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Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio.

BOE-A-2023-6373·11 de marzo de 2023·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento legal es una Resolución emitida el 10 de marzo de 2023 por la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos. Su objeto principal es la publicación de los nuevos precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en las expendedurías de Tabaco y Timbre del área del monopolio en España. Estos precios han sido propuestos por los fabricantes e importadores correspondientes. La resolución afecta directamente a los expendedores de tabaco y timbre, a los fabricantes e importadores de labores de tabaco, y, en última instancia, a los consumidores de tabaco en España. Las disposiciones más relevantes son: Establecimiento de precios: La resolución detalla los nuevos PVP de una lista específica de labores de tabaco, incluyendo los impuestos correspondientes. Los precios se especifican por separado para la península e Islas Baleares, y para las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Base legal: Se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, que faculta al Comisionado para el Mercado de Tabacos a publicar los precios propuestos por los fabricantes e importadores. Entrada en vigor: La resolución entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Ámbito geográfico: La resolución distingue entre los precios aplicables en la península e Islas Baleares y los precios aplicables en Ceuta y Melilla, reflejando las diferencias fiscales y de mercado existentes entre estas regiones.

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria, se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en expendedurías de Tabaco y Timbre del área del monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de Tabaco y Timbre de la península e Illes Balears, serán los siguientes:

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 10 de marzo de 2023.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.