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Real Decreto 936/2009, de 29 de mayo, por el que se indulta a don Bruno Morro Font.

BOE-A-2009-10963·2 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 936/2009, de fecha 29 de mayo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Bruno Morro Font, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 11 de Barcelona por un delito de robo con violencia y una falta de lesiones cometidos en 2007. La condena original incluía una pena de dos años y dos meses de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo y una multa. El Real Decreto afecta directamente a Bruno Morro Font, el condenado, y a la administración de justicia, en particular al cumplimiento de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes del Real Decreto son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad de dos años y dos meses de prisión por una pena de dos años de prisión. Condiciones del indulto: El indulto está condicionado a que Bruno Morro Font no abandone el tratamiento de rehabilitación que ha iniciado y a que no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. El incumplimiento de estas condiciones podría llevar a la revocación del indulto y al cumplimiento de la pena original. El Real Decreto fue propuesto por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez, y aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión del 29 de mayo de 2009, siendo firmado por el Rey Juan Carlos I.

Visto el expediente de indulto de don Bruno Morro Font, condenado por el Juzgado de lo Penal número 11 de Barcelona, en sentencia de 20 de diciembre de 2007, como autor de un delito de robo con violencia, a la pena de dos años y dos meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, y de una falta de lesiones, a la pena de un mes de multa con una cuota diaria de cuatro euros, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de mayo de 2009,

Vengo conmutar a don Bruno Morro Font la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de mayo de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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