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Resolución 3 de febrero de 2010, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario nº 31/2010, interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 3ª.

BOE-A-2010-2657·18 de febrero de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución que emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo nº 31/2010, interpuesto por doña Gema Rodríguez Gómez ante la Audiencia Nacional. El recurso se dirige contra la desestimación del recurso de reposición contra la orden de nombramiento de funcionarios en prácticas del Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses. Afecta a aquellos que tengan interés en el procedimiento, quienes disponen de nueve días para comparecer ante la Sala.

Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección tercera, de la Audiencia Nacional, doña Gema Rodríguez Gómez, ha interpuesto el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario núm. 31/2010, contra Resolución del Secretario de Estado de Justicia, de 26 de octubre de 2009, por la que se desestima recurso de reposición interpuesto contra la Orden de 21 de mayo de 2009, de nombramiento de funcionarios en prácticas en las pruebas selectivas para el ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo Especial de Ayudantes de Laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, convocadas mediante Orden JUS/4004/2007, de 27 de diciembre («BOE» de 11 de enero de 2008). En consecuencia, esta Dirección General ha resuelto emplazar a los interesados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, para que puedan comparecer ante la referida Sala en el plazo de nueve días.

–La Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, Caridad Hernández García.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.