Visto el texto de la revisión salarial correspondiente al año 2010 del Convenio Colectivo de la empresa Servigesplan, SL (Código de Convenio nº 9017752), publicado en el «BOE» de 5.10.2009, revisión que fue suscrita con fecha 20 de enero de 2010 por la Comisión Paritaria de dicho convenio colectivo, en la que están integrados la Dirección de la empresa y los designados por los Comités de empresa, firmantes del Convenio en representación, respectivamente, de las partes empresarial y trabajadora, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero. Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Paritaria.
Segundo. Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 1 de marzo de 2010.–El Director General de Trabajo, José Luis Villar Rodríguez.
ACTA
Reunidos en Madrid en los locales de la empresa Servigesplan, S. L. El día 20 de enero de 2010, las personas que a continuación se relacionan, en calidad de Comisión paritaria del Convenio de la Empresa mencionada:
Asistentes
Por la representación de los trabajadores: Dña. Lucinda Tejeda Sánchez, D. Antonio Arnaiz Velasco y Dña. Leticia Gago Vidal.
Y de otra, por la representación empresarial: Dña. Inmaculada Sánchez Molina y D. Julio Rueda Barroso
Que, habiendo resultado el IPC real al 31-12-09 el 0,8 %, la revisión del Convenio Colectivo de empresa Servigesplan SL. quedará de la siguiente manera:
Artículo 22. Desplazamientos.
Si el desplazamiento se realizase en vehiculo particular del trabajador/a, se abonara durante el año 2010, a razón de 0,19 euros por kilómetro.
Artículo 24. Importe de las dietas.
Los importes de las dietas para el año 2010 serán las siguientes:
Cuando el trabajador/a tenga que hacer una comida fuera de la localidad: 9,57 euros.
Cuando el trabajador/a tenga que hacer dos comidas fuera de su localidad: 17,64 euros.
Cuando el trabajador/a tenga que pernoctar y desayunar: 28,22 euros.
Cuando el trabajador/a tenga que pernoctar fuera de su localidad y realizar dos comidas: 42,84 euros.
Artículo 33. Premio de vinculación.
Artículo. 51. Compensación noche del 24 al 25 de diciembre y del 31 de diciembre al 1 de enero.
El importe de esta compensación para el año 2010 será de 63,80 €.
Artículo 51. Plus de nocturnidad: Tal y como determina el Convenio, se establece por este complemento el equivalente a 0,40 €/hora efectiva de trabajo realizada entre las veintidós y seis horas.
Y, sin nada más que tratar, firman el presente acta, en prueba de conformidad, los asistentes a la reunión en Madrid a veinte de enero de dos mil diez.
ANEXO I
Tablas salariales Servigesplan, S. L. Año 2010
Anexo II
Edad
Euros
Sesenta años
5.69
Sesenta y un años
5.238
Sesenta y dos años
4.829
Sesenta y tres años
4.022
Categorías
S. base
Plus transporte
Plus vestuario
Total
Personal Directivo y Técnico:
Director general
1461,60
90.72
1552.32
Director administrativo
1108,80
90,72
1199.52
Director comercial
1108,80
90,72
1199.52
Director personal
1108,80
90,72
1199.52
Director técnico
1008,00
90,72
1098,72
Jefe de departamento
1108,80
90,72
1199.52
Titulado grado superior
957,60
90,72
1048,32
Titulado grado medio
957,60
90,72
1048,32
Personal Administrativo:
Jefe 1 administrativo
907,20
90,72
997,92
Jefe 2 administrativo
866,88
90,72
957,60
Oficial primera
826,56
90,72
917,28
Oficial segunda
766,08
90,72
856,80
Vendedor
729,79
90,72
51,27
871,78
Auxiliar administrativo
705,60
80,64
51,27
837,51
Aspirante administrativo
633,30
80,64
47,97
761,91
Telefonista/o
633,30
80,64
47,97
761,91
Jefe general de servicios
967,68
90,72
80,64
1139,04
Jefe de servicios
856,80
90,72
80,64
1028,16
Inspector
806,40
90,72
80,64
977,76
Oficios varios servicios externos:
Encargado de almacén
705,60
61,20
51,27
818,07
Auxiliar mercancías
633,30
57,29
50,86
741,45
Auxiliar control/controlador
633,30
57,29
50,86
741,45
Mensajero
633,30
57,29
50,86
741,45
Conductor/Repartidor
633,30
57,29
50,86
741,45
Azafata/auxiliar
633,30
57,29
50,86
741,45
Ordenanza
633,30
57,29
50,86
741,45
Conserje
633,30
57,29
50,86
741,45
Operador
633,30
57,29
50,86
741,45
Supervisor
633,30
57,29
50,86
741,45
Ayudante
633,30
57,29
50,86
741,45
Peón
633,30
57,29
50,86
741,45
Categorías
H. extra
Nocturn.
Antiguedad
Personal Directivo y Técnico:
Director general
73,08
Director administrativo
55,44
Director comercial
55,44
Director personal
55,44
Director técnico
50,40
Jefe de departamento
55.44
Titulado grado superior
47,88
Titulado grado medio
47,88
Personal administrativo
Jefe 1 administrativo
43,36
Jefe 2 administrativo
43,34
Oficial primera
41,33
Oficial segunda
38,30
Vendedor
36,48
Auxiliar administrativo
35,28
Aspirante administrativo
31,67
Telefonista/o
31,67
Jefe general de servicios
48,38
Jefe de servicios
42,84
Inspector
40,32
Oficios varios servicios externos:
Encargado de almacén
4,88
0,40
35,28
Auxiliar mercancías
4,88
0,40
31,67
Auxiliar control/controlador
4,88
0,40
31,67
Mensajero
4,88
0,40
31,67
Conductor/repartidor
4,88
0,40
31,67
Azafata/auxiliar
4,88
0,40
31,67
Ordenanza
4,88
0,40
31,67
Conserje
4,88
0,40
31,67
Operador
4,88
0,40
31,67
Supervisor
4,88
0,40
31,67
Ayudante
4,88
0,40
31,67
Peón
4,88
0,40
31,67