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Recurso de inconstitucionalidad n.º 4057-2021, contra Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia; y, subsidiariamente, contra los artículos 1; 3, apartados b), c), d), e) y h); 5, apartados 1 c) y 2; 4.1; 6.4; 7.2; 8.4, 9; 12 a) apartado 4; 16; 17; 18 a) párrafo 4; disposiciones adicionales primera y sexta; y disposición final tercera (en relación con el artículo 16.1 y disposición adicional sexta) de la mencionada ley orgánica.

BOE-A-2021-10820·30 de junio de 2021·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una providencia del Tribunal Constitucional de España que informa sobre la admisión a trámite del recurso de inconstitucionalidad número 4057-2021. El recurso ha sido interpuesto por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso de los Diputados. El objeto principal del recurso es la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Los diputados recurrentes impugnan la totalidad de la ley, y de forma subsidiaria, impugnan artículos específicos de la misma. Este recurso afecta, en principio, a todos los ciudadanos españoles, ya que la Ley de Eutanasia regula un derecho que, de ser considerado constitucional, podría ser ejercido por aquellos que cumplan con los requisitos establecidos en la ley. También afecta directamente a los profesionales sanitarios que podrían verse involucrados en la aplicación de la ley. Las disposiciones más relevantes impugnadas son: Artículo 1: Define el objeto de la ley, que es regular el derecho a solicitar y recibir la ayuda necesaria para morir. Artículo 3: Define conceptos clave como "eutanasia", "ayuda para morir", "enfermedad grave e incurable", etc. Artículos 4 al 9: Regulan el procedimiento para solicitar y recibir la prestación de ayuda para morir, incluyendo los requisitos que debe cumplir el solicitante, las obligaciones del médico responsable y del médico consultor, y las garantías para asegurar la libre voluntad del paciente. Artículos 12, 16, 17 y 18: Abordan aspectos como la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios, la creación de comisiones de control y evaluación, y la inclusión de la prestación de ayuda para morir en el Sistema Nacional de Salud. Disposiciones adicionales primera y sexta: Se refieren a la financiación de la prestación y a la formación de los profesionales sanitarios. Disposición final tercera: Modifica otras leyes para adaptarlas a la nueva regulación de la eutanasia. La admisión a trámite del recurso implica que el Tribunal Constitucional analizará si la Ley de Eutanasia, o los artículos impugnados, son compatibles con la Constitución Española. El resultado de este análisis podría llevar a la declaración de inconstitucionalidad de la ley, o de algunos de sus artículos, lo que tendría importantes consecuencias para su aplicación.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 23 de junio de 2021, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad número 4057-2021, promovido por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario de Vox en el Congreso de los Diputados, contra la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia; y, subsidiariamente, contra los artículos 1; 3, apartados b), c), d), e) y h); 5, apartados 1.c) y 2; 4.1; 6.4; 7.2; 8.4, 9; 12.a) apartado 4; 16; 17; 18.a) párrafo 4; disposiciones adicionales primera y sexta; y disposición final tercera (en relación con el artículo 16.1 y disposición adicional sexta) de la mencionada ley orgánica.

Madrid, 23 de junio de 2021.–El Secretario de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Alfonso Pérez Camino.

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