de incidencias de agentes nocivos y/o anomalías.
RP3: Valorar la situación sanitaria de las plantas o parcelas, a partir del diagnóstico de las alteraciones, agentes nocivos y fauna auxiliar y los datos del seguimiento, para optimizar la programación del control fitosanitario.
CR3.1 Los datos de capturas y conteos se registran en el formato establecido por medio de gráficos, curvas de vuelo, modelización, entre otros, así como los procedentes de sistemas electrónicos de seguimiento, en su caso, siguiendo protocolos.
CR3.2 Los agentes nocivos, carencias, fisiopatías, malas hierbas y fauna auxiliar detectados se identifican, atendiendo a las características biológicas y morfológicas, cuantificándolos en función de la información recogida.
CR3.3 Los datos climáticos y los procedentes de estaciones de aviso y de los servicios de sanidad vegetal, en su caso, se recogen para su posterior análisis, manteniéndolos actualizados según lo establecido.
CR3.4 Los umbrales de daño y de tratamiento se determinan a partir del estado fenológico del cultivo, del estado de desarrollo del agente nocivo o alteración, del nivel de ataque, de los daños directos e indirectos, como transmisión de virus, entre otros, de la situación climática y del destino de la producción.
CR3.5 Las muestras afectadas por agentes no identificados se toman, preparándolas para su envío al laboratorio o estación fitopatológica correspondiente, siguiendo el protocolo establecido.
CR3.6 La situación fitosanitaria de plantas, suelos, locales e instalaciones agrarias se valora, a partir de la información recogida sobre el seguimiento de los productos vegetales almacenados, locales, instalaciones, medios de transporte y utillaje agrícolas.
Equipos de detección y captura de plagas y enfermedades: lupas, cuentahílos, manga entomológica, aspirador entomológico, trampas lumínicas, cromáticas y de feromonas, cebos y trampas para vertebrados. Equipos de conservación de artrópodos: cajas de entomología y vial de cristal. Equipo informático, Internet. Material de toma y conservación de muestras de material vegetal y entomológico. Equipo para toma de muestras de suelo, de fauna útil, de organismos nocivos y de material vegetal.
Seguimiento fitosanitario diseñado y realizado. Agentes nocivos y beneficiosos de los cultivos y el suelo agrario detectados, identificados y cuantificados. Estado sanitario de las plantas y del suelo valorado. Estado sanitario de productos vegetales almacenados, locales, instalaciones, medios de transporte y utillaje agrícolas valorado.
Guías de plagas y enfermedades de los cultivos, plantaciones y suelo agrario. Registro de plagas y enfermedades. Guías de insectos útiles. Programas informáticos. Servicios Internet. Normativa aplicable sobre sanidad vegetal. Manuales de uso y mantenimiento de material de seguimiento y captura de agentes nocivos para los cultivos y plantaciones y del material de toma de muestras. Croquis de puntos de seguimiento y control. Fichas de muestreo y recogida de datos. Gráficas y curvas de vuelo elaboradas.
RP1: Determinar los métodos alternativos, no químicos, de control fitosanitario, para corregir los factores favorecedores o desencadenantes de las alteraciones sanitarias, y minimizar los daños, teniendo en cuenta las buenas prácticas agrícolas y medioambientales.
CR1.1 Las técnicas agronómicas de rotación de cultivos, uso de variedades resistentes o tolerantes, manejo del suelo y de la vegetación adventicia, época y tipo de poda, aclareo, deshojado, entre otras, se determinan, a partir de los datos requeridos.
CR1.2 Las alteraciones sanitarias de los cultivos se reducen con el mantenimiento o suelta de fauna auxiliar o agentes útiles, según lo establecido.
CR1.3 Los parásitos vegetales se controlan e inhiben a partir de la información sobre los productos vegetales y minerales aplicables, reforzando la resistencia de las plantas.
CR1.4 Los medios físicos, mecánicos, biológicos o biotécnicos, y otros posibles métodos alternativos a los productos fitosanitarios para la gestión de plagas, se seleccionan, utilizando información técnica y económica actualizada.
CR1.5 La gestión de plagas en agricultura ecológica se planifica, seleccionando los métodos de control de acuerdo con la legislación específica.
CR1.6 La gestión de plagas en otros sistemas específicos de producción como la producción integrada, sistemas de producción certificada, productores integrados en agrupaciones, entre otros, se organiza con los métodos de control óptimos.
RP2: Establecer el proceso de control químico en función de la situación detectada, de acuerdo con los protocolos de actuación preestablecidos, las especificaciones técnicas y las guías oficiales de gestión de plagas, el plan de prevención de riesgos laborales de la empresa y el manual de buenas prácticas agroambientales.
CR2.1 La información técnica y económica relacionada con las técnicas de aplicación y los productos fitosanitarios se analiza para optimizar la elección de los mismos, controlando que se mantiene actualizada.
CR2.2 La materia activa y el producto fitosanitario autorizados se eligen en función de su especificidad, toxicología y condiciones de aplicación, de la fenología del cultivo y el estado biológico del agente nocivo, entre otros factores.
CR2.3 La técnica de aplicación del producto fitosanitario (espolvoreo, pulverización, entre otros) se determina a partir del producto seleccionado, las condiciones de aplicación y la información técnico-económica.
CR2.4 Los factores ambientales y climatológicos, la información de estaciones de aviso y los datos de fenología de la planta y estado biológico del agente nocivo se analizan conjuntamente para establecer los aspectos concretos de la aplicación.
CR2.5 La toxicología del producto se analiza con el fin de establecer las precauciones oportunas en la aplicación (proximidad de zonas de agua o zonas de riesgo, flora o fauna, sensibles, presencia de abejas, entre otras).
CR2.6 La eficacia de las medidas fitosanitarias aplicadas se verifica a partir de los datos registrados sobre la utilización de productos fitosanitarios y el seguimiento de los organismos nocivos.
RP3: Planificar la utilización de los productos fitosanitarios determinando, entre otros parámetros la dosis y momento de aplicación, verificando que se cumple la normativa de prevención de riesgos laborales de la empresa y el manual de buenas prácticas agrícolas y medioambientales aplicable.
CR3.1 Las dosis y momento de aplicación se determinan en función del cultivo y su estado fenológico, del parásito y su estado biológico, utilizando la información técnica y económica actualizada.
CR3.2 Los productos fitosanitarios con distintos modos de acción se alternan en las aplicaciones, minimizando el riesgo de aparición de resistencias.
CR3.3 El gasto económico y el uso de recursos se racionalizan planificando, en su caso, el uso de otros productos fitosanitarios en la misma aplicación.
CR3.4 Las posibles sinergias o incompatibilidades entre productos se valoran y se siguen las buenas prácticas en la realización de mezclas.
CR3.5 La información de interés, como la toxicidad, vuelo de abejas, humedales próximos, cultivos sensibles colindantes, entre otros, o proximidad de zonas sensibles o de riesgo se recopila para controlar el cumplimiento de las medidas de precaución requeridas.
CR3.6 La información contenida en la etiqueta se refleja, ajustando las instrucciones de su uso a las prescripciones técnicas y a las condiciones de aplicación.
RP4: Asesorar sobre la gestión de plagas a título profesional o como parte de un servicio comercial, para la utilización de los productos fitosanitarios de forma sostenible, cumpliendo la normativa aplicable sobre comercialización y uso sostenible de los productos fitosanitarios.
CR4.1 Las medidas del Plan de Acción Nacional para el uso sostenible de los productos fitosanitarios y las guías oficiales de gestión integrada de plagas se aplican en el asesoramiento para las principales producciones, cultivos o grupos de cultivos.
CR4.2 Los métodos no químicos y las prácticas y productos con menores riesgos para la salud humana y el medio ambiente, se priorizan en las labores de asesoramiento, de entre todos los disponibles para reducir o controlar un problema fitosanitario.
CR4.3 La documentación del asesoramiento en el ámbito de la producción agraria y determinados ámbitos no agrarios se cumplimenta, archivándola de acuerdo con la normativa aplicable.
CR4.4 La información en relación con el uso de los productos fitosanitarios comercializados, sobre los riesgos de su uso para la salud y el medio ambiente y sobre las alternativas de bajo riesgo, se transmite al cliente en el momento de la venta de productos fitosanitarios, sean o no para uso profesional.
CR4.5 El carnet de los niveles de capacitación, ‘básico’ o ‘cualificado’, se requiere al titular al que se suministre un producto fitosanitario.
CR4.6 Los datos del Registro de transacciones con productos fitosanitarios de uso profesional se cumplimentan en todas las operaciones de entrega a un tercero.
Técnicas agronómicas, medios físicos, químicos, mecánicos, biológicos y biotécnicos de control fitosanitario. Procedimientos de control químico. Productos fitosanitarios.
Procedimientos alternativos o complementarios seleccionados. Procedimientos y técnicas de control químico fitosanitario seleccionados. Materias activas, productos fitosanitarios, dosis y momento de aplicación determinados.
Guías de plagas, enfermedades, fisiopatías, carencias y malas hierbas. Registro de plagas y enfermedades y alteraciones fitosanitarias. Guías de insectos útiles y otra fauna auxiliar. Información técnica. Programas informáticos. Internet. Fichas de muestreo procesadas. Boletines de estaciones de avisos. Normativa aplicable sobre sanidad vegetal. Mapas meteorológicos. Registro europeo único de productos fitosanitarios. Manual/vademécum de productos fitosanitarios. Etiquetas de productos.
RP1: Organizar la preparación, calibrado, regulación y mantenimiento de los equipos, máquinas y herramientas utilizadas en los tratamientos fitosanitarios, para su conservación en estado de uso, cumpliendo la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental y siguiendo las especificaciones técnicas establecidas.
CR1.1 El plan de revisión de los vehículos, máquinas y herramientas utilizadas en los tratamientos agroquímicos y biológicos se establece, incluyendo la periodicidad indicada en los manuales de mantenimiento y verificando las operaciones de cambio y reposición de aceites y líquidos, de engrase, de sustitución, limpieza de filtros, boquillas, y piezas de lastrado de ruedas, entre otras, cuando proceda.
CR1.2 Los equipos de tratamientos fitosanitarios se revisan, verificando la toma de fuerza, el sistema de alimentación y distribución del caldo o polvo a aplicar y los dispositivos de seguridad, así como su puesta a punto y funcionamiento.
CR1.3 El tractor y los aperos se revisan, verificando que se acoplan y señalizan, cumpliendo el código de circulación y la normativa complementaria referente a circulación de vehículos agrícolas por vías públicas.
CR1.4 El tractor y el equipo de tratamiento se controlan, verificando el calibrado de los mismos en función del tipo de tratamiento con el fin de conseguir la máxima uniformidad en la aplicación y ajustarse a la dosificación requerida.
CR1.5 Los componentes del equipo de protección y los dispositivos de seguridad en las máquinas y equipos de tratamiento se supervisan, comprobando que se encuentran en estado de uso y dando las instrucciones pertinentes para su reposición, en caso requerido.
CR1.6 El equipo de tratamiento se revisa tras su uso, comprobando que la limpieza del mismo se realiza a la distancia establecida según normativa aplicable de masas de agua superficiales y pozos, y se almacena al resguardo de la lluvia.
CR1.7 Los datos sobre mantenimiento, revisión, regulación y calibración, así como las incidencias y observaciones oportunas, se anotan en las fichas de mantenimiento y control, facilitando el proceso de gestión.
RP2: Organizar la aplicación de los productos fitosanitarios en las plantas, productos vegetales almacenados, locales e instalaciones agrícolas, medios de transporte y utillaje agrícolas, así como el manejo de la maquinaria y equipos, para verificar el cumplimiento de la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales, seguridad, uso sostenible de productos fitosanitarios, protección medioambiental y el seguimiento de las especificaciones técnicas establecidas.
CR2.1 El transporte de los productos se supervisa, comprobando que no se producen vertidos, y que se cumple lo dispuesto en la normativa aplicable.
CR2.2 El almacenamiento de productos fitosanitarios se organiza, verificando que se ajusta a la normativa aplicable, comprobando las entradas y salidas en los registros oficiales y el cumplimiento de las medidas de protección y seguridad.
CR2.3 Los productos requeridos para la jornada de trabajo se preparan o mezclan, incorporándolos al depósito, en su caso, siguiendo las condiciones técnicas de utilización, comprobando la homogeneidad del preparado, cumpliendo la normativa aplicable, lejos de masas de agua superficiales, en las cantidades de producto y agua requeridas para aplicar la dosis de materia activa en la superficie a tratar.
CR2.4 Los tratamientos se organizan, supervisando el estado de uso de los equipos y maquinaria de aplicación, verificando la adecuación del momento, las condiciones de aplicación, la interpretación de bandas hidrosensibles y la dosis establecida, minimizando los riesgos de toxicidad para el aplicador, la fauna, la flora y el medio ambiente.
CR2.5 Los plazos de seguridad del tratamiento establecidos para cada cultivo y tipo de producto fitosanitario se establecen, comprobando que están de acuerdo con la etiqueta y la normativa aplicable.
CR2.6 Los datos de la aplicación (materia activa, producto comercial, mezclas, dosis, fechas, estado fenológico del cultivo, entre otros), así como las incidencias y observaciones oportunas, se anotan en las fichas de mantenimiento y control.
RP3: Coordinar las prácticas de protección y seguridad en el almacenamiento, manipulación y utilización de los productos fitosanitarios, para garantizar el cumplimiento del plan de prevención de riesgos laborales de la empresa, el manual de buenas prácticas agroambientales, la reglamentación técnica sanitaria y la normativa de uso sostenible de los productos fitosanitarios.
CR3.1 Los equipos de protección individual requeridos para el trabajo se seleccionan, en función de la toxicidad del producto y la técnica de aplicación, siguiendo las instrucciones del fabricante.
CR3.2 Las medidas de reducción de riesgo en zonas específicas y respecto a cultivos próximos, sensibles se determinan de acuerdo con el perfil toxicológico del producto, siguiendo los protocolos establecidos y la normativa aplicable.
CR3.3 Las medidas específicas sobre la utilización de productos fitosanitarios se determinan de acuerdo con el perfil toxicológico del producto en zonas tratadas recientemente, bien porque son utilizadas por trabajadores agrarios, sirvan de aprovechamiento al ganado o hayan de recolectarse, siguiendo los protocolos establecidos y la normativa aplicable.
CR3.4 Los restos de caldo se verifica que se eliminan, aplicándolos en la misma parcela tratada o en instalaciones específicas, previa dilución en agua, de forma que no se exceda la dosis máxima admisible.
CR3.5 Los envases vacíos se controlan, verificando que se lavan en triple enjuagados o mediante dispositivo de presión y almacenan hasta su traslado al punto de recogida con el justificante de entrega, cumpliendo la normativa aplicable.
CR3.6 Los registros de tratamientos fitosanitarios (Cuaderno de explotación y Registro de tratamientos) se cumplimentan, archivándolos según la normativa aplicable.
CR3.7 Las técnicas sanitarias de primeros auxilios se aplican en caso de accidente.
RP4: Coordinar los recursos humanos que intervienen en las operaciones de preparación y aplicación de productos fitosanitarios, para garantizar unos rendimientos óptimos, en función de los objetivos y actividades establecidas.
CR4.1 Los trabajos y directrices de funcionamiento en las operaciones de preparación y aplicación de productos fitosanitarios se distribuyen, teniendo en cuenta las actividades a realizar, asignando a cada trabajador de tal manera que el grupo ejecute y finalice las operaciones, y los objetivos establecidos.
CR4.2 La ejecución de los trabajos se coordina, comprobando el cumplimiento de la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales, y en caso contrario, se dan las instrucciones de corrección oportunas.
CR4.3 El personal del equipo de trabajo se asesora antes y durante la realización de los trabajos sobre los aspectos técnicos relacionados con la preparación y aplicación de productos fitosanitarios.
CR4.4 Los informes, partes de trabajo y registros se elaboran para controlar los trabajos realizados y el tiempo invertido en su ejecución con el fin de evaluar rendimientos y costes.
CR4.5 Los problemas surgidos en cuanto a trabajos realizados, personal y medios de producción se identifican y evalúan tomándose las medidas necesarias para su solución.
Cultivos y otras áreas no agrarias (parques, jardines, campos de deporte, espacios de uso privado, entre otros), productos vegetales almacenados, locales, instalaciones, medios de transporte y utillaje agrícolas, redes de servicios, zonas industriales, entre otros. Equipos para la aplicación de productos fitosanitarios: pulverizadores hidráulicos, hidroneumáticos (atomizadores), neumáticos (nebulizadores), centrífugos, termoneumáticos, espolvoreadores. Otros. Equipos de control de la aplicación de productos fitosanitarios. Medios de accionamiento y tracción: tractores y motocultores, motores térmicos y eléctricos. Material para control, regulación y calibración de equipos. Equipos de limpieza. Productos fitosanitarios, tanto químicos como biotécnicos o biológicos. Contenedores para su almacenamiento y transporte. Equipos de protección personal.
Equipos, máquinas, y herramientas utilizados en los tratamientos fitosanitarios calibrados, regulados y efectuado su mantenimiento. Productos fitosanitarios aplicados con la maquinaria y equipos precisos, a la dosis prescrita y respetando las prácticas de protección y seguridad. Control fitosanitario efectuado en plantas, productos vegetales almacenados, locales, instalaciones, medios de transporte y utillaje agrícolas y en determinadas áreas no agrarias.
Manuales de mantenimiento de equipos de tracción, máquinas y equipos para tratamientos fitosanitarios. Estadillos de mantenimiento, revisión y reposición de maquinaria y equipos. Registro europeo único de productos fitosanitarios. Vademécum de productos fitosanitarios. Manuales de dosificación de productos. Etiquetas de productos. Normativa de seguridad en el trabajo y técnico-sanitaria sobre fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas y productos fitosanitarios, sus limitaciones de empleo, plazos de seguridad y niveles tolerables de residuos. Normativa sobre uso sostenible de productos fitosanitarios. Registro de tratamientos fitosanitarios: Cuaderno de explotación y Registro de tratamientos.
C1: Establecer los protocolos de seguimiento en las plantas, suelos, locales e instalaciones agrarias para diseñar el programa de seguimiento fitosanitario.
C2: Aplicar técnicas de planificación sobre el seguimiento de los vegetales, suelos e instalaciones agrícolas para determinar su estado sanitario.
C3: Identificar los agentes beneficiosos y perjudiciales que afectan a los vegetales, suelos e instalaciones agrícolas para valorar su incidencia y la necesidad de la intervención.
C1 respecto a CE1.4 y CE1.5; C2 respecto a CE2.5; C3 respecto a CE3.6.
Otras capacidades:
Adaptarse a la organización, a sus cambios organizativos y tecnológicos; así como a situaciones o contextos nuevos.
Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.
Trasmitir información con claridad, de manera ordenada, estructurada, clara y precisa respetando los canales establecidos en la organización.
Actuar con rapidez en situaciones problemáticas y no limitarse a esperar.
Demostrar flexibilidad para entender los cambios.
Participar y colaborar activamente en el equipo de trabajo.
Fundamentos de edafología, botánica, mejora vegetal, fitotecnia, y selvicultura.
Agentes abióticos no parasitarios; clasificación, descripción e incidencia, agentes atmosféricos (acción de la luz, temperatura, nieve, granizo, viento, entre otros) y agentes derivados del suelo (calidad del agua, estructura, textura, fertilidad, salinidad, entre otros).
Fisiopatía: concepto, síntomas e identificación de las principales fisiopatías de las especies agrícolas, forestales y de jardinería, alteraciones de origen climático, edáfico, mecánicas y producidas por contaminantes.
Carencias nutricionales; causas, síntomas y daños, medidas correctoras.
Fundamentos de fisiología vegetal, botánica, mejora vegetal, fitotecnia, y selvicultura.
Conceptos de enfermedad, plaga, parasitismo y saprofitismo.
Enfermedad: etiología y transmisión, principales enfermedades agrícolas, forestales, de jardinería y de las especies vegetales en otros ámbitos.
Enfermedad de origen fúngico, vírico y bacteriano, sistemática taxonomía y ciclo biológico, aspectos morfológicos y fisiológicos más relevantes, síntomas y daños, mecanismos y vectores de trasmisión.
Plagas; identificación de las principales plagas agrícolas, forestales, de jardinería y de las especies vegetales en otros ámbitos, sistemática, taxonomía y éxito evolutivo, ciclo biológico, plagas polífagas y específicas.
Artrópodos (insectos, miriápodos, arácnidos y crustáceos), moluscos y vertebrados, otros, aspectos morfológicos y fisiológicos más relevantes, síntomas y daños.
Daños específicos causados por los agentes nocivos; órganos afectados, ámbitos afectados (cultivos, árboles y masas forestales, jardines, áreas de deporte y recreo, ámbitos de uso no agrícola.
Agentes bióticos beneficiosos; fauna auxiliar, sistemática, taxonomía, morfología, ciclo biológico, identificación, actuación frente a la plaga o patógeno.
Vegetación espontánea no deseada; principales especies adventicias, fanerógamas parásitas.
Técnicas.
Unidades de muestreo.
Tamaño de la muestra.
Localización de los puntos de conteo; croquis, replanteo.
Estaciones y elementos de captura y seguimiento.
Tipos de trampas (sexuales, cromáticas, alimenticias, entre otras).
Material de seguimiento (placas, feromonas, cebos, entre otras).
Sistemas electrónicos de alerta, detección y diagnóstico precoz.
Interpretación de la información generada.
Calendario de seguimiento, itinerarios, materiales y equipos.
Métodos de conteo e interpretación de capturas.
Fichas, gráficos, curvas de vuelo, modelización.
Zonas de riesgo, zonas de protección especial.
Estructuras de vigilancia sanitaria; estaciones de avisos agrícolas, boletines fitosanitarios oficiales o de entidades reconocidas.
Concepto de umbral: umbral de daños, umbral económico, umbral de tratamiento.
Toma y envío de muestras: selección de la muestra, procedimientos y material de recogida y envío, representación en planos y croquis.
Laboratorios de diagnóstico de sanidad vegetal.
Problemática fitosanitaria de vegetales almacenados.
Problemática fitosanitaria de locales e instalaciones agrícolas.
Daños específicos causados por los agentes nocivos en locales, maquinaria e instalaciones.
Normativa ambiental y de prevención de riesgos laborales.
Guías de gestión de plagas.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Instalación de 4 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la organización del seguimiento del estado sanitario de plantas, suelos, locales e instalaciones agrarias, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Establecer los métodos alternativos de control y prevención de plagas, enfermedades y otras alteraciones en plantas, suelos, locales e instalaciones agrarias.
C2: Establecer los métodos de control químico, determinando las características y criterios de clasificación de los productos fitosanitarios y sus técnicas de aplicación.
C3: Determinar los procedimientos, parámetros y condicionantes a considerar en la aplicación del control químico, dentro de un programa de gestión integrada de plagas y enfermedades.
C4: Aplicar las técnicas de asesoramiento sobre gestión integrada de plagas y uso seguro de productos fitosanitarios.
C1 respecto a CE1.5; C2 respecto a CE2.5; C3 respecto a CE3.6.
Otras capacidades:
Adaptarse a la organización, a sus cambios organizativos y tecnológicos, así como a situaciones o contextos nuevos.
Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.
Trasmitir información con claridad, de manera ordenada, estructurada, clara y precisa, respetando los canales establecidos en la organización.
Actuar con rapidez en situaciones problemáticas y no limitarse a esperar.
Demostrar flexibilidad para entender los cambios.
Participar y colaborar activamente en el equipo de trabajo.
Fundamentos de protección vegetal, entomología agrícola y forestal, patología vegetal y malherbología.
Importancia de los métodos no químicos.
Estrategias y técnicas para la gestión integrada de plagas.
Principios generales de la gestión integrada de plagas.
Toma de decisiones en protección fitosanitaria e iniciación a la evaluación comparativa.
Técnicas agronómicas.
Rotación de cultivos, manejo del suelo, de las labores y del riego, manejo de la vegetación adventicia, época y tipo de poda, aclareo, deshojado, drenajes.
Otras prácticas culturales.
Medios mecánicos y físicos.
Recogida de insectos y otros parásitos.
Barreras, trampas sexuales y cromáticas.
Solarización y otras medidas físicas.
Medios genéticos; uso de variedades resistentes o tolerantes.
Mejora genética, ingeniería genética, plantas transgénicas.
Parásitos, depredadores y microorganismos entomopatógenos, principales especies.
Confusión sexual.
Lucha autocida.
Protección y fomento de la fauna auxiliar.
Suelta de fauna auxiliar.
Formulaciones biológicas.
Parásitos, depredadores.
Identificación de plagas y de organismos de control biológico y su manejo.
Normativa aplicable.
Pasaporte fitosanitario.
Guías oficiales de gestión de plagas.
Sistemas certificados de producción vegetal.
Lucha integrada: definición.
Conceptos y posibilidades.
Técnicas y productos autorizados.
Metodología, controles.
Constitución, desarrollo y aplicación.
Producción Integrada; agrupaciones (APIs, otras).
Definición, manejo del suelo.
Rotaciones, asociaciones y policultivos.
Efecto sobre el control de vegetación espontánea.
Plagas y enfermedades en el sistema ecológico.
Infraestructuras favorecedoras del equilibrio del agrosistema.
Técnicas y métodos para aumentar la biodiversidad y minimizar la incidencia de plagas, enfermedades y vegetación espontánea no deseada en cultivos, masas forestales y jardinería: colocación de estructuras (setos, estanques, refugios y nidos), métodos culturales (plantas cebo) y físicos (trampas, barreras), otros.
Hábitat y dinámica de poblaciones de los agentes beneficiosos y perjudiciales.
Manejo de la vegetación espontánea.
Métodos de control ecológico.
Elección del tratamiento ecológico.
Productos biotécnicos (feromonas), insecticidas de origen biológico, extractos vegetales y minerales de origen natural.
Hongos entomopatógenos.
Suelta de depredadores y parasitoides, otros.
Certificación ecológica.
Normativa aplicable de producción ecológica.
Fundamentos: tipos, evolución.
Productos fitosanitarios.
Descripción, características y generalidades.
Clasificaciones en función de: el agente sobre el que actúan; el grupo químico al que pertenecen, el modo de acción, el comportamiento en la planta, la especificidad, la categoría toxicológica. Materias activas y preparados comerciales.
Composición, formulación y presentación.
Dosis, momento y condicionantes técnicos de la aplicación.
Riesgo de resistencias.
Criterios de selección de la materia activa y el producto fitosanitario.
Herbicidas: principales grupos químicos.
Especies controladas.
Mecanismos de acción.
Criterios de selección de la materia activa y el producto comercial.
Técnicas de aplicación, tipos y características.
Pulverización, atomización, nebulización, espolvoreo.
Otras técnicas de protección y defensa fitosanitaria.
Criterios de selección de la técnica de aplicación.
Suelos agrícolas.
Locales, instalaciones, medios de transporte y utillaje agrícolas.
Material vegetativo diverso.
Cultivos en ambiente confinado y de plantas en espacios no agrarios.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Instalación de 4 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con el establecimiento de las medidas de control fitosanitario, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Establecer los tipos de máquinas, equipos y herramientas utilizados en los tratamientos fitosanitarios y sus necesidades de mantenimiento.
C2: Planificar la aplicación de los productos fitosanitarios y las tareas previas de preparación del caldo.
C3: Coordinar las medidas de prevención de riesgos laborales y las prácticas de protección, seguridad y sostenibilidad en el transporte, almacenamiento y uso de productos fitosanitarios y en el uso de la maquinaria y equipos de aplicación.
C4: Organizar los recursos humanos requeridos en la aplicación de productos fitosanitarios para garantizar unos rendimientos adecuados, en función de los objetivos y actividades establecidas.
C1 respecto a CE1.6; C2 respecto a CE2.6; C3 respecto a CE3.6; C4 respecto a CE4.4.
Otras capacidades:
Adaptarse a la organización, a sus cambios organizativos y tecnológicos, así como a situaciones o contextos nuevos.
Interpretar y ejecutar instrucciones de trabajo.
Trasmitir información con claridad, de manera ordenada, estructurada, clara y precisa, respetando los canales establecidos en la organización.
Actuar con rapidez en situaciones problemáticas y no limitarse a esperar.
Demostrar flexibilidad para entender los cambios.
Participar y colaborar activamente en el equipo de trabajo.
El tractor: funciones; componentes y funcionamiento.
Prestaciones y aplicaciones: Sistema hidráulico.
Toma de fuerza; enganche de equipos y acondicionamiento.
Tipos de potencia y medición en tractores.
Aprovechamiento de la potencia del tractor: potencia de tracción, a la toma de fuerza y al sistema hidráulico.
Equipos de tratamiento idóneos para cubrir las necesidades de la explotación agraria u otro ámbito de protección.
Características técnicas, capacidad de trabajo, dimensiones y número de equipos necesarios.
Repercusiones técnico-económicas en el rendimiento de trabajo, averías, consumo de combustible, vida útil de las máquinas y sus componentes.
Maquinaria y equipos de tratamiento fitosanitario.
Principales máquinas y equipos.
Tipos, características, componentes, clasificación, pulverizadores, atomizadores, nebulizadores.
Boquillas: tipos, características y uso.
Espolvoreadores.
Distribuidores de gránulos y microgránulos.
Otras técnicas y equipos.
Procedimientos de operación: Preparación, calibración, regulación, ajuste y adaptaciones.
Operaciones de mantenimiento, frecuencia de intervención, recambios e implementos necesarios.
Control de las operaciones de mantenimiento, diario de operaciones.
Averías básicas en maquinaria agraria: diagnosis de averías.
Procedimientos de reparación y su comprobación.
Identificación de averías a reparar en taller especializado.
Equipos y herramientas para el mantenimiento y reparación básica.
Materiales empleados: lubricantes, aceites, grasas, combustibles, tipos, características, aplicaciones y almacenaje.
Riesgos y prevención de accidentes y daños.
Reconocimiento de los peligros más comunes de las máquinas agrarias.
Mecanismos peligrosos.
Zonas de precaución.
Peligros de las máquinas en movimiento.
Elementos de protección en máquinas y herramientas, en poleas, engranajes, árboles de transmisión y otros mecanismos peligrosos.
Precauciones y protecciones ante el vuelco.
Secuencia correcta durante el transporte, almacenamiento y manipulación de los productos fitosanitarios. Normativas generales aplicables.
Documentos para el transporte.
Características técnicas del almacén.
Zonas de almacenamiento.
Medidas de emergencia en caso de accidente durante el transporte y/o almacenamiento.
Operaciones de mezcla, condiciones y restricciones en su preparación.
Sinergias, antagonismos, incompatibilidades.
Importancia de la dosificación y de los volúmenes de aplicación.
Comprobación de caudal en boquillas.
Preparación y aplicación del caldo: proporciones, cálculo en función de la superficie a tratar y del agente a combatir; condiciones atmosféricas; factores condicionantes.
Medidas de reducción de riesgo en zonas sensibles o específicas.
Medidas en zonas tratadas recientemente: plazos de seguridad, señalización.
Normativa relativa al transporte, almacenaje y manipulación de productos fitosanitarios.
Medidas para reducir dichos riesgos, incluyendo medidas de emergencia en caso de contaminaciones accidentales.
Buenas prácticas ambientales en relación a la preservación de los recursos naturales, biodiversidad, flora y fauna.
Protección y medidas especiales establecidas en la Directiva Marco del Agua.
Eliminación de envases vacíos.
Normativa aplicable de protección ambiental en la aplicación de tratamientos fitosanitarios.
Residuos: concepto de residuo peligroso y residuo tóxico; residuos generados en la empresa.
Registro de pequeños productores de residuos; inscripción y documentación; contenedores y cuaderno de control de recogida de residuos.
Coordinación y organización de los recursos humanos y materiales en la gestión de residuos.
Acciones para reducir los residuos.
Eliminación de restos de caldo y de envases vacíos; etapas; sistemas de gestión.
Peligrosidad para la salud de las personas.
Intoxicaciones y otros efectos sobre la salud.
Riesgos para el consumidor por residuos de productos fitosanitarios; manera de evitarlos y medidas de emergencia en caso de contaminaciones accidentales.
Concepto de seguridad alimentaria y alerta sanitaria.
Riesgos para la población en general y los grupos vulnerables.
Nivel de exposición y riesgos del operario aplicador.
Medidas preventivas y de protección en el uso de productos fitosanitarios.
Niveles de exposición del operario.
Medidas para reducir los riesgos sobre la salud; vigilancia sanitaria de la población expuesta a plaguicidas de uso fitosanitario, posibles riesgos derivados de realizar mezclas de productos, equipos de protección individual.
Prácticas de identificación y utilización de EPIs.
Detectores de gases, máscaras, filtros y otros elementos de seguridad.
Métodos para identificar los productos fitosanitarios ilegales y riesgos asociados a su uso; infracciones, sanciones y delitos.
Normativa aplicable de prevención de riesgos laborales.
Primeros auxilios y situaciones de emergencia; principios básicos de los primeros auxilios; tipos de daños corporales; actuaciones en caso de intoxicación; actuaciones en caso de incendio.
Importancia, contenido e interpretación del etiquetado y fichas de datos de seguridad. Clasificación y etiquetado. Pictogramas, palabras de advertencia, frases de riesgo o indicaciones de peligro, consejos de prudencia, síntomas de intoxicación y recomendaciones para el usuario.
Trazabilidad.
Requisitos en materia de higiene de los alimentos y de los piensos.
Registro de plagas y de tratamientos en las explotaciones agrarias.
El cuaderno de explotación.
Normativa aplicable sobre utilización de productos fitosanitarios, compra, transporte y almacenamiento.
Autorización y registro de productos fitosanitarios y medida en que afecta a la utilización de los mismos.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Taller de 4,5 m² por alumno o alumna.
- Instalación de 4 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la organización de la preparación y aplicación de productos fitosanitarios, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
ANEXO IV
Realizar las labores de preparación del terreno y de plantación de cultivos leñosos, las operaciones de cultivo, poda, recolección, transporte y acondicionamiento de cultivos leñosos (frutales de hueso, de pepita, vid, olivo, cítricos) en una explotación frutícola, controlando la sanidad vegetal, manejando la maquinaria y montando las instalaciones agrarias, aplicando criterios de buenas prácticas agrícolas, de rentabilidad económica y cumpliendo con la normativa aplicable relativa a control medioambiental, de control de calidad, seguridad alimentaria y prevención de riesgos laborales aplicable.
Controlar las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías.
Manejar tractores y montar instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento.
Realizar las labores de preparación del terreno y de plantación de cultivos leñosos (frutales de hueso y de pepita, vid, olivo y cítricos).
Realizar la poda e injerto de especies leñosas (frutales de hueso y de pepita, vid olivo y cítricos).
Realizar las operaciones de cultivo, recolección, transporte y primer acondicionamiento de la cosecha de cultivos leñosos.
Desarrolla su actividad profesional en el departamento de producción del área de la agricultura, dedicada/o al cultivo agrícola en entidades de naturaleza pública o privada, en empresas de cualquier tamaño dedicadas a la producción de cultivos frutales, tanto por cuenta propia como ajena con independencia de su forma jurídica. Desarrolla su actividad dependiendo, en su caso, funcional y/o jerárquicamente de un superior. Puede tener personal a su cargo en ocasiones, por temporadas o de forma estable. Asimismo, está capacitado para realizar tratamientos con productos fitosanitarios, de nivel cualificado, actividad profesional sometida a regulación por la Administración competente. En el desarrollo de la actividad profesional se aplican los principios de accesibilidad universal de acuerdo con la normativa aplicable.
Se ubica en el sector agrario, dentro del subsector agrícola, en las siguientes actividades productivas: explotaciones frutícolas comerciales: frutales de hueso, de pepita, vid, olivo, cítricos. Instituciones de investigación y experimentación en fruticultura. Empresas de suministros agrarios.
Encargados o capataces agrícolas, excepto en huertas, invernaderos, viveros y jardines.
Trabajadores agrícolas de cítricos.
Trabajadores agrícolas de frutales, en general.
Trabajadores agrícolas de la vid.
Injertadores y/o podadores.
Aplicadores de productos fitosanitarios. Nivel cualificado.
Trabajadores agrícolas del olivo.
Control fitosanitario (150 horas).
Mecanización e instalaciones agrarias (120 horas).
Preparación del terreno y plantación de cultivos leñosos (120 horas).
Poda e injerto de especies leñosas (120 horas).
Operaciones culturales y recolección de cultivos leñosos (120 horas).
RP1: Determinar el estado sanitario de las plantas, siguiendo las indicaciones del personal técnico para adoptar las medidas oportunas en el control de plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías, cumpliendo la normativa aplicable.
CR1.1 Las unidades de muestreo de cultivos se señalan en el terreno, aplicando el protocolo establecido, adoptando las medidas oportunas en función de posibles plagas o enfermedades.
CR1.2 Los elementos de captura (trampas, placas engomadas, feromonas, cebos y otros) se ubican en el terreno, considerando las estaciones anuales, haciendo seguimiento de ellos, según protocolo establecido.
CR1.3 El seguimiento de los elementos de captura se efectúa, mediante visitas de reconocimiento en las estaciones requeridas, con la frecuencia establecida.
CR1.4 Los datos de los elementos de capturas, los síntomas y daños detectados en las plantas se registran, siguiendo el protocolo establecido.
CR1.5 Los datos climáticos y, en su caso, de estaciones de aviso, se registran, actualizándolos y estableciendo calendarios de control de plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías de las plantas según el protocolo establecido.
CR1.6 La flora y fauna auxiliar, plagas, enfermedades, carencias nutricionales, malas hierbas y fisiopatías más frecuentes se identifican, cuantificándolas con asesoramiento técnico.
CR1.7 Las muestras de plantas afectadas por agentes no identificados se toman, siguiendo el protocolo establecido, procediendo al envío al laboratorio o a la estación fitopatológica correspondiente.
RP2: Aplicar los tratamientos fitosanitarios para combatir plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías en plantas y suelo, siguiendo las especificaciones técnicas establecidas, utilizando la maquinaria y herramientas, cumpliendo la normativa aplicable.
CR2.1 Los vehículos, máquinas, aperos y herramientas utilizadas en la aplicación del tratamiento fitosanitario se seleccionan, según el método de control empleado.
CR2.2 Los productos fitosanitarios utilizados en el tratamiento del cultivo se transportan, almacenándolos y manipulándolos de acuerdo con la normativa aplicable.
CR2.3 Los productos fitosanitarios seleccionados, mediante asesoramiento técnico se preparan, mezclándolos y dosificándolos, siguiendo las indicaciones de la etiqueta y la normativa aplicable.
CR2.4 Las máquinas, aperos y herramientas utilizadas en el tratamiento fitosanitario se regulan, calibrándolas manteniendo la dosificación y la uniformidad en la aplicación.
CR2.5 Los productos fitosanitarios se aplican en el momento establecido, y con las condiciones climáticas requeridas, siguiendo instrucciones.
CR2.6 Los métodos no químicos de protección y control fitosanitario (técnicas culturales, medios físicos, control biológico, entre otros) se aplican, según el protocolo establecido.
CR2.7 Las máquinas, aperos y herramientas utilizadas en el tratamiento fitosanitario se limpian, cumpliendo la normativa aplicable.
CR2.8 El suelo, las instalaciones, maquinaria, herramientas y zonas de almacenaje se desinfectan, en caso requerido.
RP3: Aplicar medidas de protección y seguridad en la aplicación de tratamientos fitosanitarios, para la manipulación en el almacenamiento de productos, envases y residuos de acuerdo con la normativa aplicable.
CR3.1 Los equipos de protección individual requeridos en la aplicación de productos fitosanitarios se utilizan, según el producto y la técnica, siguiendo las instrucciones del fabricante, cumpliendo la normativa aplicable.
CR3.2 Las medidas de reducción de riesgo en la aplicación de productos fitosanitarios en zonas específicas y respecto a cultivos próximos sensibles se toman, siguiendo los protocolos establecidos y la normativa aplicable.
CR3.3 Las medidas específicas en zonas tratadas recientemente con productos fitosanitarios que utilicen los trabajadores agrarios, aproveche el ganado o hayan de recolectarse, se toman, siguiendo los protocolos establecidos y la normativa aplicable.
CR3.4 Las medidas de protección durante la aplicación de productos fitosanitarios se toman, según el riesgo de toxicidad para las personas, la fauna silvestre y el ganado, de fitotoxicidad y de contaminación de suelos y aguas.
CR3.5 Los envases vacíos se enjuagan, siguiendo el protocolo establecido, eliminándolos posteriormente según la normativa aplicable.
CR3.6 El registro de plagas y de tratamientos en las explotaciones agrarias y el cuaderno de explotación se cumplimentan según los protocolos establecidos.
RP4: Comercializar productos fitosanitarios en establecimientos autorizados, cumpliendo la normativa aplicable sobre comercialización y uso sostenible de los productos fitosanitarios.
CR4.1 La información en relación con el uso de los productos fitosanitarios comercializados se proporciona al cliente en el momento de la venta de productos fitosanitarios para uso profesional.
CR4.2 La información general sobre los riesgos del uso de los productos fitosanitarios para la salud y el medio ambiente, así como sobre las alternativas de bajo riesgo, se proporciona al cliente en el momento de la venta de productos fitosanitarios para uso no profesional, cumpliendo la normativa aplicable.
CR4.3 El carné que acredita los distintos niveles de capacitación básico y/o cualificado se requiere al titular al que se suministre un producto fitosanitario.
CR4.4 El carné para nivel de capacitación fumigador se solicita al personal de empresas de tratamientos cuando se suministren productos fitosanitarios que sean gases clasificados como tóxicos, muy tóxicos, o mortales, o que generen gases de esta naturaleza.
CR4.5 Los datos de los Registros de transacciones con productos fitosanitarios de uso profesional se cumplimentan en las operaciones de entrega a terceros.
Equipos de seguimiento y detección de plagas y enfermedades. Equipos de estimación de riesgo de enfermedades. Medios de accionamiento y tracción: tractores, motores térmicos y eléctricos. Material para control y calibración de equipos. Equipos para la aplicación de productos fitosanitarios tanto autopropulsados como por tracción. Máquinas aplicadores de gránulos y microgránulos. Espolvoreadores, equipos manuales. Equipos y material de control de aplicación de productos fitosanitarios. Contenedores para gestión de residuos y envases. Material para delimitar, señalizar y proteger zonas tratadas. Equipos de limpieza. Equipos de protección individual.
Estado sanitario de las plantas identificado. Control racional de las plagas, enfermedades, carencias, fisiopatías y hierbas de los cultivos, de manera que se asegure la producción sin riesgo para las personas y el medio ambiente. Control integrado o control ecológico de los cultivos cuando se trate de sistemas de producción integrada o producción ecológica. Productos fitosanitarios, envases y residuos manipulados y almacenados. Productos fitosanitarios comercializados.
Manual de productos fitosanitarios. Sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos. Normativa de seguridad en el trabajo y técnico-sanitaria sobre fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas y productos fitosanitarios, sus limitaciones de empleo, plazos de seguridad y niveles tolerables de residuos. Carné de manipulador de productos fitosanitarios de nivel cualificado. Etiquetas de productos fitosanitarios. Previsión climática para la realización oportuna de tratamientos. Registro Oficial de Productores y Operadores de productos fitosanitarios. Registro de plagas y de tratamientos en las explotaciones agrarias. Cuaderno de explotación. Niveles de capacitación de usuarios profesionales y vendedores. Carnés de aplicador. Manual de buenas prácticas agroambientales. Normativa sobre uso sostenible de productos fitosanitarios. Normativa de riesgos laborales, de calidad y seguridad alimentaria.
RP1: Mantener los tractores, equipos de tracción y aperos para su conservación en estado de uso, siguiendo las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR1.1 Las máquinas, herramientas, útiles y materiales requeridos para mantener los tractores, equipos de tracción y aperos se seleccionan en función de la labor de mantenimiento requerida.
CR1.2 El taller se ordena, optimizando el espacio y facilitando el acceso a las herramientas y equipos de trabajo.
CR1.3 Los tractores y equipos de tracción se revisan y controlan con la periodicidad indicada en los manuales de mantenimiento detectando posibles averías o anomalías.
CR1.4 Las operaciones de mantenimiento preventivo de los tractores, máquinas y equipos de tracción se realizan, siguiendo los procedimientos establecidos.
CR1.5 Las operaciones de montaje/desmontaje, soldadura, reparación básica y mecanizado se realizan con los equipos y herramientas y con la precisión requerida manteniéndolos en estado de uso.
RP2: Preparar los tractores y equipos de tracción para su desplazamiento y utilización en las labores/operaciones programadas, cumpliendo el código de circulación y la normativa aplicable.
CR2.1 Los equipos (tractores, aperos, entre otros) requeridos se seleccionan, siguiendo las especificaciones técnicas para la labor a realizar.
CR2.2 Los aperos y equipos se acoplan al tractor, regulándolos en función de la labor a realizar y de las variables de trabajo.
CR2.3 El tractor, equipos de tracción, maquinaria y aperos desplazados por las vías públicas se señalizan y conducen cumpliendo el código de circulación y la normativa complementaria referente a circulación de vehículos agrícolas por vías públicas.
CR2.4 Los tractores, equipos de tracción, maquinaria y aperos se manejan, realizando la labor requerida, controlando el funcionamiento, la precisión y el ritmo de trabajo establecido, siguiendo con las normas técnicas y de seguridad específicas de cada uno de ellos.
CR2.5 Las técnicas sanitarias básicas y los primeros auxilios se aplican en caso de posibles accidentes evitando posibles complicaciones.
RP3: Instalar sistemas de protección y/o forzado de cultivos, utilizando los materiales requeridos según el cultivo, el medio y el sistema de producción, para mantenerlos operativos, según las especificaciones técnicas y cumpliendo la normativa aplicable.
CR3.1 Las máquinas, herramientas y materiales requeridos en instalación y mantenimiento de sistemas de protección y/o forzado se seleccionan en función del sistema de protección a instalar.
CR3.2 El terreno se despeja, acondicionándolo y nivelándolo, empleando máquinas y materiales requeridos en relación al tipo de instalación y sistema productivo de la empresa.
CR3.3 La estructura y cubierta de los sistemas de protección y/o forzado de cultivos requeridos se instala, siguiendo las especificaciones técnicas del fabricante y las económicas y productivas de la empresa.
CR3.4 Los sistemas de control ambiental (ventilación, calefacción, humidificación, entre otros) se instalan, revisándolos periódicamente manteniéndolos en estado de uso.
CR3.5 El sistema de protección y/o forzado instalado se revisa con la periodicidad establecida y sustituyendo los elementos deteriorados o desgastados en caso requerido, manteniéndolos en estado de uso.
RP4: Instalar los sistemas de riego y drenaje, manteniéndolos en estado de uso, para asegurar un desarrollo óptimo de los cultivos, siguiendo las especificaciones técnicas y económicas del proyecto, y cumpliendo a normativa aplicable.
CR4.1 Los equipos y medios técnicos requeridos en la instalación y mantenimiento de los sistemas de riego y drenaje se seleccionan en función del sistema de riego.
CR4.2 El sistema de riego seleccionado se instala, utilizando los medios técnicos adaptándolos al desnivel del terreno, a las características del suelo y a la capa freática.
CR4.3 Las obras sencillas de acopio, elevación y conducción de agua se realizan con los medios requeridos y siguiendo indicaciones técnicas.
CR4.4 El sistema de riego se mantiene operativo, verificando su funcionamiento y sustituyendo los elementos averiados o desgastados en caso requerido.
CR4.5 El sistema de fertirrigación se instala, siguiendo las especificaciones técnicas, revisándolo y manteniéndolo operativo, según indicaciones técnicas.
CR4.6 El sistema de riego se programa, siguiendo las especificaciones técnicas ajustándolo a las dosis y tiempos de riego fijados, revisando que se cumplen los parámetros establecidos.
RP5: Realizar el acondicionamiento y limpieza de los locales e instalaciones, para mantener su estado sanitario, siguiendo los protocolos establecidos y cumpliendo la normativa aplicable.
CR5.1 Los procedimientos, productos y equipos de limpieza, desinfección, desinsectación y desratización autorizados se seleccionan, preparándolos en función de la labor que se va a realizar, según los protocolos establecidos y aplicando la normativa aplicable.
CR5.2 Los locales e instalaciones se limpian, desinfectan, desinsectan y desratizan con la frecuencia, productos y los procedimientos autorizados; comprobando que se encuentran aptos para su próximo uso, según los protocolos establecidos.
CR5.3 Los residuos generados en la limpieza de los locales e instalaciones (envases, residuos orgánicos, entre otros) se eliminan, siguiendo los protocolos establecidos y aplicando la normativa aplicable.
CR5.4 Los materiales, equipos y herramientas empleadas en la limpieza, desinfección, desinsectación y desratización de locales e instalaciones se mantienen en estado de uso.
RP6: Realizar las operaciones de mantenimiento de los sistemas eléctrico, de climatización y de suministro de agua de los locales e instalaciones, para asegurar un desarrollo óptimo de los cultivos, siguiendo las especificaciones técnicas y económicas del proyecto y cumpliendo la normativa aplicable.
CR6.1 La instalación eléctrica, de los locales e instalaciones se mantienen en estado de uso, mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas verificando su funcionamiento.
CR6.2 El sistema de climatización de los locales e instalaciones se mantiene en estado de uso, mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas, verificando su funcionamiento.
CR6.3 El suministro de agua de los locales e instalaciones se mantiene en estado de uso, mediante sustitución, adaptación o reparaciones sencillas verificando su funcionamiento.
Instalaciones cubiertas para el cultivo. Equipos de riego: sistemas de bombeo y de distribución. Equipos de fertirrigación. Almacenes, instalaciones de secado y ventilación, instalaciones de frío, medidores de humedad y temperatura. Sistema hidropónico, instalaciones abiertas (huertas) para el cultivo. Equipos de limpieza. Tractores y equipos de tracción, máquinas autopropulsadas y accionadas para el trabajo del suelo, aperos más frecuentes para el enganche y/o acople. Equipos e instrumentos de taller para mantenimiento y reparaciones de tractores y equipos de tracción. Recambios y accesorios.
Tractores y equipos de tracción conservados y preparados para su utilización. Sistemas de protección y forzado de cultivos instalados y conservados. Sistemas de riego instalados y conservados. Locales e instalaciones acondicionados y limpios. Sistemas eléctricos, de climatización y de suministro de agua de los locales e instalaciones, instalados y conservados.
Planos de instalaciones y almacenes. Manuales de montaje de instalaciones. Manuales de servicio y de taller de tractores, máquinas y equipos e información técnica sobre prestaciones de trabajo. Sobre posibilidades y limitaciones de las máquinas que se van a utilizar. Sobre procesos de mantenimiento de tractores, equipos de tracción, aperos e instalaciones. Normativa de Riesgos Laborales y Medioambientales. Código de la Circulación y normativa complementaria. Manual de buenas prácticas ambientales. Manuales de seguridad alimentaria. Fichas con información sobre fecha, duración, rendimiento e incidencias de las operaciones realizadas. Normativa sobre producción ecológica.
RP1: Evaluar las características del suelo, clima y agua de riego para valorar la idoneidad de la especie, variedad, patrón y sistema de cultivo leñoso seleccionado, garantizando sus necesidades en colaboración con el personal técnico.
CR1.1 Los datos climáticos de la zona del cultivo leñoso (temperatura, viento, precipitaciones, período libre de heladas, entre otros) se recopilan, determinando su influencia sobre la especie, variedad, patrón y sistema de cultivo leñoso.
CR1.2 Los datos topográficos de la parcela (forma, dimensiones, orientación, pendiente, entre otros) se recogen, analizando su influencia sobre la especie, patrón, sistema de cultivo y sistema de riego.
CR1.3 Las muestras del suelo se toman, siguiendo el protocolo establecido, determinando sus características físicas, químicas y biológicas (cuando proceda), mediante análisis sencillos, pH, salinidad, entre otros.
CR1.4 El suelo de la zona de cultivo de plantas leñosas se corrige en función del análisis del suelo y las exigencias de la especie, patrón y variedad a implantar, con el asesoramiento técnico requerido.
CR1.5 La especie, patrón y variedad de cultivo leñoso se seleccionan en función de su adaptación a las características climáticas, edáficas y agronómicas de la zona.
CR1.6 El riego se determina a partir de los datos recopilados, teniendo en cuenta el origen, disponibilidad, calidad y situación legal del agua de riego para garantizar que se cubren las necesidades de las especies leñosas a plantar.
RP2: Instalar las infraestructuras requeridas en la parcela destinada el cultivo de plantas leñosas, previo acondicionado del terreno, para favorecer el crecimiento de las mismas, cumpliendo las especificaciones técnicas y las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental.
CR2.1 La parcela y el suelo se preparan para la implantación de los cultivos leñosos mediante obras de infraestructura sencillas, labores de despeje, nivelación, abancalado, siguiendo las especificaciones técnicas en función de sus características topográficas del terreno.
CR2.2 La maquinaria, aperos y equipos requeridos en la preparación previa del terreno, el riego e instalación de las infraestructuras en el establecimiento de cultivos leñosos se seleccionan, regulándolas, en caso requerido, para su manejo en función de las indicaciones técnicas.
CR2.3 El agua requerida en la plantación de cultivos leñosos se obtiene por medio de obras sencillas de captación, traída y almacenamiento, estableciendo redes de drenaje y desagües con los medios establecidos, siguiendo las especificaciones técnicas.
CR2.4 Las infraestructuras establecidas en los requisitos técnico-económicos de la explotación de cultivos leñosos (cerramientos, vallados, cortavientos, caminos, entre otras), se instalan con la maquinaria y materiales previamente seleccionados y cumpliendo con las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental.
RP3: Preparar el terreno en la explotación de cultivos leñosos, mediante la aplicación de las enmiendas y abonados de fondo establecidos, utilizando los medios técnicos requeridos adaptados a las características del suelo y del cultivo, cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental.
CR3.1 La maquinaria, aperos, equipos y útiles requeridos en la preparación y corrección del terreno, cuando proceda, se seleccionan, regulándolas para su manejo en función de la labor a realizar en la explotación de cultivos leñosos, cumpliendo con la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales.
CR3.2 El terreno de la zona de cultivos leñosos se labra, mediante las labores profundas requeridas (arado, vertedera, entre otros), con los medios técnicos establecidos; teniendo en cuenta la especie, el patrón, la variedad, el sistema de cultivo y las características del suelo.
CR3.3 El suelo de la zona de cultivos leñosos se abona, mediante enmiendas y abonado de fondo, si proceden, con los medios requeridos en función de la especie, el patrón, la variedad, el sistema de cultivo y las características físico- químicas del mismo, según indicaciones técnicas.
CR3.4 El terreno se acondiciona para la plantación, mediante labores superficiales de gradeo, desbroce, entre otras, con la maquinaria requerida.
CR3.5 La maquinaria, equipos y útiles requeridos en la preparación de sustratos, y corrección del terreno se mantienen en estado de uso, según el plan técnico de cada uno de ellos.
RP4: Plantar cultivos leñosos, en el momento óptimo, y utilizando los medios técnicos adaptados a las características del suelo, a la especie y al patrón y sistema de cultivo, para optimizar la producción, cumpliendo las especificaciones técnicas y la normativa aplicable de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
CR4.1 Los cultivos leñosos se replantean sobre el terreno, siguiendo el marco establecido y las características de la parcela.
CR4.2 La maquinaria, aperos y equipos empleados en las labores de plantación se seleccionan en función de la especie, patrón, variedad, sistema de cultivo y características del suelo.
CR4.3 Los hoyos se cavan, siguiendo el marco establecido con medios mecánicos o manuales ajustados a las características de las plantas y el terreno.
CR4.4 Los plantones de cultivos leñosos se recepcionan, comprobando su etiquetado y estado sanitario y acondicionándolos para permitir su conservación hasta la plantación.
CR4.5 Los plantones se colocan a la profundidad indicada y en el momento óptimo según las condiciones del terreno, siguiendo la alineación y el sistema de plantación requerido para cada tipo de plantón.
CR4.6 Los tutores y estructuras de apoyo se colocan, adecuándolos al sistema de formación elegido.
CR4.7 La plantación se revisa, realizando el primer nivel de mantenimiento (aplicando riegos, entutorando plantas y corrigiendo deficiencias en la instalación, entre otros).
CR4.8 El amarre de los plantones de cultivos leñosos se verifica, procediendo a la reposición, en caso requerido.
Tractores. Equipos de desfonde. Equipos de carga y transporte Subsoladores. Arados de vertedera y de disco. Gradas. Cultivadores. Motocultores. Ahoyadores. Equipos de riego. Equipos de distribución de abonos químicos y orgánicos. Equipos de marqueo. Herramientas y utillaje. Árboles cortavientos. Materiales de cierre para fincas. Materiales para caminos y accesorios. Material eléctrico. Plantones. Abonos químicos. Abonos orgánicos. Equipos de protección individual. Equipos para toma de muestras de agua y suelos. Aparatos meteorológicos.
Características del suelo, el clima y el agua de riego idóneas para un cultivo leñoso determinadas. Infraestructuras de una explotación de cultivos leñosos, instaladas. Terreno preparado para la plantación de cultivos leñosos. Labores de plantación de los cultivos leñosos, realizadas y verificadas.
Manuales de manejo y mantenimiento de máquinas y equipos. Manuales de servicio. Manuales de dosificación de productos. Manuales de: Meteorología, suelos y riegos, fertilizantes y práctica del abonado. Información sobre requerimientos climáticos y edafológicos de los frutales cultivados en la zona. Bibliografía general sobre frutales y específica sobre las especies cultivadas. Métodos de interpretación de análisis de suelos y aguas. Información sobre suelos y datos climáticos de la zona. Planos topográficos, mapas, croquis. Manual de buenas prácticas ambientales. Plan de prevención de riesgos de la empresa. Fichas con información sobre fecha, duración, rendimiento e incidencias de las operaciones realizadas.
RP1: Realizar la poda de formación en especies leñosas (frutales de hueso y de pepita, vid, olivo y cítricos) para conseguir una estructura equilibrada y un control del vigor, siguiendo las indicaciones técnicas y cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental.
CR1.1 Los postes, tutores y restante material de conducción se seleccionan e instalan en el caso de plantaciones apoyadas siguiendo las indicaciones técnicas.
CR1.2 El tipo de poda de formación y, en su caso, sistema de conducción en especies de cultivos leñosos se efectúa, en función de las características edafoclimáticas de la parcela, de la especie, variedad y patrón, del sistema de cultivo y del destino de la producción.
CR1.3 Los equipos, herramientas y útiles seleccionados para la poda de formación en cultivos leñosos se desinfectan de acuerdo con la especie, el tipo de formación y el sistema de conducción seleccionados.
CR1.4 El material vegetal objeto de formación o de sujeción se selecciona para su eliminación, atado, apoyo y/o conducción, en función de las características de la plantación y del tipo de poda de formación y sistema de conducción.
CR1.5 Los restos vegetales originados después de la poda se recogen, clasificándolos para su posterior aprovechamiento o eliminación.
RP2: Realizar la poda de producción o fructificación en especies leñosas (frutales de hueso y de pepita, vid olivo y cítricos) para optimizar el equilibrio fisiológico entre vegetación y producción, siguiendo las indicaciones técnicas y cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
CR2.1 El tipo de poda de producción en especies leñosas se efectúa en función de las características de la plantación (especie, binomio variedad-patrón) y del destino de la producción, siguiendo las indicaciones técnicas.
CR2.2 Los tipos de yemas, ramas, ramos, formaciones vegetativas y fructíferas y estados fenológicos se identifican en las distintas especies leñosas (frutales de hueso y de pepita, vid olivo y cítricos) para no eliminarlas en la poda.
CR2.3 Los equipos, herramientas y útiles seleccionados se desinfectan en la poda de fructificación.
CR2.4 El material vegetal objeto de poda de producción en especies leñosas se identifica en función de la estimación de la carga, destino y equilibrio requerido entre cantidad y calidad de la cosecha.
CR2.5 El material vegetal objeto de poda de producción en especies leñosas se corta con la limpieza, bisel y orientación indicados, atendiendo a la facilidad de cicatrización y drenaje, procediendo, en su caso, a la aplicación de pastas cicatrizantes y limpieza de oquedades.
CR2.6 Los fitorreguladores se aplican en aquellas variedades y especies que lo requieran, en la época indicada, según el objetivo de producción requerido y siguiendo recomendaciones técnicas.
CR2.7 Los restos vegetales de poda se recogen, clasificándolos para su posterior aprovechamiento o eliminación.
RP3: Realizar otras intervenciones en especies leñosas (frutales de hueso y de pepita, vid, olivo y cítricos), como poda en verde, de rejuvenecimiento o renovación y de reconducción, entre otras para conseguir objetivos específicos como complementar y potenciar la poda de producción, fines terapéuticos o quirúrgicos, entre otros; siguiendo las indicaciones técnicas y cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
CR3.1 La poda en verde de material vegetal en especies leñosas se realiza para complementar y potenciar los objetivos perseguidos con la poda de producción, en la época requerida de acuerdo con la evolución fenológica de la plantación.
CR3.2 Las intervenciones auxiliares de la poda (muescas, incisiones, atados, curvados, deschuponados, despampanado, despuntes, entre otros) se efectúan en el momento establecido y de acuerdo con las características de la plantación y el objetivo perseguido.
CR3.3 La poda de rejuvenecimiento o renovación (terciados, descabezados, desmochados, fraileos, entre otros), se efectúan en el momento requerido y de acuerdo con las características de la plantación y el objetivo perseguido.
CR3.4 La poda de reconversión, de formas libres a formas apoyadas, se efectúa de acuerdo con las características de la plantación y el objetivo perseguido.
CR3.5 La poda de material vegetal con fines terapéuticos o quirúrgicos se efectúa, siguiendo los criterios de sanidad vegetal, pautados por el técnico responsable.
CR3.6 Los equipos, herramientas y útiles seleccionados se desinfectan para las labores de poda específicas o complementarias según protocolos establecidos (métodos físico, químicos).
CR3.7 El material vegetal objeto de poda se corta con la limpieza, bisel y orientación indicadas, atendiendo a la facilidad de cicatrización y drenaje; procediendo, en su caso, a la aplicación de pastas cicatrizantes y limpieza de oquedades.
CR3.8 Los restos vegetales de poda se recogen, clasificándolos para su posterior aprovechamiento o eliminación.
RP4: Realizar el injertado en especies leñosas para optimizar el plan de producción, siguiendo las indicaciones técnicas y cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
CR4.1 El tipo de injerto a utilizar en la especie leñosa (injerto de púa, de yema, aéreo, sobreinjerto, entre otros) se selecciona, de acuerdo con las características de la especie, binomio variedad-patrón y objetivos perseguidos.
CR4.2 La zona del patrón para ubicar el injerto se selecciona en función de la especie, edad y desarrollo vegetativo de patrón y del tipo de injerto a realizar.
CR4.3 El material vegetal seleccionado (yemas, púas, entre otros) para efectuar el injerto de especies leñosas, se manipula optimizando el posible porcentaje de prendimientos.
CR4.4 El material vegetal objeto de poda se corta con la limpieza y orientación establecidos, atendiendo a la facilidad de cicatrización y drenaje, procediendo a las ataduras requeridas y a la aplicación de pastas cicatrizantes cuando proceda.
CR4.5 El material, herramientas y útiles seleccionados para las labores de injertado se desinfectan, de acuerdo con el tipo de intervención realizada.
CR4.6 El injerto se comprueba, verificando el amarre; procediendo, en su caso, a reinjertar las marras ocasionadas.
Tractor, con sistema de enganche de aperos o máquinas de arrastre, semisuspendidas y tripuntal, dirección hidráulica y cabina de seguridad. Combustibles y lubricantes. Material de conducción y apoyo en plantaciones apoyadas: postes, tutores, anclajes, tensores, alambres, material de atado, entre otros. Equipo de poda neumático. Tijeras neumáticas. Tijeras telescópicas. Serrucho manual y neumático. Sierras y hachas. Navajas. Remolque. Motosierras medianas. Herramientas y utillaje diverso: tijeras normales de una mano, tijeras de podar a dos manos. Afiladoras y plantillas de afilado. Limas y portalimas. Pinzas. Juego de herramientas. Productos de limpieza y desinfección. Productos de sellado. Pastas y productos cicatrizantes. Productos fitorreguladores. Rafia y material de sujeción y atado. Material vegetal: patrones, yemas, púas. Cuerdas y material de trepa. Equipos de protección personal.
Estructura equilibrada y vigor controlado en especies leñosas mediante la poda de formación. Equilibrio fisiológico entre vegetación y producción de especies leñosas optimizado mediante la poda de producción o fructificación. Otros objetivos específicos como complementar y potenciar la poda de producción, fines terapéuticos o quirúrgicos cumplidos mediante otras intervenciones en las especies leñosas de la plantación. Especies leñosas injertadas según indicaciones técnicas.
Manuales de manejo y mantenimiento de máquinas y equipos. Manuales de servicio. Manuales de manejo y mantenimiento de las estructuras de apoyo de las plantaciones. Bibliografía general sobre poda e injerto de especies leñosas de fruto. Información sobre productos desinfectantes y cicatrizantes. Información sobre productos de sujeción y atado. Manual de buenas prácticas ambientales. Plan de prevención de riesgos de la empresa. Fichas con información sobre fecha, duración e incidencias de las intervenciones de poda y de los injertos realizados.
RP1: Efectuar el laboreo del suelo, tratamientos, y/o implantación y manejo de la cubierta vegetal del cultivo leñoso en el momento óptimo para maximizar el aprovechamiento del agua y evitar la erosión, siguiendo el calendario establecido y cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
CR1.1 El suelo de cultivo leñoso se mantiene con las labores requeridas y eliminación de la vegetación adventicia, si procede, en el momento y con la maquinaria indicada al cultivo, al terreno y a la finalidad de los trabajos.
CR1.2 Los restos vegetales se clasifican para su posterior aprovechamiento o eliminación.
CR1.3 Los cultivos leñosos se tratan, en su caso, mediante la aplicación de productos herbicidas con las técnicas, productos, métodos y dosis indicados por el personal responsable.
CR1.4 La cubierta vegetal de cultivos leñosos se implanta, en su caso, con los aperos, equipos y/o productos requeridos para lograr la mejora y conservación de las propiedades del suelo de cultivos leñosos, manteniéndola en el estado establecido.
CR1.5 Las herramientas, equipos, maquinaria y aperos utilizados en el laboreo del suelo y/o la implantación y mantenimiento de la cubierta vegetal se seleccionan, regulando o calibrándolos en función de la labor a realizar.
CR1.6 La maquinaria y equipos utilizados en el laboreo del suelo y/o la implantación y mantenimiento de la cubierta se revisan para mantenerlos en estado de uso.
RP2: Regar los cultivos leñosos con un sistema de riego, manual o automatizado para un óptimo desarrollo de los mismos, cubriendo sus necesidades hídricas, con criterios de eficiencia energética y cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y protección medioambiental.
CR2.1 La información objetiva de los datos climatológicos, las características y sistema de mantenimiento del suelo, la época, dosis, frecuencia y necesidades hídricas de la plantación se obtiene, consultando al personal técnico requerido para el riego.
CR2.2 La humedad del suelo se mide, mediante los dispositivos que determinan el contenido en agua u otros, optimizando el riego con el asesoramiento técnico requerido.
CR2.3 El sistema de riego manual o automatizado se instala, programando y regulando los parámetros establecidos, siguiendo las indicaciones técnicas, optimizando su funcionamiento, eficiencia de riego y racionalización del agua.
CR2.4 La calidad del agua de riego del cultivo leñoso se controla, verificando los valores de parámetros establecidos.
CR2.5 Los riegos de lavado se aplican, cuando proceda, en función de las propiedades físico-químicas del suelo, la calidad del agua de riego y el sistema de drenaje, sin provocar escorrentía, erosiones ni daños a las plantas.
RP3: Abonar en cobertera los cultivos leñosos para satisfacer sus necesidades nutritivas, teniendo en cuenta las condiciones climáticas y el estado fenológico de la plantación, siguiendo la planificación establecida, las instrucciones técnicas y cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental.
CR3.1 Las muestras de agua, suelo y hoja se toman, siguiendo protocolos establecidos para su análisis y control de calidad.
CR3.2 Las carencias más importantes de nutrientes minerales de la plantación de cultivos leñosos se determinan en colaboración con el personal técnico, proponiendo el uso de distintos abonos que contrarresten las deficiencias del mismo.
CR3.3 El abono, fitorregulador o bioestimulante se prepara, dosificando o mezclando, en función de las carencias, estado fenológico del cultivo, humedad del suelo y tipo de aplicación (foliar o suelo), siguiendo especificaciones técnicas para su posterior aplicación.
CR3.4 El equipo de fertilización se regula, calibrándolo en función del tipo de producto y de aplicación, siguiendo especificaciones técnicas del fabricante.
CR3.5 Los fertilizantes de administración en cobertera se aplican en la dosis establecida y con los medios requeridos, teniendo en cuenta las condiciones climáticas, del suelo y de la plantación, siguiendo recomendaciones técnicas.
RP4: Recolectar la cosecha de cultivos leñosos en el estado y la época indicada según la especie y el destino de la producción, de acuerdo con los parámetros establecidos para mantener su calidad, indicaciones técnicas y cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales y de protección medioambiental.
CR4.1 El momento de la recolección de los cultivos leñosos se determina en función de parámetros como el grado de madurez, dureza, color, tamaño del fruto de los frutos, de la especie, variedad y destino de la producción entre otros, con el asesoramiento técnico requerido.
CR4.2 La maquinaria y equipos empleados en las labores de recolección se seleccionan, regulándolos en función del sistema de cultivo de la plantación, las características del fruto y su destino.
CR4.3 La cosecha se recolecta de forma manual o mecánica, en el momento indicado en función de los parámetros establecidos (grado de madurez, dureza, color, tamaño del fruto, entre otros), evitando su deterioro.
CR4.4 Los productos y subproductos obtenidos se embalan o manipulan, siguiendo protocolos hasta su primer acondicionamiento.
RP5: Efectuar el primer acondicionamiento de la fruta de cultivos leñosos para mantener la calidad establecida hasta su transporte, transformación o comercialización, siguiendo indicaciones técnicas y cumpliendo las normativas aplicables de prevención de riesgos laborales, protección medioambiental y de seguridad alimentaria.
CR5.1 Los equipos de transporte, de carga y descarga, de conservación y acondicionamiento de la fruta se seleccionan, en función del trabajo a realizar y de las características y necesidades del producto, regulándolos según las especificaciones técnicas y manteniéndolos en estado de uso.
CR5.2 La cosecha de cultivos leñosos se transporta con los medios requeridos hasta el lugar de primer acondicionamiento de forma rápida y cuidadosa, evitando deterioros y merma de calidad y protegiéndola, en su caso, de los agentes externos con toldo o malla de sombreo.
CR5.3 La cosecha de cultivos leñosos se carga y descarga con los medios indicados, evitando deterioros y merma de calidad.
CR5.4 La fruta se almacena hasta el momento de su transformación o comercialización en lugares que reúnan las condiciones ambientales y sanitarias requeridas.
CR5.5 Los parámetros ambientales de almacenes y cámaras y, en su caso, del espacio para el primer acondicionamiento de la fruta de cultivos leñosos se verifican, ajustándolos en caso de conservación en atmósfera controlada, siguiendo las especificaciones técnicas.
CR5.6 El primer acondicionamiento (eliminación de residuos leñosos, lavado, entre otros) y, en su caso, embalado de la fruta se realiza, en función de las características del fruto, el tiempo y las condiciones de conservación y el destino de la producción.
Tutores y estructuras de conducción de frutales. Material para injertar. Material para la poda. Tractor. Aperos para las labores periódicas. Equipo de aplicación de herbicida. Desbrozadora y segadora de hierba. Equipo de impulsión de riego. Filtros de agua de riego. Equipo de inyección de soluciones fertilizantes. Tuberías de distribución del agua con accesorios. Tuberías portagoteros y goteros. Equipo para aplicación de tratamientos foliares. Fertilizantes, herbicidas, fitorreguladores y coadyuvantes. Cosechadoras, maquinaria para la recolección, remolques, envases y etiquetas. Equipos para la limpieza de la fruta y primer acondicionamiento. Equipos de protección individual.
Suelo y cubierta vegetal preparado para la plantación del cultivo leñoso. Cultivos leñosos regados. Necesidades nutritivas de los cultivos leñosos cubiertas. Frutos recolectados en la época indicada. Fruta acondicionada para su almacén, transporte, transformación o comercialización.
Manuales de manejo y mantenimiento de máquinas, equipos, herramientas y sistemas de riego. Información sobre datos climáticos de la zona de cultivo y la fenología de los frutales. Información sobre tipo y ritmo de poda. Información sobre los suelos de la explotación y la flora autóctona. Catálogos con características y precios de fertilizantes, productos fitosanitarios, herbicidas, fitorreguladores y coadyuvantes utilizados. Información sobre consumo de agua de los frutales en la zona de cultivo. Bibliografía general sobre frutales y específica sobre las especies cultivadas. Fichas con información sobre fecha, duración, rendimiento e incidencias de las operaciones realizadas. Plan de prevención de riesgos de la empresa. Manual de buenas prácticas ambientales. Manuales de seguridad alimentaria.
C1: Realizar el seguimiento protocolizado de las plantas determinando el estado sanitario, cumpliendo la normativa aplicable.
C2: Aplicar los métodos de control fitosanitario de plagas, enfermedades, malas hierbas, carencias y fisiopatías, en plantas y suelo, siguiendo la normativa aplicable.
C3: Aplicar medidas de protección y seguridad en la realización de tratamientos, de acuerdo con la normativa aplicable sobre productos fitosanitarios, envases y residuos.
C4: Comercializar productos fitosanitarios en establecimientos autorizados, cumpliendo la normativa aplicable.
C1 respecto a CE1.5 y CE1.6; C2 respecto a CE2.8; C3 respecto a CE3.7; C4 respecto a CE4.5.
Otras capacidades:
Responsabilizarse del trabajo que desarrolla.
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Agentes bióticos. Clasificación. Descripción e identificación. Plagas, enfermedades y malas hierbas más frecuentes. Clasificación, descripción y daños que producen.
Agentes abióticos. Clasificación. Descripción e incidencia. Fisiopatías más frecuentes.
Factores ambientales y climatológicos (acción de la luz, de las temperaturas, de la nieve y el granizo).
Factores derivados del suelo (acción del agua, estructura, carencias nutricionales, abonos y pH).
Agentes beneficiosos. Flora y fauna auxiliar. Clasificación. Descripción e incidencia.
Factores ambientales y climatológicos que afectan a los parásitos y patógenos en la zona.
Interpretación de la información de estaciones climatológicas y de aviso. Estaciones y elementos de captura y seguimiento (trampas y sus tipos, placas engomadas, feromonas, cebos). Técnicas de conteo. Cuantificación.
Registro y elaboración de datos: croquis, unidades de muestreo, técnicas a emplear, tamaño de la muestra, localización de los puntos de conteo, materiales y equipos, fichas y gráficos.
Preparación y envío de muestras al laboratorio.
Determinación de la incidencia de plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías en función del protocolo establecido. Diagnóstico.
Toma de decisiones en protección fitosanitaria e iniciación a la evaluación comparativa. Prácticas de identificación de agentes nocivos y de organismos de control biológico y su manejo.
Cuantificación de la incidencia de la fauna y flora auxiliar.
Medios y métodos de prevención, protección y control de plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías de las plantas: Culturales. Físicos. Químicos. Biológicos. Aplicación. Selección. Producción integrada y producción ecológica. Principios generales de la gestión integrada de plagas.
Estrategias y técnicas para la gestión integrada de plagas.
Control biológico y otras técnicas alternativas para el control de plagas en distintos cultivos. Principios generales de la gestión integrada de plagas.
Productos fitosanitarios: sustancias activas y preparados comerciales.
Definición, descripción y clasificación. Elección de productos fitosanitarios. Presentación. Ingredientes. Preparación de caldos o polvos. Transporte y almacenamiento. Preparación, mezcla y aplicación.
Métodos de aplicación de productos fitosanitarios.
Factores a tener en cuenta para una eficiente y correcta aplicación.
Importancia de la dosificación y de los volúmenes de aplicación. Espolvoreo. Pulverización. Atomización. Fumigación. Nebulización. Características. Casos prácticos.
Maquinaria y equipos de aplicación de productos fitosanitarios. Clasificación: espolvoreadores, pulverizadores, atomizadores, fumigadores, nebulizadores. Descripción y funcionamiento. Puesta a punto. Preparación, regulación y calibración de maquinaria y equipos de tratamientos. Limpieza, regulación y calibración de los equipos. Prácticas de revisión y calibración de los equipos Riesgos relacionados con el uso de equipos de aplicación de productos fitosanitarios. Prácticas de aplicación de tratamientos fitosanitarios. Eliminación de envases vacíos.
Riesgo de los productos fitosanitarios: indicador de riesgo. Etiquetas y fichas de datos de seguridad. Riesgos derivados de la utilización de productos fitosanitarios para la salud de las personas: Riesgos para el consumidor por residuos de productos fitosanitarios. Manera de evitarlos y medidas de emergencia en caso de contaminaciones accidentales. Concepto de seguridad alimentaria y Alerta sanitaria. Riesgos para la población en general y los grupos vulnerables.
Riesgos para el aplicador: Intoxicaciones y otros efectos sobre la salud.
Vigilancia sanitaria de la población expuesta a plaguicidas.
Prácticas de primeros auxilios. Estructuras de vigilancia sanitaria y disponibilidad de acceso para informar sobre cualquier incidente o sospecha de incidente.
Medidas para reducir los riesgos sobre la salud: Niveles de exposición del operario. Posibles riesgos derivados de realizar mezclas de productos.
Medidas preventivas y de protección del aplicador. Riesgos derivados de la utilización de productos fitosanitarios para el medio ambiente. Riesgos derivados de la utilización de para el medio ambiente. Medidas para reducir dichos riesgos, incluyendo medidas de emergencia en caso de contaminaciones accidentales.
Buenas prácticas ambientales en relación a la preservación de los recursos naturales, biodiversidad, flora y fauna.
Protección y medidas especiales establecidas en la Directiva Marco del Agua. Normativa aplicable. Casos prácticos.
Secuencia correcta durante el transporte, almacenamiento y manipulación de los productos fitosanitarios. Principios de la trazabilidad. Requisitos en materia de higiene de los alimentos de los piensos. Registro de plagas y de tratamientos en explotaciones agrarias. El cuaderno de explotación. Equipos de protección individual específicos para la actividad. Prácticas de identificación y utilización de EPIs.
Normativa aplicable al cultivo.
Relación trabajo-salud: normativa sobre prevención de riesgos laborales. Primeros auxilios. Seguridad social agraria.
Normativa aplicable que afecta a la utilización de productos fitosanitarios: Compra transporte y almacenamiento.
Recogida de productos o subproductos del proceso de aplicación. Sistemas de gestión y tratamiento de envases y residuos.
Normativa que afecta a la comercialización y compra de productos fitosanitarios: Autorización y registro de productos fitosanitarios y medida en que afecta a la utilización de los mismos. Registro Oficial de Productores y Operadores. Estructura y funcionamiento del Registro. Usuario profesional, distribuidor y asesor.
Métodos para identificar los productos fitosanitarios ilegales y riesgos asociados a su uso. Infracciones, sanciones y delitos.
Niveles de cualificación para usuarios profesionales y vendedores.
Carnés de aplicador. Información en la venta.
Identificación e interpretación de las etiquetas y de las fichas de datos de seguridad: Clasificación y etiquetado.
Pictogramas, palabras de advertencia, frases de riesgo o indicaciones de peligro, consejos de prudencia, síntomas de intoxicación y recomendaciones para el usuario.
Casos prácticos. Transmisión eficaz de la información al cliente. Registros de transacciones con productos fitosanitarios. Datos del Registro.
Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales, salud laboral, accesibilidad universal, diseño universal o diseño para todas las personas y protección medioambiental.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con el control de las plagas, enfermedades, malas hierbas y fisiopatías, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Realizar el mantenimiento de tractores y equipos de tracción para su conservación en estado de uso, siguiendo las especificaciones técnicas requeridas.
C2: Operar con tractores y equipos de tracción en las labores/operaciones programadas y en la circulación por vías públicas, aplicando las medidas de prevención de riesgos laborales.
C3: Realizar la instalación y mantenimiento de los sistemas de protección y forzado de cultivos, aplicando las medidas de prevención de riesgos laborales.
C4: Realizar la instalación y mantenimiento de los sistemas de riego, con las técnicas adecuadas y la destreza requerida, para asegurar un desarrollo óptimo de las plantas.
C5: Acondicionar los locales e instalaciones agrícolas, para asegurar las correctas condiciones de uso de las mismas.
C1 respecto a CE1.7; C2 respecto a CE2.4; C3 respecto a CE3.8; C4 respecto a CE4.5; C5 respecto a CE5.5.
Otras capacidades:
Responsabilizarse del trabajo que desarrolla.
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
El taller de la explotación agraria: equipos y herramientas.
Operaciones básicas. Necesidades y funcionamiento.
Organización del taller. Distribución. Preparación y mantenimiento de los equipos y herramientas.
Montaje y desmontaje de piezas y componentes. Mecanizado básico y soldadura.
Soldadura eléctrica: Equipos de soldadura. Tipos y aplicaciones.
Materiales para el mantenimiento y reparación básica de máquinas, aperos y equipos utilizados en una explotación agraria.
El tractor y los equipos de tracción: Funciones, tipos, componentes y funcionamiento.
Prestaciones y aplicaciones.
Motor: sistema de distribución y admisión.
Sistema de engrase. Sistema de refrigeración. Sistema de alimentación. Sistema hidráulico. Sistema de transmisión. Toma de fuerza. Frenos. Ruedas. Sistema eléctrico.
La potencia y su aprovechamiento en tractores y equipos de tracción: Bases físicas de la potencia y rendimientos, tipos de potencia en tractores.
Aprovechamiento de la potencia: Potencia de tracción, a la toma de fuerza y al sistema hidráulico. Importancia técnica de la mecanización y su relación con otros medios de producción.
Mantenimiento, reparación básica, revisión e inspección periódica de tractores, equipos de tracción, equipos de tratamientos fitosanitario, maquinaria y aperos utilizados en la explotación agraria.
Programa de mantenimiento de primer nivel de tractores y equipos de tracción. Operaciones de mantenimiento. Frecuencia de intervención. Recambios e implementos necesarios.
Control de las operaciones de mantenimiento. Diario de operaciones.
Identificación de averías a reparar en taller especializado.
Lubricantes: Características, clasificación y aplicaciones.
Combustibles: Características. Tipos. Almacenaje.
Prevención de riesgos laborales en taller: uso seguro de las herramientas y equipos.
Normativa y señalización. Equipos de protección personal.
Manipulación y eliminación de residuos y materiales de desecho en el mantenimiento de equipos. Normativa aplicable de riesgos laborales y medioambiental en el taller.
Tractores y equipos de tracción: Puestos de conducción y cabinas.
Protecciones ante el vuelco. Enganches.
Normas de seguridad en el manejo y conducción del tractor. Normativa y señalización. Enganche de maquinaria y aperos. Equipos y acondicionamiento.
Prevención de riesgos laborales en la preparación y manejo de maquinaria agrícola: Riesgos más comunes en maquinaria agraria.
Normativa aplicable de riesgos laborales y medioambiental en maquinaria agrícola.
Sistemas de protección de cultivos.
Invernaderos, túneles y acolchados: Tipos. Características. Función. Dimensiones. Materiales empleados. Instalación y montaje.
Parámetros a considerar en el control climático: Temperatura. Humedad. Iluminación. Otros.
Sistemas de ventilación. Dispositivos de control y automatización. Programas de mantenimiento. Nivelación del terreno. Equipos. Técnicas.
Colocación de cubiertas de sistemas de protección.
Prevención de riesgos laborales en instalaciones de cultivo: Reconocimiento de los riesgos más comunes en el montaje y mantenimiento de instalaciones.
Preservación del medio ambiente en el uso de instalaciones. Manipulación y eliminación de residuos y materiales de desecho en el mantenimiento de las instalaciones.
Normativa aplicable de riesgos laborales y medioambiental en instalaciones.
Instalaciones de sistemas riego. Tipos. Funcionamiento.
Componentes básicos: elementos de bombeo, conducciones y tuberías, aspersores y emisores de riego localizado.
Mantenimiento de sistemas de riego. Operaciones básicas.
Equipos y productos de desinsectación y desratización: características, componentes, regulación y mantenimiento.
Instalaciones eléctricas en la explotación agraria: dispositivos de control y automatización. Componentes básicos. Función de los dispositivos. Tipos. Sustitución de elementos sencillos.
Instalaciones de ventilación, climatización y acondicionamiento ambiental en explotaciones agrarias: tipos, características.
Funcionamiento de instalaciones y mantenimiento.
Instalaciones de almacenaje y conservación de cosechas, frutos, hortalizas y productos forestales: graneros, silos y almacenes polivalentes.
Cámaras frigoríficas y de prerrefrigeración. Funcionamiento. Mantenimiento preventivo.
Mantenimiento de los equipos, herramientas y útiles utilizados en cada caso.
Plan de prevención de riesgos laborales de la empresa. Manual de buenas prácticas ambientales.
Manuales de manejo y mantenimiento de máquinas, equipos y herramientas.
Equipos de protección individual específicos para las actividades de agricultura.
Los espacios e instalaciones darán respuesta, en forma de aula, aula-taller, taller de prácticas, laboratorio o espacio singular, a las necesidades formativas, de acuerdo con el Contexto Profesional establecido en la Unidad de Competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales, salud laboral, accesibilidad universal, diseño universal o diseño para todas las personas y protección medioambiental.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con el manejo de tractores y montaje de instalaciones agrarias, realizando su mantenimiento, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Relacionar los distintos tipos de suelos y sus características con la adaptabilidad de la especie y variedad seleccionada.
C2: Asociar las condiciones climáticas de la zona con la influencia que ejercen en el cultivo leñoso que se van a implantar.
C3: Especificar las labores necesarias para la instalación de infraestructuras sencillas, en función de las condiciones del entorno de la plantación.
C4: Aplicar el abonado en cobertera a los cultivos leñosos con los equipos indicados, para proporcionar las condiciones óptimas de implantación.
C5: Aplicar las técnicas y métodos de plantación de cultivos leñosos.
C1 respecto a CE1.6; C2 respecto a CE2.5; C3 respecto a CE3.6; C4 respecto a CE4.7; C5 respecto a CE5.6.
Otras capacidades:
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Demostrar cierta autonomía en la resolución de pequeñas contingencias relacionadas con su actividad.
Composición del suelo. Características físicas. El perfil. Materia orgánica. Densidad, textura, estructura y porosidad. Efectos de la materia orgánica sobre las propiedades físicas, químicas y biológicas. Propiedades físico-químicas: CIC, pH y salinidad. Corrección de suelos salinos y alcalinos. Contaminación y erosión. Conservación del suelo. Adaptación al suelo de la especie y sistema de cultivo.
Fertilidad del suelo y sus variables. Análisis de suelos. Tomas de muestras. Interpretación de análisis. Enmiendas y abonado. Incidencia medioambiental de enmiendas y fertilización. Fertilización orgánica y química. Tipos de abonos: Características, propiedades y utilización. Fertilizantes de liberación controlada.
Tiempo y clima.
Meteoros: vientos, nubes, precipitaciones atmosféricas, heladas.
Agentes meteorológicos y su influencia en el desarrollo de los cultivos leñosos. Protección de los cultivos leñosos de los agentes meteorológicos. Fenología y agrometeorología. Previsiones meteorológicas. Interpretación de previsiones meteorológicas. Aparatos de medida de variables meteorológicas. Recogida de datos.
Agua para riego: características a cumplir en grupos principales de cultivos leñosos. Necesidades de agua de los principales grupos de cultivos leñosos.
Análisis de calidad del agua para riego; tomas de muestras, interpretación de resultados.
Disponibilidad, origen, calidad y situación legal del agua de riego.
Especies y variedades comerciales de cultivos leñosos; frutales de hueso, frutales de pepita, vid, olivo y cítricos.
Características botánicas y fisiológicas.
Exigencias edafológicas y climatológicas.
Limpieza y nivelación. Labores de desfonde, subsolado, preparación por fajas, surcos y hoyos. Preparación, regulación y mantenimiento de la maquinaria y aperos empleados en las labores de adecuación del terreno. Tipos de redes de drenaje: trazados, conductos, adaptabilidad a las curvas de nivel del terreno. Materiales de drenaje: tuberías de PVC y PE. Materiales filtrantes: naturales y prefabricados.
Cortavientos: naturales y artificiales. Cierres de finca: cimentaciones, muros, cercas. Caminos de servicio: macadam, pavimentos, hormigón, gravas, asfaltos. Instalaciones eléctricas: puntos de luz.
Equipo de riego: Cabezal, tuberías de distribución y emisores. Técnicas, materiales y equipos necesarios para la captación, traída y almacenamiento de aguas.
Enmiendas orgánicas: tipos, épocas de aplicación, cálculo de necesidades, maquinaria para su incorporación, reglaje y mantenimiento básico. Enmiendas calizas: tipos, cálculo de necesidades, épocas de aplicación, maquinaria para su incorporación, reglaje y mantenimiento básico. Abonado de fondo, tipos, cálculo de necesidades, épocas de aplicación, maquinaria para su incorporación, reglaje y mantenimiento básico. Incidencia medioambiental de enmiendas y fertilización. Toma de muestras para análisis del suelo. Normas medioambientales y de prevención de riesgos laborales.
Marcos de plantación. Marqueo. Replanteo en el terreno y apertura de hoyos manual y mecánico. Sistemas de plantación y formación. Estructuras de apoyo. Tutores. Preparación del plantón, desinfección. Plantación. Preparación, regulación y mantenimiento de maquinaria y aperos empleados en la plantación. Normas medioambientales y de prevención de riesgos laborales.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Taller de 4 m² por alumno o alumna.
- Instalación de 5 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de las labores de preparación del terreno y de plantación de cultivos leñosos (frutales de hueso y de pepita, vid, olivo y cítricos), que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Aplicar los tipos de poda de formación en los principales cultivos leñosos, orientados a conseguir una estructura equilibrada y un adecuado control del vigor.
C2: Describir los distintos tipos de poda de producción, según las características de la plantación (especie, binomio variedad-patrón) y del destino de la producción.
C3: Determinar las intervenciones de poda con objetivos específicos en especies leñosas, (poda en verde, poda de rejuvenecimiento o renovación, poda de reconducción, entre otras).
C4: Realizar el injertado de especies leñosas.
C1 respecto a CE1.7; C2 respecto a CE2.7; C3 respecto a CE3.8; C4 respecto a CE4.7 y CE4.8.
Otras capacidades:
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Demostrar cierta autonomía en la resolución de pequeñas contingencias relacionadas con su actividad.
Aspectos morfológicos y fisiológicos básicos de las especies leñosas de fruto.
Reconocimiento de los diferentes tipos de ramas.
Generalidades de la fase de formación y formación genérica del tronco.
Normas básicas de la poda de formación para conseguir una estructura equilibrada y controlar el vigor.
Época de realizar la poda de formación.
Formas libres y formas apoyadas. Principales tipos de poda en las distintas especies.
Regulación del vigor.
Desinfección de herramientas de poda.
Protección de cortes. Productos y materiales. Tipos y características.
La poda de formación de los frutales de pepita. Aspectos específicos.
La poda de formación de los frutales de hueso. Aspectos específicos.
La poda de formación de los cítricos. Aspectos específicos.
La poda de formación de la viña. Aspectos específicos.
La poda de formación del olivo. Aspectos específicos.
Selección, regulación y manejo de equipos y herramientas en la poda de formación. Equipos manuales y mecánicos.
Manejo de los restos de poda.
La protección personal.
La prevención de riesgos laborales y medioambientales.
Crecimiento de la parte aérea.
Períodos anuales de vegetación.
Ciclo vegetativo. Estados fenológicos.
Aspectos morfológicos y fisiológicos básicos la inducción floral, la floración, la polinización y la fructificación.
Bases biológicas y agronómicas de la poda de fructificación.
Poda de fructificación en formas libres.
Poda de fructificación en formas apoyadas.
Técnicas de prepoda.
Normas básicas de la poda para conseguir el equilibrio entre vegetación y producción.
Reconocimiento de los diferentes tipos de ramas, ramos y brotes.
Reconocimiento de los diferentes tipos de yemas.
Identificación y tratamiento de formaciones vegetativas.
Identificación, tratamiento y regulación de formaciones y órganos fructíferos.
Evaluación básica de la estructura del follaje.
Estimación de la carga y destino de la producción. Volumen óptimo de copa.
Época de poda.
Turno de poda.
Productos fitorreguladores. Uso. Tipos y características. Precauciones.
Desinfección de herramientas de poda.
Protección de cortes. Productos y materiales. Tipos y características.
La poda de producción de los frutales de pepita. Aspectos específicos.
La poda de producción de los frutales de hueso. Aspectos específicos.
La poda de producción de los cítricos. Aspectos específicos.
La poda de producción de la viña. Aspectos específicos.
La poda de producción del olivo. Aspectos específicos.
Selección, regulación y manejo de equipos y herramientas en la poda de producción. Equipos manuales y mecánicos.
Manejo de los restos de poda.
Equipos de recolección de brotes y ramas.
La protección personal.
La prevención de riesgos laborales y medioambientales.
Operaciones de poda en verde. Generalidades.
Espergurado o deschuponado, despampanado, posicionamiento de la vegetación, arqueos de ramas, pellizco o despunte, incisiones, desnietado, deshojado, aclareo de flores, aclareo de frutos, aclareo de racimos.
Poda de rejuvenecimiento o renovación. Generalidades.
Terciados, descabezados, desmochados, afrailados. Otros.
Amputación de la madera enferma de cortes.
Limpieza y desinfección de cortes. Productos y materiales. Tipos y características.
Perfilado de bordes.
Técnicas de cuidado de heridas y cicatrices.
Técnicas de cuidado de las oquedades en la madera.
Poda de reconducción. Transformación de formas libre en formas apoyadas.
Poda para realizar el cambio de la variedad.
Selección, regulación y manejo de equipos y herramientas de poda. Equipos manuales y mecánicos.
Manejo de los restos de poda. Manejo de la madera enferma.
La prevención de riesgos laborales y medioambientales.
Principios fisiológicos básicos del injertado.
Finalidad del injerto. Resistencia, nutrición, reproducción, aceleración del ciclo, enanización. Otros fines.
Procedimientos y técnicas.
Tipos de injerto. Elección según finalidad.
Injerto por aproximación.
Injerto de hendidura. De hendidura inglés, de puente, de silleta, de hendidura simple.
Injerto de yema. Parche, anillo, microinjerto, injerto en T.
Otros tipos de injerto.
Criterios de selección de patrones, púas y yemas.
Época de realización y estado de la vegetación.
Orientación de los injertos.
Materiales y productos para la protección, sujeción y sellado del injerto. Uso. Tipos y características.
Selección, regulación y manejo de útiles y herramientas de poda.
La protección personal.
La prevención de riesgos laborales y medioambientales.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Instalación de 2 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de la poda e injerto de especies leñosas (frutales de hueso y de pepita, vid olivo y cítricos), que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
C1: Especificar las labores de mantenimiento del suelo apropiadas en cada plantación, en función de la topografía del terreno, las características edáficas y la cubierta vegetal.
C2: Aplicar los trabajos requeridos para el manejo de la cubierta vegetal, de los residuos de cultivo y para controlar la vegetación no deseada.
C3: Aplicar los distintos sistemas de riego, teniendo en cuenta los factores que influyen en su eficiencia.
C4: Relacionar los métodos de análisis de la fertilidad del suelo, los principales tipos de productos fertilizantes y de abonado y sus métodos de aplicación.
C5: Determinar los métodos de recolección y almacenamiento de la cosecha, en condiciones de calidad.
C6: Establecer los sistemas de transporte y de acondicionamiento de la cosecha recolectada.
C1 respecto a CE1.4; C2 respecto a CE2.6; C3 respecto a CE3.7; C4 respecto a CE4.5; C5 respecto a CE5.6; C6 respecto a CE6.6.
Otras capacidades:
Cumplir con las normas de producción fijadas por la organización.
Demostrar un buen hacer profesional.
Finalizar el trabajo atendiendo a criterios de idoneidad, rapidez, economía y eficacia.
Mantener el área de trabajo con el grado de orden y limpieza requerido por la organización.
Proponer alternativas con el objetivo de mejorar resultados.
Demostrar cierta autonomía en la resolución de pequeñas contingencias relacionadas con su actividad.
El suelo. Características físico-químicas. Capacidad de absorción y retención de agua. La erosión del suelo. Influencia de la topografía y de la protección del suelo en el balance hídrico y en la erosión.
El laboreo mecánico del suelo. Objetivos del laboreo. Labores básicas. Aperos para labrar. Inconvenientes del laboreo. Manejo del suelo alternativo al laboreo mecánico. Laboreo reducido. Cubiertas vegetales vivas. Cubiertas inertes. Control de las cubiertas vegetales. Siembra de cubiertas. Control mecánico y químico de cubiertas. Manejo de cubiertas inertes.
La calidad del agua de riego. Variables que definen la calidad del agua de riego. Toma de muestras de agua. Interpretación de un análisis de agua. Necesidades hídricas de los cultivos leñosos. Evapotranspiración. Factores climáticos que influyen en el balance hídrico. Sistemas de riego. Riego a pie. Riego por aspersión. Riego localizado en superficie y enterrado. Eficiencia del riego. Uniformidad del riego.
Instalaciones de riego. Estación de bombeo y filtrado. Sistemas de inyección de soluciones nutritivas y sanitarias. Sistema de distribución del agua. Emisores de agua. Manejo y primer mantenimiento de la instalación de riego. Regulación y comprobación de caudal y presión. Limpieza del sistema. Medida de la uniformidad del riego. Medida de la humedad del suelo.
La fertilidad del suelo. Variables que definen la fertilidad del suelo. Toma de muestras de suelo. Interpretación de un análisis de suelo. Necesidades nutritivas de los cultivos leñosos. Los elementos esenciales. Diagnóstico del estado nutritivo. Extracciones de las cosechas. Nivel de productividad. Estado sanitario del cultivo. Elaboración de una recomendación de fertilización. Estado nutritivo. Características del suelo. Agua disponible. Producción en años anteriores. Tipos de abonos y características. Aplicación de los nutrientes necesarios. Aplicación al suelo. Aplicación por vía foliar. Aplicación mediante inyecciones al tronco.
El proceso de maduración. Maduración fisiológica y comercial. Índices de maduración. La recolección de la cosecha. Recolección manual. Herramientas y utensilios. Plataformas hidráulicas. Contenedores para la recepción y el transporte. Recolección mecánica. Derribo del fruto. Vibradores de ramas y troncos. Vareadores. Recepción del fruto. Lienzos movidos a mano. Plataformas acopladas a las máquinas de derribo. Paraguas invertidos. Derribo directo al suelo en frutos secos. Recogida de la fruta del suelo. Barredoras, sopladoras, recogedoras. Cosechadoras integrales. Normas medioambientales y de prevención de riesgos laborales así como de seguridad alimentaria relacionadas con la fruticultura.
Contenedores. Remolques especiales. Cintas transportadoras. Primeros tratamientos de la fruta en campo. Equipos de limpieza. Secadoras. Descascarilladoras. Instalaciones de clasificación y selección de fruta. Almacenamiento de la fruta hasta su conservación. Almacenamiento en frío. Almacenamiento en atmósfera controlada. Elaboración de la información necesaria para establecer la trazabilidad de las partidas de fruta.
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral, accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter orientativo como espacios de uso:
- Taller de 4 m² por alumno o alumna.
- Instalación de 2 m² por alumno o alumna.
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de las operaciones de cultivo, recolección, transporte y primer acondicionamiento de la cosecha de cultivos leñosos, que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior), Ingeniería Técnica o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las Administraciones competentes.
ANEXO V-a
Familia profesional Agraria
ANEXO V-b
Familia profesional Agraria