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Real Decreto 983/2012, de 22 de junio, por el que se indulta a doña María Dolores González Caparrós.

BOE-A-2012-9499·17 de julio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente el Real Decreto 983/2012, emitido el 22 de junio de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a doña María Dolores González Caparrós. El decreto afecta directamente a María Dolores González Caparrós, quien había sido condenada por la Audiencia Provincial de Murcia por un delito de tráfico de drogas cometido en 2008. La sentencia original la condenó a dos años, tres meses y un día de prisión, inhabilitación especial para el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa total de 8.000.000 de euros. La disposición más relevante del decreto es la conmutación de la pena privativa de libertad impuesta a la señora González Caparrós. En lugar de la pena original, se le impone una pena de veinte meses de prisión. Esta conmutación está sujeta a una condición suspensiva: que no vuelva a cometer un delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si la señora González Caparrós comete un nuevo delito doloso dentro de ese período, la conmutación de la pena podría ser revocada. El decreto fue emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, y tras la deliberación del Consejo de Ministros. Esto indica que el indulto fue una decisión tomada a nivel gubernamental, considerando los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal.

Visto el expediente de indulto de doña María Dolores González Caparrós, condenada por la Audiencia Provincial de Murcia, sección tercera, en sentencia de 11 de febrero de 2010, como autora de un delito de tráfico de drogas, a la pena de dos años, tres meses y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 4.000.000 de euros, más otra multa de 4.000.000 de euros, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 22 de junio de 2012,

Vengo en conmutar a doña María Dolores González Caparrós la pena privativa de libertad impuesta por otra de veinte meses de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 22 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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