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Resolución de 1 de febrero de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo de prórroga de ultraactividad del Convenio colectivo de Activa Mutua 2008, mutua colaboradora con la Seguridad Social n.º 3.

BOE-A-2018-1790·9 de febrero de 2018·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Empleo que registra y publica el Acuerdo de prórroga de ultraactividad del Convenio Colectivo de Activa Mutua 2008, mutua colaboradora con la Seguridad Social. El objeto principal de la resolución es dar validez legal y publicidad al acuerdo alcanzado entre la dirección de Activa Mutua 2008 y las secciones sindicales de CC.OO., UGT y SPS, en representación de los trabajadores. Este acuerdo prorroga la vigencia del Convenio Colectivo de la empresa más allá de su fecha de expiración original. La resolución afecta directamente a Activa Mutua 2008 y a todos sus trabajadores cubiertos por el Convenio Colectivo. Indirectamente, afecta a la seguridad jurídica de las relaciones laborales dentro de la empresa. Las disposiciones más relevantes son: La orden de inscripción del acuerdo de prórroga en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. La disposición de publicar el acuerdo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo que le otorga carácter público y oponible a terceros. El acuerdo en sí mismo, que prorroga la ultraactividad del II Convenio Colectivo de Activa Mutua 2008 hasta el 26 de noviembre de 2018. Esto significa que, aunque el convenio original haya expirado, sus términos y condiciones seguirán aplicándose a las relaciones laborales dentro de la empresa hasta la fecha indicada, o hasta que se negocie y apruebe un nuevo convenio.

Visto el texto del acuerdo de prórroga de ultraactividad del Convenio colectivo de la empresa Activa Mutua 2008 Matepss número 3 (código de convenio número 90017812012009), que fue suscrito con fecha 11 de octubre de 2017, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y, de otra, por las secciones sindicales CC.OO., UGT y SPS, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre –BOE del 24–, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 1 de febrero de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE FIRMA

– Representación social: Jordi Ibàñez, Carme Sanz, Santi Balàs (Sección Sindical CCOO), Luis Peris, (Sección Sindical UGT), Pascual Ribera (Sección Sindical SPS).

– Asistente no integrante de la comisión: Lluisa Magri.

– Representación empresarial: Marlen Planchadell Moreno.

A las 12:00 horas del día 11 de Octubre de 2017 se reúnen en las instalaciones de Activa Mutua 2008 sitas en la avenida de Cambra de Comerç de la localidad de Reus, las personas anteriormente referenciadas.

Acuerdo de prórroga de la ultractividad

Único.

Se acuerda la prórroga de la ultractividad del II Convenio Colectivo de Activa Mutua 2008 hasta el 26 de noviembre de 2018.

Siendo las 13:00 horas en el lugar y fecha señalados, se da por finalizada la reunión y por formalizada la presente Acta.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.