resolucionVigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 1680-2018, en relación con los artículos 1, 2 (apartados 2 y 3), 3, 4 y 5, contra disposiciones adicionales segunda, tercera, cuarta y séptima, y contra la disposición final primera, de la Ley de Cataluña 9/2017, de 27 de junio, de Universalización de la Asistencia Sanitaria con cargo a Fondos Públicos mediante el Servicio Catalán de Salud.

BOE-A-2018-14472·23 de octubre de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Auto del Tribunal Constitucional que informa sobre el desistimiento del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Abogado del Estado, en nombre del Presidente del Gobierno, contra varios artículos y disposiciones de la Ley de Cataluña 9/2017, de 27 de junio, de Universalización de la Asistencia Sanitaria con cargo a Fondos Públicos mediante el Servicio Catalán de Salud. Objeto principal: El objeto principal del documento es notificar el desistimiento del recurso de inconstitucionalidad y, como consecuencia, declarar la extinción del proceso judicial. El recurso original buscaba impugnar la constitucionalidad de varios aspectos de la ley catalana que garantizaba el acceso universal a la asistencia sanitaria con fondos públicos. A quién afecta: Este auto afecta principalmente al Tribunal Constitucional, al Gobierno de España (representado por el Abogado del Estado), al Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cataluña (como emisor de la ley impugnada) y, en última instancia, a los ciudadanos de Cataluña, ya que la ley en cuestión impacta en su acceso a la asistencia sanitaria. Disposiciones más relevantes: Desistimiento del recurso: La disposición más relevante es la aceptación del desistimiento del recurso de inconstitucionalidad por parte del Abogado del Estado. Esto significa que el Gobierno de España retira su impugnación contra la ley catalana. Extinción del proceso: Como consecuencia del desistimiento, el Tribunal Constitucional declara extinguido el proceso judicial, lo que implica que no se pronunciará sobre la constitucionalidad de los artículos y disposiciones impugnadas. Artículos y Disposiciones Impugnadas:** Aunque el proceso se extingue, es importante notar que el recurso se dirigía contra los artículos 1, 2 (apartados 2 y 3), 3, 4 y 5, las disposiciones adicionales segunda, tercera, cuarta y séptima, y la disposición final primera de la Ley de Cataluña 9/2017. Estos artículos y disposiciones, por lo tanto, permanecen vigentes al no haber sido declarados inconstitucionales. En resumen, el documento informa que el Gobierno de España ha retirado su impugnación contra la ley catalana de universalización de la asistencia sanitaria, lo que deja la ley en vigor sin que el Tribunal Constitucional se haya pronunciado sobre su constitucionalidad.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 16 de octubre actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 1680-2018, promovido por el Abogado del Estado, en nombre del Presidente del Gobierno, ha acordado: «Tener por desistido al Abogado del Estado, en la representación que legalmente ostenta, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 1680-2018, promovido contra los artículos 1, 2 (apartados 2 y 3), 3, 4 y 5, las disposiciones adicionales segunda, tercera, cuarta y séptima, y la disposición final primera de la Ley de la Comunidad Autónoma de Cataluña 9/2017, de 27 de junio, de universalización de la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos mediante el Servicio Catalán de Salud, declarando extinguido el proceso».

–La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.