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Resolución 160/38048/2020, de 17 de febrero, de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 69/2020, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Sexta.

BOE-A-2020-3131·4 de marzo de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 69/2020, interpuesto por doña Esther Torres Carreño contra la desestimación de su recurso de alzada relacionado con las pruebas psicofísicas para el ingreso en la Escala de Cabos y Guardias. Afecta a aquellos que puedan tener un interés legítimo en el resultado del recurso. Se les concede un plazo de nueve días para comparecer ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

931 del General Jefe de la Jefatura de Enseñanza, por la que se desestimaba el recurso de alzada promovido por la interesada contra la Resoluciones de fecha 5 y 6 de septiembre de 2019, del Tribunal de Selección donde se hizo público el resultado de las pruebas psicofísicas, donde aparece la interesada, con una detracción de 5 puntos de baremo en idioma, y contra la Resolución de 26 de septiembre de 2019 del Tribunal de Selección, donde se hizo público el resultado final de las pruebas psicofísicas donde aparece la interesada apta, sin plaza, en la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias anunciadas por Resolución 160/38128/2019, de 10 de mayo, de la Dirección General (BOE núm. 116). 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» número 167), para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días a contar desde la publicación de la presente Resolución.

–El General Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, Francisco Espadas Santana.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.