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Resolución de 10 de diciembre de 2004, de la Dirección General de Desarrollo Industrial, por la que se acuerda la publicación de los títulos y las referencias de las normas armonizadas en el ámbito del Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores.

BOE-A-2005-317·6 de enero de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Resolución de la Dirección General de Desarrollo Industrial, publicada el 10 de diciembre de 2004. Su objeto principal es la publicación de los títulos y referencias de las normas armonizadas en el ámbito del Real Decreto 1314/1997, que transpone la Directiva Europea 95/16/CE sobre ascensores. Esta resolución afecta a fabricantes, instaladores, y a todos los agentes económicos involucrados en el diseño, fabricación, instalación, mantenimiento y seguridad de ascensores y sus componentes en España. Las disposiciones más relevantes son: Publicación de Normas Armonizadas: Se publica una lista de normas armonizadas, incluyendo las normas EN 81-1, EN 81-2, EN 81-28, EN 81-58, EN 81-72, EN 12016 y EN 13015, junto con sus correspondientes normas UNE (adaptaciones españolas). Estas normas cubren aspectos como la seguridad en la construcción e instalación de ascensores eléctricos e hidráulicos, alarmas a distancia, resistencia al fuego de puertas de piso, ascensores contra incendios, compatibilidad electromagnética y mantenimiento. Presunción de Conformidad: Se establece que los ascensores y componentes de seguridad fabricados conforme a estas normas armonizadas se presumen conformes con los requisitos esenciales de seguridad establecidos en el Anexo I del Real Decreto 1314/1997. Procedimiento Simplificado: La existencia de estas normas permite utilizar el procedimiento contemplado en el anexo XIII del Real Decreto, que simplifica el proceso de evaluación de la conformidad al prescindir del control del diseño. Actualización Continua: Se indica que la lista de normas armonizadas se actualizará periódicamente, en función de las publicaciones en el Diario Oficial de la Unión Europea y las actualizaciones de las normas UNE. Carácter Informativo:** La publicación de esta lista tiene carácter informativo y está sujeta a futuras actualizaciones. En resumen, la resolución busca facilitar la aplicación del Real Decreto 1314/1997 al proporcionar una lista actualizada de normas armonizadas que, al ser cumplidas, otorgan una presunción de conformidad con los requisitos esenciales de seguridad para ascensores.

El artículo 6.3 del Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores establece que el Ministerio de Industria y Energía, mediante Resolución del Centro Directivo competente en materia de Seguridad Industrial, publicará, a título informativo, las referencias de las normas armonizadas cuyas referencias hayan sido publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas, así como de las normas UNE que las traspongan, actualizándolas de igual forma.

La Comisión Europea ha publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea» n.º 36 de la serie C, de 10 de febrero de 2004, las referencias de varias normas armonizadas, lo cual tiene como efecto, según lo señalado en el punto 2 del citado artículo 6 del Real Decreto, que deba presumirse:

a) que los ascensores fabricados con arreglo a dichas normas son conformes con los correspondientes requisitos esenciales que figuran en el anexo I del Real Decreto;

b) que los componentes de seguridad fabricados con arreglo a dichas normas permiten que el ascensor en el cual se instalen de forma adecuada, cumpla con los correspondientes requisitos esenciales.

Por otro lado, la existencia de las citadas normas ofrece la posibilidad de utilizar el procedimiento contemplado en el anexo XIII del Real Decreto prescindiendo del control del diseño.

En su virtud, esta Dirección General resuelve disponer la publicación de la lista de los títulos y referencias de las citadas normas armonizadas, a título informativo y sujeta a posteriores actualizaciones, en función de los mecanismos previstos en el artículo 6, anteriormente citado.

Lo que se comunica para general conocimiento.

Madrid, 10 de diciembre de 2004.-El Director General, Jesús Candil Gonzalo.

Notas:

(1) OEN: Organismo Europeo de Normalización.

(2) D.O.U.E.: Diario Oficial de la Unión Europea. (3) En las condiciones que señala la Norma.

ANEXO

Títulos y referencias de las normas armonizadas en el ámbito del Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores

OEN (1)

Referencia

Título de la norma armonizada

Primera publicación en el D.O.U.E. (2)

Referencia de la norma UNE

Norma sustituida (3)

CEN

EN 81-1:1998

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores-Parte 1: Ascensores eléctricos.

31.03.1999

UNE-EN 81-1:2001

-

CEN

EN 81-2:1998

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores-Parte 2: Ascensores hidráulicos.

31.03.1999

UNE-EN 81-2:2001

-

CEN

EN 81-28:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores-Ascensores para el transporte de pasajeros y cargas-Parte 28: Alarmas a distancia en ascensores de pasajeros y pasajeros y cargas.

10.02.2004

UNE-EN 81-28:2004

Punto 14.2.3 de UNE-EN 81-1

Punto 14.2.3 de UNE-EN 81-1

CEN

EN 81-58:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores-Exámenes y ensayos-Parte 58: Ensayos de resistencia al fuego de las puertas de piso.

10.02.2004

UNE-EN 81-58:2004

-

CEN

EN 81-72:2003

Reglas de seguridad para la construcción e instalación de ascensores-Aplicaciones particulares para los ascensores de pasajeros y de pasajeros y cargas-Parte 72: Ascensores contra incendios.

10.02.2004

UNE-EN 81-72:2004

-

CEN

EN 12016:1998

Compatibilidad electromagnética-Norma de familia de productos para ascensores, escaleras mecánicas y andenes móviles-Inmunidad.

31.03.1999

UNE-EN 12016:1998

-

CEN

EN 13015:2001

Mantenimiento de ascensores y escaleras mecánicas-Reglas para instrucciones de mantenimiento.

10.02.2004

UNE-EN 13015:2002

-

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