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Resolución 420/38152/2020, de 4 de junio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con Airbus Military Sociedad Limitada, para establecer las bases de colaboración y de apoyo mutuo.

BOE-A-2020-6400·18 de junio de 2020·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa que publica la reseña de un Convenio suscrito entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y Airbus Military Sociedad Limitada (AMSL). Objeto principal del Convenio: Establecer las bases de colaboración y apoyo mutuo entre el MINISDEF y AMSL para optimizar el destino final de la flota de aviones A400M declarada "no operable". Este convenio busca facilitar una enmienda al contrato de Desarrollo y Producción entre la Organización Conjunta para la Cooperación en Materia de Armamento y AMSL, asegurando la viabilidad del programa A400M. A quién afecta: Principalmente al Ministerio de Defensa español y a Airbus Military Sociedad Limitada. Indirectamente, afecta a los países participantes en el programa A400M, ya que busca asegurar la viabilidad del programa a nivel internacional. Disposiciones más relevantes: El convenio se basa en acuerdos bilaterales previos entre el MINISDEF y AMSL, que permitieron un acuerdo general entre los países participantes del programa A400M. El convenio busca adaptar el acuerdo previo del 14 de septiembre de 2016 a la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público. La publicación completa del convenio en el BOE se restringe debido a que el acceso a la información podría perjudicar la confidencialidad, el secreto profesional, la propiedad intelectual e industrial, así como los intereses económicos y comerciales del contrato. Por lo tanto, solo se publica una reseña del mismo. El convenio está relacionado con la Declaración de Intenciones firmada el 5 de febrero de 2018 por los Ministros de Defensa o Secretarios de Estado de los países participantes en el programa A400M.

Con fecha 16 de marzo de 2020, el Ministerio de Defensa y Airbus Military Sociedad Limitada (AMSL), han suscrito un Convenio para la colaboración entre las partes para la optimización del destino final de la flota de aviones A400M declarada como «no operable», cuyo objeto es establecer las bases de colaboración y de apoyo mutuo que posibiliten la oportuna enmienda al contrato para la fase de Desarrollo y Producción entre la Organización Conjunta para la Cooperación en Materia de Armamento («Organisation Conjointe de Coopération en matière d’Armament») y AMSL.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dado que el acceso a la información de este Convenio supone un grave perjuicio para la garantía de la confidencialidad, el secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial, así como contra los intereses económicos y comerciales del contrato en el que se ampara, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la reseña de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 4 de junio de 2020.–El Secretario General Técnico, Emilio Fernández-Piñeyro Hernández.

ANEXO

Convenio para la colaboración entre las partes para la optimización del destino final de la flota de aviones A400M declarada como «no operable»

El presente Convenio recoge los acuerdos bilaterales alcanzados entre el Ministerio de Defensa (MINISDEF) y Airbus Military S.L. (AMSL) que permitieron un acuerdo general entre los países participantes del programa A400M para la reorientación del contrato global, con objeto de asegurar la viabilidad del programa, tal y como acordaron los Ministros de Defensa o Secretarios de Estado de los países participantes con la firma de la Declaración de Intenciones el 5 de febrero de 2018. Supone además la adaptación a la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, del Convenio de colaboración entre el MINISDEF y AMSL, firmado el 14 de septiembre 2016, que establecía las bases de colaboración para la optimización del destino final de la flota de aviones A400M declarada no operable.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.