resolucionVigente

Resolución de 11 de abril de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial del año 2012 del Convenio colectivo de Gallina Blanca, SA.

BOE-A-2013-4394·25 de abril de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Resolución de 11 de abril de 2013, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica la revisión salarial del año 2012 del Convenio colectivo de Gallina Blanca, SA.

Visto el texto de la revisión salarial del año 2012 del Convenio colectivo de la empresa Gallina Blanca, SA (código de Convenio núm. 90002321011981) para el centro de trabajo Torre Realia y delegaciones que fue suscrito con fecha 11 de marzo de 2013 por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma, y el Comité de empresa, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 11 de abril de 2013.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

REVISIÓN SALARIAL DEL AÑO 2012 DEL CONVENIO COLECTIVO DE GALLINA BLANCA, S.A.

Convenio oficinas centrales y centros adscritos incremento 2012 (2011 + 2,9%)

Artículo 21.

Ayuda formación: 16.169,57 euros.

Artículo 33.

Complemento seguridad ventas: 36,63 euros.

Artículo 34.

Prima rendimiento personal ventas: 2,96 euros.

Artículo 36. Dietas.

Desayuno: 3,3 euros.

Comida: 15,44 euros.

Cena: 13,38 euros.

Artículo 41.

Ayuda jubilación: 2.812,56 euros.

Artículo 42. Ayuda familiar.

Ayuda familiar resto personal: 19,53 euros.

Ayuda familiar personal delegaciones: 21,64 euros.

Artículo 43. Ayuda discapacitados.

a: 311,82 euros.

b: 413.15 euros.

c: 520,26 euros.

ANEXO I

Variable promotor: 8.665,26 euros.

Asegurado: 4.332,63 euros.

ANEXO II

Hora extra: 11,67 euros.

Hora extra festiva especial, plus costumer service/logísitica: 24,92 euros.

ANEXO V

Módulo primas de rendimiento personal de ventas

Grupo B: 8.540,04 a 10.610,96 euros.

Grupo C: 11.681,71 a 17.076,91 euros.

Nivel profesional

Retribución mensual

–

Euros

Extra febrero

–

Euros

Extra agosto

–

Euros

Junio y noviembre

–

Euros

Retribución anual

–

Euros

Promotor

1.051,09

782,96

911,65

1.051,09

16.409,84

Auxiliar

1.520,20

1.023,58

1.175,10

1.520,20

23.481,59

A

1.773,37

1.152,76

1.305,82

1.773,37

27.285,76

B

1.844,29

1.188,27

1.341,32

1.844,29

28.349,75

C

1.918,27

1.225,21

1.378,25

1.918,27

29.459,23

D

1.995,01

1.263,60

1.416,65

1.995,01

30.610,28

E

2.094,75

1.313,45

1.466,50

2.094,75

32.106,48

F

2.150,49

1.355,80

1.521,72

2.150,49

32.984,42

G

2.424,95

1.478,55

1.631,61

2.424,95

37.059,38

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.