Visto el contenido de las tablas del plan de pensiones regulado en el Capítulo IX del XXII Convenio Colectivo de la empresa Bridgestone Hispania, S.A.-Fábricas-(Código de Convenio n.º 9002171), publicado en el BOE. de 15.6.2007, que fueron aprobadas el 5 de junio de 2007, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:
Primero.-Ordenar la inscripción de las citadas tablas del plan de pensiones en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.-Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 21 de noviembre de 2007.-El Director General de Trabajo, Raúl Riesco Roche.
Tabla del plan de pensiones regulado en el Convenio Colectivo de Bridgestone Hispania, S. A. Fábricas
Edad cumplida a 31/12/2006
Aportación 2003-2006
Porcentaje 2007
Porcentaje 2008
Porcentaje 2009
2.00%
2.30%
2.50%
2.70%
2.00%
2.30%
2.50%
2.70%
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2.30%
2.50%
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2.00%
2.40%
2.60%
2.80%
2.00%
2.40%
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2.60%
2.80%
2.10%
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2.60%
2.80%
2.10%
2.50%
2.70%
2.90%
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2.90%
3.10%
2.10%
2.80%
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3.80%
2.70%
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3.10%
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5.70%
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6.30%
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6.60%
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7.00%
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