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Resolución de 1 de diciembre de 2017, de la Secretaría General Técnica, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo 2/616/2017, interpuesto ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Sección Cuarta, y se emplaza a los interesados en el mismo.

BOE-A-2018-31·1 de enero de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución emitida por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España, con fecha 1 de diciembre de 2017. Objeto principal: La resolución tiene dos objetivos principales: 1. Remitir el expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 2/616/2017, interpuesto por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO) ante el Tribunal Supremo. Este recurso impugna el Acuerdo del Consejo de Ministros del 16 de agosto de 2017, que estableció un arbitraje obligatorio para resolver la huelga en la empresa EULEN Seguridad, S.A.U., en el Aeropuerto de Barcelona-El Prat. 2. Emplazar a los interesados en el mantenimiento del Acuerdo del Consejo de Ministros impugnado. A quién afecta: Principalmente, afecta a la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CCOO), como parte recurrente. También afecta a EULEN Seguridad, S.A.U., como empresa directamente involucrada en la huelga y el arbitraje. Afecta al Estado Español, representado por el Consejo de Ministros, cuya decisión es objeto de impugnación. Finalmente, afecta a cualquier persona física o jurídica que pueda haber derivado o derive derechos del Acuerdo del Consejo de Ministros, o que tenga un interés directo en su mantenimiento. Disposiciones más relevantes: Se ordena la remisión del expediente administrativo al Tribunal Supremo, cumpliendo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Se establece un plazo de nueve días para que las personas físicas y jurídicas interesadas en el mantenimiento del Acuerdo del Consejo de Ministros comparezcan y se personen ante el Tribunal Supremo. Este emplazamiento se realiza para garantizar su derecho a defender sus intereses en el proceso judicial.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa («BOE» del 14), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo (Sección Cuarta), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo en el encabezamiento citado, interpuesto por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 16 de agosto de 2017, por el que se establece un arbitraje obligatorio como vía de solución de la huelga declarada en la empresa EULEN Seguridad, S.A.U., en el Aeropuerto de Barcelona-El Prat.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la resolución impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente Resolución.

Madrid, 1 de diciembre de 2017.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, Pablo Hernández-Lahoz Ortiz.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.