º 27, y polígono 110 de Zaragoza, y polígono industrial de Cadrete (Zaragoza). Habiéndose comprobado que subsiste la permanencia de la idoneidad de los medios de producción y aseguramiento de la calidad usados en la fabricación del lanzagranadas, Esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Homologación de la Defensa (Real Decreto 324/1995, de 3 de marzo, BOE. núm.
70), y visto el informe favorable emitido por la Comisión Técnico-Asesora de Homologación, ha acordado renovar por dos años a partir de la fecha de esta Resolución, la homologación del citado producto, concedida mediante Resolución de esta Dirección General núm. 320/38668/1995, de 12 de junio y prorrogada con Resolución núm. 320/38234/2005, de 19 de octubre.
Los interesados podrán solicitar una nueva renovación seis meses antes de la expiración de dicho plazo. Lo que se hace público para general conocimiento. -El Director General de Armamento y Material, José Julio Rodríguez Fernández.