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Resolución 160/38168/2020, de 17 de junio, de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 218/2020, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, sede en Sevilla.

BOE-A-2020-7483·8 de julio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 218/2020, interpuesto por Gonzalo Garrido Magro contra la resolución que lo declaró "no apto" en las pruebas psicofísicas para el ingreso en la Escala de Cabos y Guardias. Afecta a todos aquellos que puedan tener un interés legítimo en el resultado de dicho recurso. Se les concede un plazo de nueve días para comparecer ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, con sede en Sevilla.

***) ha interpuesto recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Ordinario número 218/2020, contra la Resolución núm. 4846 de 15 de enero de 2020, del General Jefe de la Jefatura de Enseñanza, por la que se desestimaba el Recurso de Alzada interpuesto por la recurrente, contra la Resolución de fecha 26 de septiembre de 2019, del Tribunal de Selección, por la que se publicaron los resultados finales de las pruebas de aptitud psicofísica en el que el solicitante aparece como «No apto» en el reconocimiento médico, de la convocatoria de pruebas selectivas para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias anunciadas por Resolución 160/38128/2019, de 10 de mayo, de la Dirección General (BOE núm. 116).

1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» número 167), para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días a contar desde la publicación de la presente Resolución. –El General Jefe de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, Francisco Espadas Santana.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.