resolucionVigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 5332-2017, contra los artículos 8.3, 20.6, 36.2 b), 37.1 j) y k), 37.2, 38.5 y 6, 69, 72.1 b), y disposición transitoria primera de la Ley de Cataluña 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias.

BOE-A-2018-13118·28 de septiembre de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Auto del Tribunal Constitucional español relacionado con el recurso de inconstitucionalidad n.º 5332-2017, interpuesto por el Presidente del Gobierno contra varios artículos de la Ley de Cataluña 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias. El objeto principal del Auto es mantener la suspensión del artículo 20.6 de la mencionada ley catalana. Esta suspensión se había decretado inicialmente al admitirse a trámite el recurso de inconstitucionalidad y fue publicada en el BOE en diciembre de 2017. A quién afecta: Este Auto afecta principalmente a la Generalitat de Cataluña, en particular a las competencias legislativas en materia de comercio, servicios y ferias. Indirectamente, afecta a los comerciantes, prestadores de servicios y organizadores de ferias en Cataluña, así como a los consumidores y usuarios de estos servicios, en la medida en que el artículo 20.6 de la ley regula aspectos relacionados con su actividad. También afecta al conjunto del ordenamiento jurídico español, al determinar la constitucionalidad de una ley autonómica. Disposiciones más relevantes: Mantenimiento de la suspensión del artículo 20.6 de la Ley de Cataluña 18/2017: Esta es la decisión central del Auto. Implica que, hasta que el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre la constitucionalidad del artículo 20.6, este no puede ser aplicado en Cataluña. Referencia a Autos anteriores: El Auto menciona que previamente se había dictado otro Auto (21 de marzo de 2018) que levantaba la suspensión de algunos de los artículos impugnados y mantenía la suspensión de otros. Esto indica que el Tribunal Constitucional está analizando la ley catalana por partes y tomando decisiones sobre la suspensión de cada artículo de forma individual. Publicación en el BOE:** La referencia a la publicación del Auto en el Boletín Oficial del Estado (BOE) garantiza la publicidad y la entrada en vigor de la decisión del Tribunal Constitucional.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por Auto de 18 de septiembre actual, en el recurso de inconstitucionalidad núm. 6 de la Ley de Cataluña 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias». Suspensión que se produjo con la admisión a trámite del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 309, de 21 de diciembre de 2017.

Habiéndose dictado Auto el 21 de marzo de 2018, que levantaba la suspensión de varios artículos impugnados y la mantenía respecto de otros («Boletín Oficial del Estado» número 75, de 27 de marzo de 2018). –La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

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