El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 21 marzo actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 5332-2017, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, contra los arts. º Mantener la suspensión de los arts.
2, de la Ley de Cataluña 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias. º Levantar la suspensión de los arts. ».
Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 309, de 21 de diciembre de 2017. –La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.