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Resolución 160/38184/2019, de 17 de junio, de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 144/2019, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Primera.

BOE-A-2019-9925·3 de julio de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de la Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 144/2019, interpuesto por Adrián Molina González ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia. El recurso impugna la resolución que le declaró "no apto" en la prueba de entrevista para el ingreso en la Escala de Cabos y Guardias. Afecta a todos aquellos que puedan tener interés en el resultado de dicho recurso, otorgándoles un plazo de nueve días para comparecer ante el Tribunal.

Ante la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, don Adrián Molina González (4861****) ha interpuesto recurso contencioso-administrativo, Procedimiento Ordinario número 144/2019, contra la Resolución núm. 203, de 21 de enero de 2019, del General Jefe de la Jefatura de Enseñanza, por la que se desestimaba el Recurso de Alzada interpuesto por el recurrente contra las Resoluciones de fecha 14, 15 y 25 de septiembre de 2018 del Tribunal de Selección, por las que se declaraba como «no apto», en la prueba de entrevista personal excluyéndole del proceso selectivo para el ingreso en los centros docentes de formación, para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias anunciadas por resolución 160/38090/2018, de 30 de abril, de la Dirección General («BOE» núm. 106).

1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («Boletín Oficial del Estado» número 167), para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días a contar desde la publicación de la presente Resolución. –El General Jefe de La Jefatura de Enseñanza de la Guardia Civil, Francisco Espadas Santana.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.