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Resolución 320/38098/2010, de 30 de abril, de la Dirección General de Armamento y Material, por la que se renueva la validez de la homologación del equipo de paracaídas TP-2D/05 (P/N-503301), fabricado por CIMSA, Ingeniería de Sistemas, S.A.

BOE-A-2010-7648·12 de mayo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Dirección General de Armamento y Material (DGAM) del Ministerio de Defensa de España. Su objeto principal es la renovación de la validez de la homologación del equipo de paracaídas TP-2D/05 (P/N-503301), fabricado por la empresa CIMSA, Ingeniería de Sistemas, S.A. La resolución afecta principalmente a: CIMSA, Ingeniería de Sistemas, S.A.: Como fabricante del equipo de paracaídas, es la principal beneficiaria de la renovación de la homologación, permitiéndole continuar produciendo y comercializando el producto para uso en el ámbito de la defensa. El Ministerio de Defensa: Como responsable de la adquisición de equipos de defensa, la homologación garantiza que el paracaídas cumple con los estándares de calidad y seguridad requeridos. Usuarios del equipo de paracaídas: Personal militar y otros usuarios que dependen del equipo para su seguridad. Las disposiciones más relevantes de la resolución son: Renovación de la homologación: Se renueva la homologación del equipo de paracaídas TP-2D/05 por un período de dos años a partir de la fecha de la resolución (30 de abril de 2010). Justificación: La renovación se basa en la comprobación de que la empresa CIMSA mantiene la idoneidad de sus medios de producción y aseguramiento de la calidad, conforme a la normativa aplicable. Base legal: La resolución se fundamenta en la Disposición transitoria única del Reglamento de homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la defensa (R.D. 165/2010) y en el informe favorable de la Comisión Técnico-Asesora de Homologación. Prórroga: Se establece la posibilidad de solicitar una nueva renovación seis meses antes de la expiración del plazo de validez de la homologación. Publicación: Se ordena la publicación de la resolución para general conocimiento. En resumen, la resolución garantiza que el equipo de paracaídas TP-2D/05 fabricado por CIMSA continúa cumpliendo con los requisitos de calidad y seguridad establecidos por el Ministerio de Defensa, permitiendo su uso continuado en el ámbito de la defensa por dos años más.

Recibida en la Dirección General de Armamento y Material la solicitud presentada por la empresa CIMSA, Ingeniería de Sistemas, S.A., con domicilio social en la calle Agustín de Bethencourt, 24 de Santa Cruz de Tenerife, para la renovación de la homologación del equipo de paracaídas TP-2D/05 (P/N-503301), fabricado en su factoría ubicada en la C/ Vallés, s/n, del municipio de Las Franquesas (Barcelona).

Habiéndose comprobado que subsiste la permanencia de la idoneidad de los medios de producción y aseguramiento de la calidad usados en la fabricación del citado equipo de paracaídas, de acuerdo con lo exigido por el Reglamento de Homologación de la Defensa (Real Decreto 324/1995, de 3 de marzo, BOE. núm. 70), derogado por el vigente Reglamento de homologación de productos de específica utilización en el ámbito de la defensa, R.D.165/2010, de 19 de febrero (BOE núm. 58).

Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la Disposición transitoria única del vigente Reglamento, y visto el informe favorable emitido por la Comisión Técnico-Asesora de Homologación, ha acordado renovar por dos años a partir de la fecha de esta Resolución, la homologación del citado producto, concedida mediante Resolución de esta Dirección General núm. 320/38306/1996, de 10 de abril y prorrogada con Resolución núm 320/38061/2008, de 9 de mayo (BOE núm. 130. Los interesados podrán solicitar nueva renovación seis meses antes de la expiración de dicho plazo.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 30 de abril de 2010.–El Director General de Armamento y Material, José Manuel García Sieiro.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.