El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 19 de julio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 3720-2017, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el art. 2, segundo párrafo y art.
1, y por conexión, los restantes apartados del art. 36, en lo que afecta exclusivamente a la regulación del régimen de anticipos de los tributos del Estado, de la Ley 10/2016, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2017. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el art.
2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso –14 de julio de 2017–, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el «Boletín Oficial del Estado» para los terceros. –La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.