El Tribunal Constitucional, por Auto de 11 de octubre actual, ha acordado tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 1505-2003, interpuesto contra los arts. 1, 4.2 y 7.3 de la Ley de la Comunidad Autónoma de Extremadura 8/2002, de 14 de noviembre, de Reforma Fiscal, declarando extinguido el proceso que fue admitido a trámite por providencia de 8 de abril de 2003.
Madrid, 11 de octubre 2005.-La Secretaria de Justicia del Pleno, Herminia Palencia Guerra.