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Resolución de 1 de marzo de 2013, de la Secretaría General Técnica, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo 46/2013, interpuesto contra la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sección séptima.

BOE-A-2013-2534·7 de marzo de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas que tiene como objeto principal emplazar a los interesados en el recurso contencioso-administrativo número 46/2013, interpuesto por el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia. El recurso contencioso-administrativo se dirige contra la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, que aprueba los modelos 696 (autoliquidación) y 695 (solicitud de devolución) de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social. La Orden también establece el lugar, la forma, los plazos y los procedimientos de presentación de dichos modelos. A quién afecta: Esta resolución afecta a todas aquellas personas físicas o jurídicas que tengan un interés legítimo en el resultado del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la Orden HAP/2662/2012. Esto incluye, pero no se limita a, abogados, procuradores, litigantes, empresas y cualquier persona que se vea afectada por la aplicación de la tasa judicial y los procedimientos establecidos en la Orden impugnada. Disposiciones más relevantes: Emplazamiento: La resolución emplaza formalmente a los interesados a personarse en el procedimiento judicial. Plazo: Se concede un plazo de nueve días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, para que los interesados se personen ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Séptima. Fundamento Legal: Se basa en el artículo 49 de la Ley 29/1998, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que establece el procedimiento para el emplazamiento de los interesados en un recurso contencioso-administrativo. Consecuencias de no personarse: Aquellos que no se personen en el plazo indicado perderán la oportunidad de participar activamente en el procedimiento judicial y defender sus intereses en relación con la Orden HAP/2662/2012.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, Sección Séptima, comunica la interposición por parte del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia, del recurso número 46/2013, contra la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución por solución extrajudicial del litigio y por acumulación de procesos, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación, por lo que se procede mediante la presente Resolución a dar cumplimiento al trámite de emplazamiento a todos aquellos que se encuentren interesados en aquel, disponiendo de un plazo de nueve días, si a su derecho conviene, para personarse en los autos, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución, ante el órgano jurisdiccional que lo ordenó, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 1 de marzo de 2013.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, David Mellado Ramírez.

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